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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 22687
Despido/ceses en general 543/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Dª FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretaria Judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social nº 3 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento en materia de DESPIDO/CESES EN GENERAL Y CANTIDAD 543/2013 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON YAN RENE PIERRE CHOUARAN contra EDUARDO MASSARO MARTIN, y FOGASA sobre DESPIDO Y RECLAMACION DE CANTIDAD, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA N° 425/2013

En Palma de Mallorca a 22 de noviembre de 2013

 

DOÑA CECILIA FERNÁNDEZ PRIETO, Juez de Refuerzo del Juzgado de lo Social nº 3 de Palma de Mallorca, ha visto los presentes autos de PROCEDIMIENTO Nº 543/2013, seguido entre partes, de una como actora DON YAN RENÉ PIERRE CHOUARAN representada por el Letrado Don Pablo Alonso y de otra como demandada EDUARDO MASSARO MARTÍN sobre DESPIDO Y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD.

FALLO

QUE ESTIMANDO PARCIALMENTE LA DEMANDA interpuesta por DON YAN RENÉ PIERRE CHOUARAN contra la empresa EDUARDO MASSARO MARTÍN debo declarar y declaro la improcedencia del despido efectuado en fecha 6 de mayo de 2.013 por parte de la empresa demandada, y siendo imposible la readmisión, debo declarar y declaro la extinción de la relación laboral entre ambos a fecha de 22 de noviembre de 2013, y debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonarle al actor una indemnización calculada conforme a lo recogido en el fundamento jurídico segundo  de TRES MIL SETENCIENTOS SESENTA Y OCHO EUROS CON QUINCE CÉNTIMOS DE EUROS (3.768,15 euros) y la cantidad de CUATRO MIL  SEISCIENTOS NUEVE EUROS CON SESENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EUROS (4.609,62 euros), en concepto de liquidación de contrato.

Notifíquese esta  resolución  a las partes en la forma que previene la Ley, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo acredite la parte que no ostente el carácter de trabajador y no goce del beneficio de justicia gratuita, haber consignado el importe íntegro de la condena en el banco BANESTO, en la cuenta de este Juzgado, o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe. Así mismo deberá constituir otro depósito por importe de 300 €, presentando el resguardo correspondiente a éste último depósito en la Secretaria del Juzgado al tiempo de interponer el Recurso y  el del primer depósito al momento de anunciarlo, sin cuyos  requisitos no podrá ser admitido.

De no anunciarse el recurso contra la presente, firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.

Así, por ésta mi sentencia, definitivamente juzgada en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo.

DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN Y DEPÓSITO.-

La anterior fue hecho pública por la Ilma. Sra. Juez que la suscribe, en el día de la fecha durante las horas de audiencia mediante depósito en esta Secretaría a mi cargo, emitiendo, seguidamente, certificación de la misma para su unión a los Autos, y archivando el original de la sentencia en el libro correspondiente. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a EDUARDO MASSARO MARTIN, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintiséis de Noviembre de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL