Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA
Núm. 23866
Aprobación definitiva modificación ordenanza fiscal reguladora de la tasa para la prestación del servicio de recogida de basuras y eliminación de residuos.
El Pleno del l’Ajuntament de Santa Margalida, en sesión el día 19 de diciembre de 2013, acordó aprobar definitivamente, con resolución expresa de las reclamaciones presentadas, la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida y eliminación de residuos (BOIB Núm. 187 de 15/12/11; BOIB Núm. 96 de 05/07/12 i BOIB Núm. 194 de 27/12/12), el texto íntegro del cual publica de acuerdo con el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
El acuerdo adoptado por el Pleno i el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Fiscal aprobado es del siguiente tenor:
“PRIMERO.- Desestimar la reclamación formulada por D. Martí Àngel Torres Valls, como portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular, contra la modificación de la Ordenanza de la Tasa por a la Prestación del Servicio de Recogida y Eliminación de Residuos provisionalmente aprobada por el Pleno del Ajuntament en la sesión celebrada el pasado 28 de octubre de 2013.
SEGUNDO.- Aprobar definitivamente la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la Prestación del Servicio de Recogida y Eliminación de Residuos y ordenar la publicación del acuerdo y del texto íntegro de la modificación en el tablón de anuncios del Ajuntament y en el BOIB, momento a partir del cual entraran en vigor.
TERCERO.- Notificar el acuerdo al portavoz del Grupo Municipal del Partido Popular.
CUARTO.- Facultar al Sr. Alcalde-Presidente per suscribir los documentos relacionado con este asunto.
QUINTO.- El texto íntegro y definitivo de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de recogida y eliminación de residuos será del siguiente tenor:
“Artículo 5. Programa de inspección técnica de residuos.
Disposición Transitoria:
Para el ejercicio 2014, el período para la adhesión al programa de fomento del reciclaje ITR, regulado en el punto 3 del artículo 5, se amplia hasta el 31 de enero de 2014.”
Contra este acuerdo, de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOIB, ante el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.
A Santa Margalida, a 20 de diciembre de 2013
El Alcalde,
Antoni Reus Darder