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AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 22779
Expediente sancionador número 1370/2013 por infracción de la ordenanza de tenencia de animales
Puesto que no ha sido posible notificar el acuerdo de iniciación del expediente sancionador y la apertura de los plazo de alegaciones y pruebas por presunta infracción a la Ordenanza municipal de tenencia de animales, se procede a su notificación de acuerdo con lo que se determina en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común a la persona o personas que se detallan en el anexo adjunto. Se hace constar:
“PRIMERO. Iniciar expediente sancionador contra la persona denunciada como presunta responsable de una falta de carácter grave por incumplimiento de lo establecido en el artículo 26.3, apartado 16, de la Ordenanza Municipal de Tenencia de Animales publicada en el BOIB número 29, de fecha 23 de febrero de 2012, según la cual se considera infracción grave la circulación por las vías públicas de un animal con la consideración de perdido y se propone una sanción de 300,51 euros.
SEGUNDO. Nombrar al regidor Arturo Pons Reurer instructor del expediente y a la trabajadora Ruth Cabrera Sánchez secretaria del mismo, contra la que puede promover recusación en cualquier momento de la tramitación del expediente, de acuerdo con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
TERCERO. Notificar la presente resolución a los presuntos responsables e indicarles que pueden reconocer voluntariamente su responsabilidad, en cuyo caso se resolverá el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda. Indicarle, así mismo, que el pago voluntario por lo que se le imputa en cualquier momento anterior a la resolución puede implicar la terminación del procedimiento, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos que procedan.
El pago se puede efectuar en el lugar y plazos que se indican en el documento de pago adjunto.
A estos efectos se le informa que de conformidad con el artículo 32 de la Ordenanza municipal para tenencia de animales, tiene derecho a una bonificación del 30% sobre la cuantía de sanción cuando el pago tenga lugar antes de que se dicte resolución expediente sancionador, el ingreso podrá efectuarse a través de la página web del Ayuntamiento de Alaior en enlace "Carpeta Ciudadana" (www.alaior.org), en cualquier oficina de las siguientes entidades colaboradoras: “La Caixa”, “Sa Nostra”, Banca March, Banco Bilbao Vizcaya Argentina, Banco Santander, Banco Popular, Banc de Sabadell i Colonya Caixa Pollença con el Q60 adjunto indicando la referencia del expediente que consta en el encabezamiento de esta resolución exp: ... / ... y el nombre del interesado.
CUARTO. Concederle un plazo de 15 días hábiles a contar a partir del siguiente al de la notificación de la presente Resolución para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretende valerse. En caso de no efectuar alegaciones en dicho plazo, éste podrá ser considerado propuesta de resolución a los efectos previstos en los artículos 8.4 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
QUINTO. El órgano competente para resolver el presente expediente sancionador es la Alcaldía de la Corporación, de acuerdo con el artículo 29 de la Ordenanza Municipal de Tenencia de Animales.
SEXTO. El procedimiento sancionador se tramitará de acuerdo con el Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora .
SÉTIMO. Informar a las personas interesadas que en cualquier momento anterior a la conclusión de la fase de instrucción podrán ejercer el derecho de acceso permanente al expediente tanto para conocer el estado de tramitación del mismo como para obtener copias de los documentos que contiene o aportar los datos que se estimen oportunos.
OCTAVO. Notificarlo a la persona interesada, al instructor y a la secretaria.
Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 42.4 y 42.5 en relación con el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.
El expediente puede consultarse en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Alaior (calle Mayor, 11, Alaior; teléfono 971 37 10 02, ext. 120).”
ANEXO
Número exp. |
Nombre y apellidos |
DNI |
Sanción |
Fecha infracción PA |
1370/2013 |
R.I.A |
47666277L |
300,51 € |
06/08/13 219/2013 |
Alaior, 27-11-2013
La alcaldesa
Misericordia Sugrañes Barenys