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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 22621
Disciplina. DO-2008/190. Notificación orden de suspensión a la propietaria
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística a CATALINA OLIVER REUS, exp . DO-2008/190 , y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a CATALINA OLIVER REUS (prop) , de conformidad con el art . 59-5 de la Ley 30/92 , de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
Le notifico que, por acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de fecha 01/10/2013, se ha dispuesto lo siguiente :
Dado que, de conformidad con los artículos 67.1 y 68 de la Ley 10/90 de 23 de octubre de disciplina urbanística de la CAIB , ha transcurrido el plazo de diez días concedido a los titulares de las obras o terrenos, que se relacionan a continuación, sin que se hayan presentado alegaciones a la propuesta de demolición o reconstrucción .
CONSIDERANDO lo previsto en el artículo 4.1.h , 4.2.ey 4.2.l del vigente Reglamento de la Gerencia de Urbanismo , el instructor que suscribe propone al Consejo de Gerencia de Urbanismo que adopte el siguiente:
A C O R D
1. ORDENAR , vistos los artículos 67.1 y 68 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre de disciplina urbanística de la CAIB a CATALINA OLIVER REUS, que proceda a la retirada / demolición de las obras realizadas en Bisbe Campins, 12, 10º A, RC 09608612037, consistentes en: "ampliación de 16 m2 aproximadamente sobre la terraza con bloques , vigas y teja árabe" , expediente núm. DO-2008/190, así como cualquier otro tipo de obras o instalaciones realizadas sin la preceptiva licencia municipal , para restituir la vivienda en el estado en que se encontraba antes de la comisión de la infracción urbanística . Dado que las citadas obras no están amparadas en ninguna licencia de obras y visto el informe de los servicios técnicos de fecha 22/07/2013 que indica que las obras son ilegalizables . Antes de iniciar la demolición se deberán cumplir las condiciones de demolición que se indican en el informe técnico de 22/07/2013 y que dice:
Las siguientes condiciones se deberán considerar de obligado cumplimiento antes de iniciar la retirada / demolición :
1. Redactar estudio básico de seguridad y salud.
2. Nombrar Coordinador de Seguridad.
3.En cumplimiento de lo preceptuado en la "Resolución de inicio del servicio público obligatorio insularizado para la gestión de los residuos de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca" publicado en el BOIB de 15-11 - 2005, deberá cumplirse lo previsto en el artículo 9 del "Plan Director Sectorial para la gestión de los residuos de construcción - demolición , voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca" (BOIB 23-11 - 2002) , obteniendo la siguiente documentación :
- Contrato con MAC Insular para gestionar los residuos generados .
- Evaluación del volumen y las características de los residuos que se originan .
- Medidas previstas de separación en origen o reciclaje " in situ " durante la fase de ejecución de la obra .
- Valoración económica del coste de la gestión adecuada de los residuos generados .
4 . Deberá nombrar de la empresa constructora de la Asociación de Constructores de Baleares , o bien un compromiso , firmado por usted y el constructor , y una copia del IAE o del documento de calificación empresarial .
EL PLAZO DE EJECUCIÓN SERÁ : 3 MESES
Indicar que para llevar a cabo la demolición de las obras denunciadas deberá disponer de toda la documentación que se relaciona a las condiciones de la demolición , sin que sea preceptiva la solicitud de una licencia municipal de obras .
2 º . APERCIBIR a los interesados , de conformidad con el artículo 67 y siguientes de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB , que el incumplimiento de esta orden de demolición, retirada o reconstrucción podrá dar lugar a la EJECUCIÓN SUBSIDIARIA por parte de este Ayuntamiento , por lo que se solicitará presupuesto a la empresa adjudicataria para la realización de obras por vía de ejecución subsidiaria . Desde el momento en el que se pide la presentación de presupuesto , se considerará iniciada la EJECUCIÓN SUBSIDIARIA y todos los gastos que se originen para la preparación y posterior ejecución subsidiaria de las obras descritas en el apartado 1 de este acuerdo , correrán a cargo del propietario obligado .
3º . PONER ESTE ACUERDO en conocimiento del departamento financiero a los efectos de recaudación de los tributos pertinentes .
La valoración de las obras realizadas , efectuada por el técnico municipal de acuerdo a los precios y baremos de los Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Mallorca y / o Arquitectos de Baleares , es de 7.737,50 € .
4º. NOTIFICAR el presente acuerdo a los interesados y dar cuenta al Negociado de Expedientes Sancionadores para iniciar / continuar el expediente sancionador .
Contra este acto administrativo , que agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado , de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92 , de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes , contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación . En este caso , no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento , o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30 /92, de 26 de noviembre, antes citada , y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes , contado desde el día siguiente que se ha interpuesto . En este caso queda abierta la vía contencioso administrativa .
De no utilizar el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. 116 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29 /1998, de 13 de julio , reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia , según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998 , en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación , todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere pertinente .
Os recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía , puede ejercer su derecho de opción lingüística en lo referente a las futuras notificaciones que se hagan .
Para servicio de registro de documentos , caja, así como información general y fiscal , pueden dirigirse a las siguientes oficinas : OAC AVINGUDES -Av . Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avenidas ) ; OAC CORT - pl . Santa Eulalia, 9 , bajos ; OAC PERE GARAU - c . Pere Llobera , 9; OAC SAN AGUSTÍN - c . Margaluz , 30 ; OAC SAN FERNANDO -Av . San Fernando, 42 (Edif. Policía Local) ; OAC S'ARENAL -Av . América , 11; OAC S'ESCORXADOR - c . Emperatriz Eugenia, 6 ; OAC SON FERRIOL -Av . Cid 8 . Horario de atención al público : Todo el año : de 8.30 a 14.00 h de lunes a viernes ( todas las oficinas ) . Horario ampliado de octubre a mayo : de 8.30 a 17 h de lunes a jueves ( OAC Avenidas) . Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en el OAC Cort (sólo registro).
Palma, 5 de diciembre de 2013
La jefe de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía núm . 10434 de 08/06/2012 , ( BOIB núm. 85 de 06/14/2012 )
Elvira Salvà Armengod