Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 20465
Procedimiento ordinario 217/2012, sobre otras materias
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
S E N T E N C I A Nº: 00051/2013
En la ciudad de Palma de Mallorca, a cuatro abril de dos mil trece.
Guillermo Royo García, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Palma de Mallorca y su partido judicial, ha visto los presentes autos civiles de procedimiento ordinario en ejercicio de acción sobre reclamación de cantidad, autos seguidos en este Juzgado con el número 217/2012, a instancias de la entidad “GENERAL ELECTRIC CAPITAL BANK, S.A.”, representada por la Procuradora Doña Nancy Ruys Van Noolen y dirigida por el Letrado Don Jordi Bosch Viñas, contra DOÑA SILVINA PAOLA SEBBEN y DON NELSON ANDRÉS IRISARRI, declarados en rebeldía procesal.
F A L L O
Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por la entidad “GENERAL ELECTRIC CAPITAL BANK, S.A.”, representada por la Procuradora Doña Nancy Ruys Van Noolen, debo condenar y condeno al demandado, DOÑA SILVINA PAOLA SEBBEN y DON NELSON ANDRÉS IRISARRI, declarados en rebeldía procesal, declarado en rebeldía, a abonar a la actora la suma de 12.924,73 euros, más los intereses que se establece en la cláusula novena de las condiciones generales del contrato, así como al pago de las costas del juicio.
Recurso. Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación que deberá INTERPONERSE ante este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca en el plazo de VEINTE DÍAS a contar desde el siguiente al de su notificación. En la interposición del recurso el apelante deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. (Artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, tras la reforma operada por Ley 37/2011 de 10 de octubre).
Y como consecuencia del ignorado paradero de SILVINA PAOLA SEBBEN y NELSON ANDRÉS IRISARRI REYES, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA a cinco de Abril de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL