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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES

Núm. 22593
Notificación de Resolución relativa a la modificación de datos de establecimientos de restauración en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears, tramitados por la Dirección General de Turismo.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que no ha sido posible la notificación de la resolución y de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante este anuncio se notifica a las personas físicas o jurídicas interesadas, que se ha dictado resolución de inscripción de modificación de datos, en relación con el establecimiento de restauración que se indica a continuación:

Nº. exp.: 198/2012/R

Nombre comercial: CAFE D2

Nº. de registro: R/6134/BAL

Dirección establecimiento: Av. Tucan, 3, Alcúdia

Clasificación: RESTAURANT

Plazas: 78

Explotador: VIORICA BADEA

CIF/NIF: X5541971Y

Fecha de inscripción: 29 de octubre de 2013

Esta inscripción se realiza sin perjuicio de la obtención de todas las autorizaciones y licencias necesarias, y se comunicará al ayuntamiento correspondiente al domicilio del establecimiento, de acuerdo con el artículo 20.4 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero.

Los establecimientos de restauración deben disponer de las hojas de reclamaciones oficiales y de un cartel anunciador, en 5 idiomas, avisando sobre su existencia, que pueden descargarse desde la página web de la Consejería de Turismo y Deportes. También deben disponer de cartas o listas con los precios, IVA incluido, de todos los servicios que ofrecen. Estas listas deben situarse en el interior del local y en todos sus accesos de manera que sean visibles desde el exterior.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Director General de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de esta notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, 3 de diciembre de 2013

 

La Jefa del Departamento de Ordenación y Planificación Turística

Margarita Sendín Rebassa

 

Conforme con la propuesta. Dicto resolución

El director general de Turismo

Órgano competente para dictar esta resolución, per resolución del conceller de Turismo y Deportes de 8 de julio de 2011, de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería de Turismo y Deportes y de suplencia de los órganos directivos de la consejería (BOIB número 111 de 21 de julio)

Jaime Martínez Llabrés