Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 21975
Seguridad social 1183/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0001183 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª YAHYA BOUAISSA contra la empresa MUTUA UNIVERSAL MUGENAT,OBRES I JARDINS MONSERRAT SL, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL,  TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA N° 310

En la ciudad de Palma de Mallorca a  dos de octubre de dos mil trece.

VISTO  por mi  D. Ricardo Martín Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 4 de Palma de Mallorca, el presente Juicio seguido a instancia de D. Yahya Bouaissa asistido de el Letrado D. Jaime Bueno Pardo contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social representados por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social D. Jorge González de Matauco Alonso, contra la Mutua  Universal Mugenat MATEPSS nº 10 representada por el Letrado D. José Antonio Raboso Martínez y contra la empresa Obres i Jardins  Monserrat S.L. sobre impugnación de alta médica.

FALLO

QUE, estimando la excepción de cosa juzgada, DEBO DESESTIMAR Y DESESTIMO LA DEMANDA en materia de reclamación de prestaciones de incapacidad temporal  interpuesta por D. Yahya Bouaissa contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social D. Jorge González de Matauco Alonso, contra la Mutua  Universal Mugenat MATEPSS nº 10 y contra la empresa Obres i Jardins  Monserrat S.L. debo absolver y absuelvo a los demandados de los pedimentos formulados en su contra ellos en la demanda.

Notifíquese  la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACION ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares que deberá anunciarse dentro de los CINCO días siguientes a la notificación de la presente resolución, haciendo al propio tiempo nombramiento de Letrado.

Todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social intente entablar el recurso de Suplicación consignará como depósito la cantidad de 300 euros en el Banco Español de Crédito en la cuenta “Depósitos y consignaciones del Juzgado de lo Social nº 4 de Palma de Mallorca. El recurrente deberá hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado al tiempo de interponer el recurso.

De no anunciarse el recurso contra la presente, firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente..  

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  OBRES I JARDINS MONSERRAT SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a siete de Noviembre de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL