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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 23050
Procedimiento Ordinario 0001325 /2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

 

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001325 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª WORRAPOT SURIYA contra la empresa  WYOMING MANAGEMENT SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA N°  386

 En la ciudad de Palma de Mallorca a veinticinco de noviembre del año dos mil trece.

VISTO  por mi  D.  Ricardo Martín Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social Número Cuatro de Palma de Mallorca, el presente Juicio seguido a instancia del sindicato Confederación Sindical de Comisiones Obreras actuando en nombre e interés de su afiliado D. Suriya Worrapot representado por la Letrada Dña. Rosa Hidalgo Cisneros contra la empresa Wyoming Management S.L.   y el Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad.

FALLO

 QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO EN PARTE LA DEMANDA  interpuesta a del sindicato Confederación Sindical de Comisiones Obreras actuando en nombre e interés de su afiliado D. Suriya Worrapot contra la empresa Wyoming Management S.L.  y el Fondo de Garantía Salarial condenando a la empresa demandada a pagar al trabajador demandante la cantidad de 2.678,63

 €,  así como la cantidad de 803,58 €  en concepto de indemnización por mora establecida en el art. 32 del Convenio Colectivo de Hosteleria de la CAIB.

        Todo ello con absolución  del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de las responsabilidades legales que puedan corresponderle.

 Notifíquese  la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social no cabe recurso alguno. Procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.    

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a WYOMING MANAGEMENT SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

En PALMA DE MALLORCA, a veintinueve de Noviembre de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL