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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 23275
Procedimiento Ordinario 722/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAZ GARCÉS CARBONELL, SECRETARIO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 001 DE IBIZA/EIVISSA.

HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D/Dª ARMANDO VICENTE PINEDA FLORES contra  KRISTAL IBIZA, SL,  HIELO EMOCION, SL  ,  CELESTE VECTOR, SL  , en reclamación por ORDINARIO, registrado con el nº PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000722 /2013 se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a   KRISTAL IBIZA, SL  ,  HIELO EMOCION, SL y  CELESTE VECTOR, SL  , en ignorado paradero, a fin de que comparezcan en la sala de vistas de este Juzgado de Lo Social 001, situado en CALLE GASPAR PUIG Nª1 BIS el día 19/2/2014 a las 09:45 horas, para la  celebración de los actos de conciliación y en su caso juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a las demandadas  KRISTAL IBIZA, SL  ,  HIELO EMOCION, SL  y  CELESTE VECTOR, SL  , se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En IBIZA/EIVISSA, a diez de Diciembre de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL