Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALAIOR

Núm. 22296
Expediente sancionador número 1549/2013, por infracción de la ordenanza municipal de limpieza

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Notificación mediante anuncio en el BOIB

Puesto que no ha sido posible notificar el acuerdo de iniciación del expediente sancionador y la apertura de los plazos de alegaciones y pruebas por presunta infracción a la Ordenanza Municipal de Limpieza procedemos a notificarlo de acuerdo con lo que determina el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común a las personas que se detallan en el anexo adjunto, haciendo constar:

“Primero. Iniciar expediente sancionador contra el denunciado, como presunto responsable de una falta de carácter leve por incumplimiento de lo establecido en el artículo 26.1, de la Ordenanza Municipal de Limpieza, publicada en el BOIB 26, ext. , de fecha 18 de febrero de 2012, según la cual se considera infracción leve «tirar o abandonar en la vía pública cualquier objeto, ya sea sólido, líquido o gaseoso. Los pequeños residuos, como papeles, colillas, envoltorios y similares deberán depositarse en las papeleras correspondientes" y se propone una sanción de 350 euros.

Segundo. Nombrar al concejal Juan Sintes Riudavets como instructor del expediente y a la trabajadora Ruth Cabrera Sánchez como secretaria, contra la que puede promover recusación en cualquier momento de la tramitación del expediente, de acuerdo con los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero. Notificar la presente resolución a los presuntos responsables e indicarles que pueden reconocer voluntariamente su responsabilidad, en cuyo caso se resolverá el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda. Indicar, también, que el pago voluntario por lo que se le imputa en cualquier momento anterior a la resolución puede implicar la terminación del procedimiento sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos que procedan.

El ingreso podrá efectuarse en las oficinas de Recaudación de este Ayuntamiento (calle de la Sala, 5) o en la oficina de la Caja de Ahorros y Pensiones de Barcelona "la Caixa" en el número de cuenta 2100 0060 15 0200187670 indicando la referencia del expediente que consta en el encabezamiento de esta Resolución (exp. .../...) y el nombre de la persona interesada.

Cuarto. Conceder un plazo de 15 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación de la presente Resolución para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes y, en su caso, proponer la prueba concretando los medios de qué pretende valerse. En caso de no efectuar alegaciones en dicho plazo, éste podrá ser considerado propuesta de resolución a los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Quinto. El órgano competente para resolver este expediente sancionador es la alcaldesa de la Corporación, de acuerdo con el artículo 21 de la Ley de Bases de Régimen Local 7/1985.

Sexto. El procedimiento sancionador se tramitará de acuerdo con el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Séptimo. Informar a las personas interesadas que tienen derecho a conocer, en cualquier momento, el estado de tramitación del expediente, a obtener copias de los documentos que éste contiene ya formular alegaciones y aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, de acuerdo con el artículo 35 de la Ley 30/1992 , de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Octavo. Notificarlo a la persona interesada, al instructor y a la secretaria.”

Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 42.4 y 42.5 en relación con el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anterior.

 

El expediente puede consultarse en el Departamento de Secretaría del Ayuntamiento de Alaior (calle Mayor, 11, Alaior, teléfono 971 37 10 02, ext. 120).

 

ANEXO

 

Número exp.

Inicials, Nombre y Apellidos

Sanción

Fecha de la infracción, P.A

1549/2013

J.L.S.J, 53939578R

350 €

31/07/2013, PA 205/2013

 

Alaior, 27 de noviembre de 2013

 

La alcaldesa

Misericordia Sugrañes Barenys