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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO DEL DEPORTE HÍPICO DE MALLORCA

Núm. 21469
Notificación de expedientes de liquidaciones de tasas para el uso de cuadras y altillos del Institut de l’Esport Hípic de Mallorca.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con lo establecido en el artículo 112 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y dado que se ha intentado notificar dos veces a los interesados o a su representante y debido a la imposibilidad de practicar notificación personal por causas no imputables al INSTITUT DE L’ESPORT HÍPIC DE MALLORCA, mediante este anuncio comunico que están pendientes de notificar los actos administrativos de los siguientes deudores:

43.077.784-A

Carmona Vidal, Mª del Mar

liquidacions per l’ús de quadres i altells

572,85

38.046.570-Q

Ferrer Castro, Agustí

liquidacions per l’ús de quadres i altells

190,95

42.965.828-B

Morro Munar, Jaime

liquidacions per l’ús de quadres i altells

146,92

43.107.488-Z

Sebastià López, Poncio Javier

liquidacions per l’ús de quadres i altells

94,76

41.384.508-X

Vaquer Sureda, Antonio

liquidacions per l’ús de quadres i altells

190,96

Órgano competente: Departamento de Gestión del INSTITUT DE L’ESPORT HÍPIC DE MALLORCA.

Lugar de comparecencia: INSTITUT DE L’ESPORT HÍPIC DE MALLORCA, con domicilio carretera de Sóller, km. 3,5, teléfono 971.76.38.53, a efectos de ser notificado.

Plazo para comparecer: 15 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el BOIB. Transcurrido este plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá por efectuada a todos los efectos legales desde el día siguiente del día de vencimiento del plazo señalado.

La cuenta corriente donde ha de realizar el ingreso es la C/C abierta a nombre del INSTITUT DE L’ESPORT HÍPIC DE MALLORCA en la entidad bancaria Cajamar, número 3058-4531-60-2720000026.

El plazo de ingreso en periodo voluntario son los indicados en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003 General Tributaria. La falta de ingreso en periodo voluntario implicará los recargos señalados en el artículo 28 de la LGT.

De acuerdo con lo dispuesto en el articulo 14 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que ha dictado el acto, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. Todo  esto, sin perjuicio de que pueda ejercerse cualquier otro recurso que se estime oportuno.

 

Palma de Mallorca, 6 de noviembre de 2013.

El secretario del IEHM

(Por delegación del secretario general del Consell de Mallorca,

BOIB nº. 84 de 12 de junio de 2012)

Nicolau Conti Fuster