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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección tercera. Anuncios particulares

PARTICULARES

Núm. 21852
Gloria Rosillo Gutiérrez, Notario del Ilustre Colegio de Baleares, con residencia en Muro. Subasta extrajudicial

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Texto

HAGO SABER:

Que en mi Notaría, sita en la calle Juan Carlos I, número 14, bajo, de Muro, se tramita venta extrajudicial, conforme al artículo 129 de la Ley Hipotecaria, de la siguiente finca hipotecada, vivienda habitual del deudor:

URBANA.- NUMERO TRES DE ORDEN.- Vivienda Piso Primero, del edificio señalado con el número ochenta y ocho de la calle ANTONI CANOVAS, antes Antonio Cánovas, de la villa de Muro, con acceso por el portal número ochenta y ocho de la calle Antoni Cánovas; la cual tiene una superficie construida de ciento treinta y cinco metros cuadrados. Lindante: por frente, con vuelo a la indicada calle Antoni Cánovas; por la derecha, con la de Isabel María Aubá; por la izquierda, con la de Margarita Moragues; y por fondo, con vuelo del corral de la planta baja, números dos de orden. Su cuota es de 31 por 100.

REFERENCIA CATASTRAL.- Tiene la referencia catastral número 4687125ED0948N0003FF.

INSCRIPCIÓN.- Se halla inscrita en el Registro de la Propiedad de Inca Número Uno, al tomo 3705,  libro 302 DE MURO, folio 156, finca registral número 14.504.

Procediendo la subasta de la finca, se hacen saber sus condiciones:

Tendrá lugar en mi Notaría. Al seguirse el procedimiento contra la vivienda habitual del deudor, la realización del valor del bien, se llevará a cabo a través de una única subasta el día diecisiete de Enero de dos mil catorce, siendo el tipo el pactado en la escritura de constitución de hipoteca, esto es, CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS EUROS (195.600 €), rigiéndose por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 6/2012 de 9 de Marzo.

La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236 a) Y 236 b) del Reglamento Hipotecario, pueden consultarse en la Notaría de Lunes a Viernes, de 9 a 14 horas. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación aportada. Las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta, continuarán subsistentes. Los licitadores deberán consignar, previamente a la subasta, en la Notaría, una cantidad equivalente al treinta por ciento (30%) del tipo de la subasta, mediante cheque bancario a nombre del Notario. Podrán hacerse posturas por escrito, en pliego cerrado, acompañando el justificante del depósito previo, hasta el momento de la subasta. Sólo la adjudicación a favor del acreedor requirente o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

En Muro, a 26 de Noviembre de dos mil trece.

El Notario