Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 23482
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 2 de diciembre de 2013 por la cual se dispone el cambio de domicilio y el traslado de los alumnos y los profesores del CEPA Sant Antoni
Antecedentes
1.El Decreto 40/2009, de día 29 de junio (BOIB núm.96 de 4 de julio) creó el Centro de Educación de Personas Adultas CEPA Sant Antoni, con domicilio Ctra. de Can Germà, s/n y con código 07008211
2.El Decreto 40/2009, de día 29 de junio (BOIB núm.96 de 4 de julio) suprime el Aula Sant Antoni que dependia del CEPA Pitiüses
3.Dado que el edificio donde se ubicaba necesitaba reformas, el Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany ofreció una ubicación provisional C/ Cervantes nº. 25.
4.En fecha 5 de junio de 2013, después de numerosas gestiones. la alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany y la concejala de Educación comunicaron la cesión de la segunda planta y una sala de la planta baja del antiguo Centro de Salud de Sant Antoni situado en la calle Alicante nº. 33 a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades para que pudiera hacer uso de las instalaciones el CEPA Sant Antoni.
5.En fecha 19 de junio de 2013 la directora del centro de Educación de Personas Adultas solicita el traslado a las dependencias de la C/ Alicante nº. 33, a la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos, comunicando la cesión de las mismas del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.
6.En fecha 21 de junio de 2013 la Delegada Territorial de Educación en Ibiza y Formentera solicita el traslado definitivo a las dependencias de la C/ Alicante nº. 33 con el compromiso por parte del Ayuntamiento de hacer las modificaciones y adaptaciones necesarias.
7. Durante el curso 2013-14, los profesores y los alumnos del CEPA Sant Antoni se han trasladado al nuevo edificio, ubicado en la C/ Alicante nº. 33, de Sant Antoni de Portmany CP 07820. Por este motivo, es necesario modificar el domicilio del CEPA Sant Antoni a los efectos administrativos adecuados y disponer el traslado de los alumnos y los profesores en el nuevo centro docente.
Fundamentos de derecho
1. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4 de julio), reguladora del derecho a la educación.
2. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4 de mayo), de educación.
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo (BOIB del 3 de abril), de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
4. La disposición final primera del Decreto 119/2002, de 27 de septiembre, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico de las escuelas públicas de educación infantil, de los colegios públicos de educación primaria, y de los colegios públicos de educación infantil y primaria, en conexión con el artículo 2 del Reglamento orgánico mencionado.
Por todo eso, y a propuesta de la Dirección General de Planificación, Infraestructuras Educativas y Recursos Humanos, dicto la siguiente
Resolución
1. Disponer el cambio de domicilio, con efectos desde el día 2 de septiembre de 2013, del CEPA Sant Antoni, ubicado en la C/ Alicante nº. 33, CP 07820, de Sant Antoni de Portmany.
2. Inscribir esta modificación en el Registro de Centros de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades.
3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 2 de diciembre de 2013
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Joana Maria Camps Bosch