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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANTANYÍ

Núm. 23016
Aprobación inicial de las modificaciones puntuales núm. 86, 87 y 90 de las normas subsidiarias del término municipal de Santanyí

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobada inicialmente por el Ayuntamiento, en sesión plenaria de día 4 de diciembre de 2013, la modificación de las normas subsidiarias del término municipal de Santanyí que incluye las siguientes modificaciones:

  • La modificación puntual núm. 86 (1/2013) tiene por objeto el cambio de calificación urbanística de una parcela situada en la c/ Bernat Vidal i Tomàs, 68 esquina Ronda de sa Tanca del casco urbano de Santanyí, destinada actualmente a equipamiento público (S) para destinarla a equipamiento comercial. Esta modificación supone también que parte de la parcela pasa a vial público (rotonda) y la supresión de un vial previsto a las Normas vigentes que pasa a incrementar la parcela comercial. Se prevé igualmente, un sistema general de espacio libre público.

  • La modificación puntual núm. 87 (2/2013) tiene por objeto regularizar los usos existentes en dos parcelas de titularidad municipal en el casco urbano de Cala d’Or (Cala Egos), porque existe actualmente una parcela calificada como espacio libre público destinada a usos deportivos (pistas de tenis y otras instalaciones) y a poca distancia otra calificada por el planeamiento vigente como equipamiento deportivo, pero constituida realmente por un bosque de pinos que se quiere preservar. Así se quiere regularizar la situación cambiando la calificación urbanística de la parcela ELP por la de equipamiento deportivo y la de equipamiento deportivo por la de ELP, resultando que la nueva zona verde pública tendrá mayor superficie que el actual.

  • La modificación puntual núm. 90 (4/2013) tiene por objeto la ampliación de los usos admitidos y la incorporación de la definición del cómputo de la altura al ámbito de la Fase I del polígono industrial de s’Olivó de Santanyí.

Según dispone el artículo 7 bis.2 de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible, la aprobación inicial implica la suspensión del otorgamiento de licencias en el suelo objeto de la modificación del planeamiento, excepto los supuestos previstos legalmente.

Según dispone el artículo 128 del Reglamento de planeamiento urbanístico, aprobada por RD 2159/1978 de 23 de junio, se somete a información pública por el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOIB, en uno de los periódicos de más tirada de las Illes Balears y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, durante el cual cualquier persona interesada podrá consultar la documentación en horario de oficina y días hábiles en las dependencias municipales y en la página web del Ayuntamiento http://www.ajsantanyi.net/. Durante el mismo periodo se podrán formular las alegaciones pertinentes.

 

Santanyí, 11 de diciembre de 2013

El alcalde
Llorenç S. Galmés Verger