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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE

Núm. 22644
Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa del cementerio municipal de Lloret de Vistalegre.

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Texto

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DE LLORET DE VISTALEGRE

PROPUESTA DE ALCALDIA

JUAN JAIME RAMIS, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre, presenta la siguiente:

MODIFICACIÓN DE LA BASE 2 PUNTO 1 DE LA CUOTA TRIBUTARIA LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR DERECHOS FUNERARIOS

1. - El Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre procederá al otorgamiento a particulares de concesiones temporales por un plazo de 75 años de derechos funerarios sobre unidades de enterramiento correspondientes del Cementerio Municipal. Los derechos funerarios a conceder lo serán sobre las siguientes unidades de enterramiento y precios:

a) Para tumbas de menos de 7m2: 40 euros / tumba

b) Para tumbas de 7 a 12 m2: 60 euros / tumba.

c) Para tumbas de más de 12 m2: 80 euros / tumba.

d) Por cada expedición de título de propiedad funeraria y copias: 30 euros (de acuerdo con el artículo 6 la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos).