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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

Núm. 22613
Resolución del Conseller de Hacienda y Presupuestos de 29 de noviembre de 2013 de modificación del anexo de la Resolución de 23 de julio de 2012 por la cual se declaran objeto de contratación centralizada determinadas obras, suministros y servicios en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de los entes que integran el sector público autonómico

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Texto

 Hechos

1. En la sesión de día 20 de julio de 2012, el Pleno de la Central de Contratación aprobó la relación de obras, suministros y servicios que debían ser objeto de contratación centralizada en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de los entes que integran el sector público autonómico, y elevó la propuesta al conseller de Administraciones Públicas, de acuerdo con lo que establece el artículo 9 del Decreto 56/2012, de 13 de julio, por el cual se crea la Central de Contratación, se regula la contratación centralizada y se distribuyen competencias en esta materia en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de los entes que integran el sector público autonómico.

2. El día 23 de julio de 2012, el conseller de Administraciones Públicas declaró de contratación centralizada la relación de obras, suministros y servicios aprobada por el Pleno de la Central. La resolución se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares el día 31 de julio de 2012.

3. Durante el primer año de funcionamiento de la Central de Contratación se ha puesto de manifiesto la necesidad de modificar el anexo de la Resolución mencionada en el apartado anterior, dado que, de una parte, se han detectado problemas que dificultan la centralización de algunos suministros o servicios, como ahora el vestuario y los servicios de mensajería, y por otra parte, porque algunos conceptos que aparecen no son los adecuados para definir el objeto de los contratos que se han de centralizar, como los consumibles de informática.

4. A propuesta de la secretaria de la Central de Contratación, por los motivos mencionados antes, en la sesión de día 2 de agosto de 2013 el Pleno acordó elevar al conseller de Hacienda y Presupuestos una propuesta de modificación del anexo I de la Resolución de día 23 de julio de 2012.

Fundamentos de derecho

1.  El Decreto 56/2012, de 13 de julio, por el que se crea la Central de Contratación, se regula la contratación centralizada y se distribuyen competencias en esta materia en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de los entes que integran el sector público autonómico.  

2. El Decreto 5/2013, de 2 de mayo,  del presidente de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. 

3. El Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, por el que dispone el nombramiento de miembros del Gobierno de las Islas Baleares. 

4.  El Decreto 15/2013, de 7 de junio, del presidente de las Islas Baleares, por el que se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, por el que se establece las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. 

Por todo lo expuesto, dicto la siguiente  

Resolución 

1. Modificar el anexo de la Resolución del conseller de Administraciones Públicas de 23 de julio de 2012 por el cual se declaran objeto de contratación centralizada en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y de los entes que integran el sector público autonómico, determinadas obras, suministros y servicios con el contenido siguiente: 

 

Anexo

Obras, suministros y servicios declarados objeto de contratación  centralizada

 

OBRAS

Reparaciones de edificios en general (fontanería, electricidad, pintura...) 

 

SUMINISTROS

Material de oficina

Papel para la impresión y fotocopias

Cartuchos de tóner y tinta para impresoras, fotocopiadoras y faxes

Mobiliario de oficina

Combustibles y carburantes

Vehículos

Energía eléctrica

Equipamientos informáticos de oficina

Fotocopiadoras y faxes 

 

SERVICIOS

Limpieza

Seguridad y vigilancia

Telecomunicaciones (telefonía fija i móvil)

Mediación para la contratación de seguros

Seguros cuya cobertura incluya todos o algunos de los órganos de contratación incluidos en el ámbito de aplicación del Decreto 56/2012.

Servicios postales

Agencias de viaje

Mantenimiento de instalaciones

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. 

Interposición de recursos 

Contra esta Resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer recurso potestativo de reposición frente al conseller de Hacienda y Presupuestos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo en la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente que se haya publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa

 

 Palma,  29 de noviembre de 2013 

El conseller de Hacienda y Presupuestos 

 José Vicente Marí Bosó