Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22501
Juicio de faltas nº 1266/2012
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a HEERCO VAN DER GALIEN el auto aclaratorio de la sentencia dictada en fecha 18 de septiembre y que en su parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
“A U T O
En PALMA DE MALLORCA, a doce de Noviembre de dos mil trece…
PARTE DISPOSITIVA
SE ACUERDA RECTIFICACIÓN de la sentencia de fecha 18 de septiembre de 2013 en el sentido siguiente: En el Fundamento Jurídico Tercero, debe decir “…Daniel Martín Nicolás deberá ser indemnizado por las siguientes cantidades en 792’4 euros por los 14 días impeditivos a razón de 56’60 euros; 1.827’6 euros por los 60 días no impeditivos a razón de 30’46 euros; 764’61 euros por un punto de secuela atendiendo a la edad de la víctima en el momento del accidente (38 años). Las cantidades concedidas en concepto de indemnización por días de baja y secuelas (3.384’61 euros) deberá ser incrementado en un 10% (338’46 euros)” y en el FALLO debe decir: “…y a que indemnice en concepto de responsabilidad civil a Daniel Martin Nicolas en la cantidad de 3.723’07 euros por las lesiones y secuelas…”
MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente Decreto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados.
Los plazos para los recursos que procedan contra la resolución de que se trate se interrumpen desde que se solicitó su aclaración, rectificación, subsanación o complemento, en su caso, y, en todo caso comienzan a computarse desde el día siguiente a la notificación de la presente.
Así lo manda y firma DOÑA MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTÍ, Magistrado del Juzgado de Instrucción 10 de Palma. Doy fé”
En PALMA DE MALLORCA a 21 de Noviembre de 2013.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL