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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 23835
Resolución del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 16 de diciembre de 2013 por la que se autoriza la venta de material vegetal de multiplicación inicial y se fijan los precios.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Mediante el Decreto 32/2002, de creación del Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera (en adelante, IRFAP) adscrito a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, se definen, entre otras, las funciones de este organismo administrativo; ¾  la promoción, coordinación, realización y evaluación de proyectos de investigación propios o concertados relacionados con el sector primario, buscando la creación o adecuación de las tecnologías más apropiadas y respetuosas con el medio ambiente y con la salud pública , así como; ¾ la transferencia al sector de los resultados de las investigaciones.

Fruto de los proyectos de investigación llevados a cabo desde la Universidad de las Islas Baleares, en colaboración con el IRFAP se ha conseguido la selección de varios clones de vid, los cuales están siendo incluidos en la lista de clones de vid admitidos a certificación de España.

Con el objeto de ceder este material vegetal de multiplicación inicial a los viveros que lo soliciten, es necesario establecer unas pautas de comercialización. Según el Reglamento Técnico de Certificación y Control, "cualquier cesión de material de multiplicación (con remuneración o sin ella) a terceros en vistas a su explotación comercial, se considera comercialización". Al menos, "no se considerará comercialización los intercambios de material de multiplicación que no tengan fines de explotación comercial de la variedad o clon, como la investigación o experimentación o la entrega de material de multiplicación a productores de servicios para la transformación o acondicionamiento, siempre que el productor de servicios no adquiera derechos sobre el material de multiplicación suministrado".

El compromiso de conservación que adquiere el IRFAP, tal y como establece el Reglamento, debe someterse a una serie de controles oficiales para garantizar la identidad varietal, y sobre todo, la sanitaria. Toda la labor de investigación de los clones seleccionados, así como los controles obligatorios para la conservación de estos, lleva asociado un gasto importante.

Dado que la selección y la conservación de este material vegetal lleva asociado un gasto importante, tanto de investigación como para el cumplimiento de los controles previstos en el Reglamento para garantizar la identidad varietal y sanitaria, se propone un importe único para la cesión de material vegetal, que en el caso de la vid, vendrá determinado por el número de yemas que se ceden y que será de 2 € por yema cedida, independientemente de la variedad o clon.

Fundamentos jurídicos

1. Ley 3/2000, de 7 de enero, por la que se aprueba el régimen jurídico de la protección de las obtenciones vegetales (BOE núm. 8 de 10 de enero de 2000).

2. Real Decreto 1891/2008, de 14 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento para la autorización y registro de productores de semillas y plantas de vivero y su inclusión en el Registro nacional de productores (BOE núm. 294 de 6 de diciembre de 2008).

3. Real Decreto 208/2003, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de control y certificación de plantas de vivero de vid (BOE núm. 48 de 25 de febrero de 2003) y sus modificaciones.

4. Real Decreto 170/2011, de 11 de febrero, por aprueba el Reglamento general del registro de variedades comerciales y se modifica el Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero (BOE núm. 37 de 12 de enero de 2011).

5. Orden de 23 de mayo de 1986 por la que se aprueba el Reglamento general técnico de control y certificación de semillas y plantas de vivero (BOE núm. 135 de 6 de junio de 1986).

6. Orden de 26 de diciembre de 2001 por la que se modifican determinados aspectos de la Orden de 23 de mayo de 1986 y las Órdenes de 1 de julio de 1986 sobre control y certificación de semillas y planteles. (BOE núm. 10 de 11 de enero de 2002).

Por todo ello, y teniendo en cuenta la atribución competencial prevista en el artículo 20 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

Primero

Autorizar la venta de material de multiplicación inicial de vid seleccionado por el Instituto de Investigación y Formación Agraria y Pesquera en colaboración con la Universidad de las Islas Baleares.

Segundo

Fijar un precio de venta al público de 2 euros por yema cedida e ingresar las cantidades obtenidas en la Tesorería de la Comunidad Autónoma con cargo a la partida presupuestaria 15501/33400, a partir de su publicación.

Tercero

Disponer que esta Resolución se debe publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Agricultura , Medio Ambiente y Territorio en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3 /2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, a 16 de diciembre de 2013

 

El consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio

Gabriel Company Bauzá