Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 21702
Juicio de faltas nº 1253/2012
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se NOTIFICA LA SENTENCIA recaida en autos a IOAN GHEORGHE JURCA y MARIA SALCUDEAN, los cuales se hallan en ignorado paradero y que es del tenor siguiente: SENTENCIA: 00569/2013.-JUZGADO INSTRUCCIÓN.- NUMERO DIEZ.-PALMA DE MALLORCA .-Procedimiento: JUICIO DE FALTAS 1253 /2012 .- S E N T E N C I A NUMERO 390/13.- En PALMA DE MALLORCA a dieciocho de Septiembre de dos mil trece..-D./Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 1253 /2012, seguida por una falta de HURTO contra IOAN GHEORGHE JURCA y MARIA SALCUDEAN; habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal .-
F A L L O.-
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a IOAN GHEORGHE JURCA y MARIA SALCUDEAN , como autores responsables de una falta de HURTO a la pena de UN MES MULTA, para cada uno de ellos; con una cuota diaria de 6 Euros y un dia de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas ; y al pago de las costas.-La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.-Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.-
Y para que conste y sirva de notificación en forma a IOAN GHEORGHE JURCA y MARIA SALCUDEAN , expido el presente edicto en Palma a 28 de Octubre de 2013
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL