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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 21877
Ejecución de títulos judiciales 187/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª PAZ GARCÉS CARBONELL, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 187 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. JUAN MORALES MARTÍNEZ y Mª TERESA YUBI YUBI contra la empresa KRISTAL IBIZA, SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: 

Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, JUAN MORALES MARTINEZ, frente a  KRISTAL IBIZA, SL, parte ejecutada, por importe de 1763,75 euros en concepto de principal, más otros 352,75 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. 

DECRETO ACUMULACIÓN 

Acuerdo: Acumular a la presente ejecución la/s ejecución/es seguida/s en este Organo Judicial con el/los número/números 88/13 a instancias de Dª MARIA TERESA YUBI YUBI contra la ejecutada KRISTAL IBIZA, SL seguida por importes de 4.041,72 euros de principal mas otros 808 euros presupuestados para intereses y costas sin perjuicio de ulterior liquidación, tramitándose la presente ejecutoria por las cantidades restantes de 5.805,47 euros de principal mas otros 1.160,75 euros presupuestados para intereses y costas sin perjuicio de ulterior liquidación. 

Y para que sirva de notificación en legal forma a  KRISTAL IBIZA, SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de ILLES BALEARS. 

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. 

En IBIZA/EIVISSA, a once de Noviembre de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL