Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 22323
Ordenanza fiscal reguladora del precio público de la Escuela de Verano
En sesión plenaria de fecha 16/10/13 se aprobó inicialmente la modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DE LA ESCUELA DE VERANO, que tiene por objeto la modificación de los siguientes artículos y/o anexos.
Concepto
ARTÍCULO 1
Conforme a lo dispuesto en el artículo 127, en relación al artículo 41, ambos del R.D. 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento establece el precio público por la prestación del servicio de la escuela de verano.
Obligados al pago
ARTÍCULO 2
Están obligados al pago las personas naturales o jurídicas que soliciten, para ellos o para terceros, cualquiera de los servicios, actividad o prestación previsto en este acuerdo.
Cuantia y tarifas
ARTÍCULO 3
3.1 La cuantía del precio público regulado en esta ordenanza será la fijada en las tarifas que se especifican en el anexo de esta ordenanza.
Normas de gestión
ARTÍCULO 4
El pago del precio público se hará en las propias instalaciones municipales mediante domiciliación bancaria, o ingreso en cuentas restringidas de ingresos. La organización informará de las formas de ingreso.
Las tarifas mensuales o quincenales se meritarán el primer día de cada mes y se satisfarán dentro de los diez primeros días del respectivo mes.
Las altas que se produzcan dentro de los primeros cinco días de cada mes supondrán el pago de la cuota mensual, que se satisfará dentro de los diez días siguientes. Las que se produzcan después del día cinco de cada mes supondrán cuotas por los días que falten hasta el final de mes y se liquidarán aplicando la proporción correspondiente.
A N E X O
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DE LA ESCUELA DE VERANO
CUADRO DE TARIFAS
Concepto |
Importe |
Mensual |
200,6 |
Quincenal |
125,37 |
De conformidad al que dispone l´art. 17 del RDL 2/2004 por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, fue sometido a la preceptiva información publica, a partir de la fecha de publicación del edicto publicado en el BOIB 146 de fecha 24/10/13, no se presentaron alegaciones por lo cual el acuerdo aconteció definitivo.
Capdepera, 21 de octubre de 2013.
El Alcalde
Rafel Fernández Mallol