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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22830
Protección. Notificación DP 2013/70 Decreto de Alcaldía núm. 15835 de 17.09.2013
Dado que no se ha podido notificar el Decreto de Alcaldía núm. 15835 de fecha 17 de septiembre de 2013 del ayuntamiento de Palma, a MARIA BIL ROTGER, con DNI. 41133236, y para poder seguir adelante la tramitación del expediente DP 2013/70, en relación al inmueble ubicado en la C/ Annibal, NÚM. 8- 8A, del Negociado de Protección de la Edificación de disciplina urbanística.
De conformidad con el artículo 59.4, de la Ley 30 /92, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el 194, del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, a través del presente edicto se le notifica lo siguiente:
Le notifico que por decreto del teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda núm. 15835 de fecha 09.17.2013 se ha dispuesto lo siguiente:
I. - Visto el informe de los Servicios Técnicos municipales de fecha 06/18/2013 (ri 06/27/2013), relativo al inmueble ubicado en C/ Annibal 8 y 8- A (PC 09104411) que transcrito dice :
" ...
DESCRIPCIÓN.
Se trata de un edificio plurifamiliar entre medianeras de planta baja y dos plantas piso. Su estructura es muros de carga y cubierta inclinada de tejas.
CARACTERÍSTICAS URBANÍSTICAS.
El edificio objeto de este informe tiene la calificación de B4a, según el PGOU vigente.
INFORME TÉCNICO.
Realizada visita de inspección el pasado 13 de junio, se ha observado que :
Tal y como se describe en el informe de incidencias de los bomberos , se detecta una grieta desde la ventana izquierda del último piso hasta la última pieza de arenisca del voladizo .
Los bomberos han retirado el revestimiento inestable de la cornisa , en concreto de la esquina izquierda y de la parte central .
CONCLUSIÓN.
Observadas las patologías descritas, dada su naturaleza y situación y salvo otras patologías o vicios ocultos, no observables a simple vista y por lo tanto no detectados en esta visita de inspección ocula, es opinión del técnico que suscribe que es adecuado el dictado de una orden de ejecución consistente en:
ORDEN DE EJECUCIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES URGENTES
Proceder bajo dirección técnica competente a:
1 . Retirada de todos los elementos inestables de la fachada y reparación de los elementos retirados con los mismos materiales y acabados que los existentes.
Condiciones:
Antes del inicio de las obras se deberá presentar la siguiente documentación:
1 . Asume de técnico director de las medidas cautelares y obras.
2 . Nombramiento de empresa constructora .
Plazo de ejecución orden medidas cautelares 10 días
Presupuesto de ejecución material estimativo € 2845
Una vez se presente dicha documentación en el registro general del ayuntamiento, a la atención del Servicio de Protección, Seguridad de Edificios, y ITE. Se pueden iniciar estrictamente las obras ordenadas .
Terminadas las obras se deberá presentar la siguiente documentación:
1 . Certificado técnico que incluya la inexistencia de peligro de desprendimientos o certificado final de obras referido a las obras ordenadas . Visado por el correspondiente colegio profesional.
OBSERVACIONES.
1 . Hay que cumplir el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
2 . Si es necesario el técnico director de las obras deberá formalizar la documentación gráfica y escrita que corresponda.
3 . Se significar a la propiedad el deber intrínseco de conservación de las edificaciones en forma ajustándose a unos parámetros de salubridad y seguridad pública de acuerdo con lo prescrito en el artículo 10 de la LDU CAIB."
II . - Dado que este informe remarca la urgencia en la tramitación de la presente orden de ejecución y que la situación supone peligro, es adecuado proceder a dictar la orden de ejecución de manera urgente, obviando el trámite de alegaciones previsto legalmente, todo ello en garantía de personas y bienes.
III . - Entre otras obligaciones, se devengan las tasas sobre servicios urbanísticos para dictar orden de ejecución de las medidas cautelares y provisionales - , Concepto 312.02 , art. 6 de la Ordenanza Fiscal para 2013 (BOIB núm.194 de 27.02.2012) - que tendrá el siguiente cálculo: b ) 2,61% sobre 2.845 '- € , sin perjuicio de devengar cualquier otro tributo (v.gr. Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras , en su caso).
IV . - Visto el decreto del Teniente de Alcalde del Área de Urbanisnme y Vivienda núm . 12081 de fecha 4 de julio de 2013, sobre ORDENAR a los propietarios del inmueble situado en C. Annibal 8 y 8- A (PC 09104411) Sra. MARIA BIL ROTGER con DNI 4.113.323, y Sr. BERNARDO PONS-ESTRELLA GORDILLO con DNI 43076067B, determinadas obras de conservación y/o mantenimiento , por razones de seguridad del inmueble, visto el informe del técnico municipal de día 18.06.2013).
V. - Considerando la nota simple informativa del Registro de la propiedad de día 07/16/2013 que acredita que la propietaria del inmueble de la calle Annibal 8A (RC910441DD6890C0001AS) es la Sra.. MARIA JOSE CORTÉS LIGERO (DNI 43067563V).
VI . - Visto el informe del TAG del Servicio de día 08/20/2013, que literalmente dice:
" A) El informe técnico de 06/18/2013 propone la adopción de una orden de ejecución de medidas cautelares urgentes al inmueble de la Calle Annibal 8 y 8A (PC 09104411).
b ) Consultados los datos disponibles en los archivos municipales, y en concreto de acuerdo con Los datos del IBI 2013, se determinó que la propietaria del inmueble RC 9104411DD6890C0001AS (planta baja) era la señora MARIA BIL ROTGER y que el propietario de los inmuebles RC 9104411DD6890C0002SD 9104411DD6890C0003DF (pisos primero y segundo) es el Sr. BERNARDO PONS ESTRELLA GORDILLO
c) No obstante , solicitada información al registro de la propiedad , ha remitido la nota simple informativa de día 16/07/2013, de acuerdo con la cual el inmueble RC 9104411 - DD6890C -0001 -AS (finca de Palma de Mallorca 11 Secc 6 ª n º 3902) pertenece a la Sra. MARIA JOSÉ CORTÉS LIGERO, desde el día 17.05.2012. Asimismo, las notas simples informativas del mismo día , respecto de los pisos primero y segundo de la finca , confirman que el propietario es el Sr. BERNARDO PONS ESTRELLA GORDILLO.
d) A la vista de esta nota simple informativa, y de acuerdo con los arts. 605 a 608 CC y la Ley hipotecaria, hay que considerar que la propietaria del inmueble y por tanto destinataria de la orden de ejecución es la Sra. MARIA JOSÉ CORTÉS LIGERO, y no la Sra. MARIA BIL ROTGER; debiendo excluirse a la Sra. BIL del expediente de protección de la edificación , al no figurar acreditado que tenga la condición de interesada por cualquier otro concepto , y dirigiendo el expediente frente a la interesada - propietaria, Sra. CORTÉS, pudiendo ratificarse el resto de actuaciones en concreto la orden de ejecución frente al propietario de los pisos primero y segundo, Sr. BERNARDO PONS ESTRELLA GORDILLO"
En consecuencia, vista la normativa de aplicación , artículos 68 a 119 LRJPAC, artículo 9.1 del RDleg.2/2008 de 20 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la ley de suelo; artículos 10 y 11 ley 10 / 90 de disciplina urbanística de la CAIB, artículos 83 y 84 de la ley 23/2006, de 20 de diciembre de capitalidad de Palma de Mallorca; la Ordenanza municipal sobre la inspección técnica de edificios publicada en el BOIB 31 de diciembre de 2008; artículo 124 de la Ley 7 /85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen local , modificada por la ley 57/2003 de medidas para la modernización del gobierno local, y los artículos 4.2 - j ) , artículo 12 - b), y 18.3) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo , BOIB núm.98 de 28/06/2005, y dados los Decretos de Alcaldía n º. 8435 y 8436 , de fecha 13 de mayo de 2013 , BOIB núm . 70 de 18 de mayo de 2013 , de organización de los Servicios Administrativos del Ayuntamiento de Palma y de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, y demás normativa aplicable, cabe formular propuesta para la aprobación del siguiente ,
D E C R E T O
1er . - EXCLUIR a la Sra. MARIA BIL ROTGER (DNI 4.113.323), y poner fin al expediente frente a ella, del expediente sobre ORDEN DE MEDIDAS CAUTELARES URGENTES necesarias para la conservación de las condiciones de seguridad y salubridad del inmueble de la Calle Annibal 8 y 8- a (PC 0910441) (exp. DP 2013/70), de acuerdo con el informe del TAG de 08/20/2013, reproducido en la parte expositiva.
2 º . - ORDENAR a la Sra. MARIA JOSE CORTÉS LIGERO (DNI 43067563V), como propietaria del inmueble situado en C. Annibal 8 y 8- A (PC 0910441), las obras de conservación y/o mantenimiento del inmueble por razones de seguridad. Las siguientes obras de conservación y/o mantenimiento, por razones de seguridad del inmueble, visto el informe del técnico municipal de día 06/18/2013 (RI 27/06/2013), transcrito en el expositivo de este decreto.
ORDEN (MEDIDAS CAUTELARES URGENTES)
Proceder bajo dirección técnica competente a:
1 . Retirada de todos los elementos inestables de la fachada y reparación de los elementos retirados con los mismos materiales y acabados que los existentes.
Condiciones:
Antes del inicio de las obras se deberá presentar la siguiente documentación:
1 . Asume de técnico director de las medidas cautelares y obras.
2 . Nombramiento de empresa constructora.
Plazo de ejecución orden medidas cautelares 10 días
Presupuesto de ejecución material estimativo € 2845
Una vez se presente dicha documentación en el registro general del ayuntamiento, a la atención del Servicio de Protección, Seguridad de Edificios, y ITE. Se pueden iniciar estrictamente las obras ordenadas.
Terminadas las obras se deberá presentar la siguiente documentación:
2 . Certificado técnico que incluya la inexistencia de peligro de desprendimientos o certificado final de obras referido a las obras ordenadas. Visado por el correspondiente colegio profesional.
OBSERVACIONES.
1 . Hay que cumplir el Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
2 . Si es necesario el técnico director de las obras deberá formalizar la documentación gráfica y escrita que corresponda.
3 . Se significar a la propiedad el deber intrínseco de conservación de las edificaciones en forma ajustándose a unos parámetros de salubridad y seguridad pública de acuerdo con lo prescrito en el artículo 10 de la LDU CAIB."
3er.ADVERTIR al referido propietario que podrá iniciar las obras inmediatamente, previo nombramiento de la Dirección Técnica competente, y el cumplimiento de las demás condiciones incluidas en este Decreto, y previa comunicación a este ayuntamiento para efectuar las comprobaciones pertinentes. La orden de ejecución no se considerará cumplimentada hasta que no se realicen los trabajos ordenados y haya presentado la documentación requerida . En caso de incumplimiento se podrá continuar con la tramitación del expediente.
No se necesita solicitar licencia de obras para dar cumplimiento a lo ordenado.
4at.ADVERTIR a la propiedad de los inmuebles mencionados en la presente resolución, que, conforme lo dispuesto en el art. 84 de la Ley de capitalidad de Palma 23/2006 de 23 de diciembre (BOIB 27.12.2006) si se incumple lo que se ordena en el plazo fijado, el Ayuntamiento podrá imponer una multa del diez al veinte por ciento del valor de las obras que sea necesario llevar a cabo para cumplir los requisitos mencionados antes, así como también que de acuerdo con el mismo artículo, en consonancia con el art.11 de la Ley 10 /90 de Disciplina de la CAIB, se le otorgará, con la notificación de la multa, un último plazo para ejecutar la orden , y se procederá, si incumple , la ejecución subsidiaria de las obras , siendo a cargo de la propiedad todos los gastos que se produzcan.
5è.DONAR CUENTA (en relación al punto primero de este acuerdo), el departamento de gestión tributaria a los efectos de la liquidación de los tributos que sea pertinente
6 º.-RATIFICAR el resto de actuaciones del expediente , concretamente la orden de ejecución de medidas cautelares urgentes por razones de seguridad frente al Sr. BERNARDO PONS ESTRELLA GORDILLO.
7è.NOTIFICAR el presente decreto a los propietarios afectados.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común , según la redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación y en este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento (1) o en las dependencias a que se refiere el artículo 38, 4 de la Ley 30 /92, de 26 de noviembre, antes citada . Mado cuando no se ha resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente que se ha interpuesto. En este caso queda abierta la vía contencioso administrativa.
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, según lo establecido en el artículo antes mencionado, y los artículos 45 y siguientes de la Ley 29 /1998, de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción , ante el juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Para servicio de registro de documentos , caja, así como información general y fiscal, pueden dirigirse a las siguientes oficinas: OAC Avenidas -Edificio Avenidas . Av. Gabriel Alomar, 18; OAC Cort -Pl. Santa Eulalia, 9; OAC Pere Garau - C. Pere Llobera, 9; OAC San Fernando -Av . San Fernando, 42; OAC San Agustín - C. Margaluz , 30 ; OAC Arenal -Av . América, 11; OAC s'Escorxador - C. Emperatriz Eugenia, 6; OAC Son Ferriol -Av . Cid, 8. Horario de atención al público : Todo el año: de 08.30 a 14.00 h de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 08.30 a 17.00 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 09.30 a 13.30 h en el OAC Cort (sólo registro).
Palma , 04 de diciembre de 2013
La jefe de departamento de disciplina y seguridad de los edificios .
Por delegación (Decreto de Alcaldía núm. 22906 de 01/12/2011 ,
BOIB núm. 187 de 15/12/2011 )
Elvira Salvá Armengod .