Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA
Núm. 22729
Creación de ficheros de protección de datos
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El pleno de la corporación en sesión de fecha 4 de diciembre de 2013 ha adoptado, entre otros el siguiente acuerdo:
“De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal: “Artículo 20: La creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el “Boletín Oficial del Estado” o Diario oficial correspondiente”. Dado que en fecha 30 de octubre de 2008 (BOIB 173 de 09-12-2008) se aprobó la creación de ficheros municipales. Dado que en fecha 16 de diciembre de 2008 (BOIB 184 de 30-12-2008) se modificó este acuerdo para incorporar nuevos archivos.
1.Aprobar la creación de los ficheros municipales que se indican que se incorporarán a los ficheros ya existentes:
-Videovigilancia.
a)Finalidad y usos de los ficheros:
-Videovigilancia: Gestión de registro de las imágenes recabados para fines policiales.
b)Las personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos.
-Videovigilancia: ciudadanos y residentes.
c)El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal.
-Videovigilancia: Personas físicas o jurídicas y su representante.
d)La estructura básica del fichero y la descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en ellos mismos.
-Videovigilancia: datos de carácter indentificativo: imágenes de las siguientes vías:
Plaça Bernat de Santa Eugènia; Camí d’es terme.
e)Les cesiones de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a paises terceros.
-Videovigilancia: Organismos judiciales
f)Los órganos de las Administraciones responsables del fichero.
-Videovigilancia: Alcaldía.
g)Los servicios o unidades ante los que se puedan ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.
-Videovigilancia: Alcaldía.
h)Las medidas de seguridad con indicación del nivel básico, medio o alto exigible.
-Videovigilancia: medio.
Lo que se publica para general conocimiento y a los efectos oportunos.
Santa Eugènia a 5 de diciembre de 2013
El Alcalde,
Francisco Martorell Canals