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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 23809
Disciplina. DI-2002/68. Propuesta de resolución

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a MARIA CRISTINA MUÑOZ TORO i CESAR MAESTRO SANTAMARIA, exp. nº DI-2002/68, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a CESAR MAESTRO SANTAMARIA, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que trascrito dice:

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN: Que formula la instructora del expediente de demolición o de reconstrucción, seguido contra César Maestro Santamaría con DNI 13.129.941-T y María Cristina Muñoz Toro con DNI 12.385.745-S (propietarios), de conformidad con lo dispuesto en los art. 65 y 66 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística.

RESULTANDO: Que ha transcurrido el plazo de 2 meses, concedido a los interesados, para que solicitasen la oportuna licencia, o ajustasen las mismas a licencia u orden de ejecución de conformidad a lo dispuesto en el art. 65-1 de la citada ley y visto el informe emitido por la TAG del servicio en fecha  que transcrito dice:

1º.- DEJAR PARCIALMENTE SIN EFECTO la propuesta de resolución dictada el 11.09.2013  por la instructora del expediente de demolición/reconstrucción, seguido contra César Maestro Santamaría y María Cristina Muñoz Toro (propietarios) por las obras realizadas sin licencia en la calle 138, nº 14, Paraje Sa Garriga- Son Arcís, RR 020-15, consistentes en “construcción de piscina de unos 25 m2 aprox.”

CONSIDERANDO QUE:

  1. El Decreto 9281 mediante el cual se inicia el procedimiento de 24.05.2013 fué notificado a María Cristina Múñoz Toro (prop) el 11.06.2013 y a César Maestro Santamaría (prop) el 01.08.2013 mediante anuncio en el BOIB.
  2. El 11.09.2013 se dictó la propuesta de resolución a ambos propietarios de manera errónea, puesto que para el Sr. César Maestro Santamaría no había transcurrido el plazo legal de 2  meses que concede el art. 66.2 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística de la CAIB.
  3. En consecuencia, para que este defecto de tramitación no cause indefensión al Sr. Maestro, procede, conforme al art. 105.1 de la Ley 10/1990 de Disciplina Urbanística de la CAIB, dejar parcialmente sin efecto la propuesta de resolución dictada 11.09.2013 respecto del Sr. César Maestro Santamaría.

2º.- CONFIRMAR la propuesta de resolución en el resto de sus extremos.”

CONSIDERANDO: los artículos citados y demás de general aplicación, la instructora formula la siguiente propuesta de demolición, retirada o de reconstrucción de las obras que más abajo se relacionan, a costa de los interesados, así como lo procedente para impedir definitivamente los usos a los que hubiesen dado lugar.

Al Sr. César Maestro Santamaría, para que proceda a la retirada/demolición de las obras realizadas la calle 138, nº14, Paraje Sa Garriga-Son Arcis, RR 020-15,  consistentes en: “construcción de piscina de unos 25 m2 aprox” y demás obras y/o instalaciones realizadas sin la preceptiva licencia municipal; de modo que se restituya la vivienda al estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística.

CONCEDER al Sr. César Maestro Santamaría un plazo improrrogable de 10 días para que formule todas las alegaciones que estimen convenientes.

ADVIRTIÉNDOLE que, a tenor de lo dispuesto en el art. 67-1 de la Ley 10/90 de la CAIB, trascurrido el plazo expresado sin que hayan presentado alegaciones, o desestimadas éstas, el C.G.U. acordará la retirada, demolición o reconstrucción de las obras a costa de los interesados y procederá a impedir definitivamente los usos a los que hubiera dado lugar, concediéndoles un  plazo al efecto adecuado a las circunstancias del caso, con la advertencia de que el Ayuntamiento lo podrá ejecutar subsidiariamente en caso de incumplimiento.

Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.

Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves  (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).

       

Palma, 30 de diciembre de 2013

La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012 (B.O.I.B. nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod