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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 22272
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Ampliación de una bodega en la finca "Son Prim", Sencelles.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 1 de octubre de 2013

CONSIDERANDO

1.Que la ampliación que ahora se evalúa se realizará sobre una bodega ya construida y que fue objeto de acuerdo favorable condicionado por la Comisión Permanente de la CBMA, de 16 de febrero de 2006.

2.Que con la ampliación no se generarán nuevos tipos de impactos ambientales de los que ya fueron evaluados por el órgano ambiental con el proyecto de la bodega.

3.Que según la documentación presentada no se prevé que con la ampliación de la actividad se incrementen sustancialmente el volumen de aguas residuales ni de residuos.

4.Que los impactos que se generarán en la fase de obras se localizarán dentro de la misma parcela, donde no hay valores ambientales significativos.

5.Que a grandes rasgos con la nueva documentación se ha contestado lo que se solicitaba en el escrito de deficiencias enviado por la CMAIB de 17/10/2012 para poder evaluar este proyecto.

6.Que la ampliación evaluada por sus características en cuanto a ubicación, utilización de recursos naturales, generación de residuos, contaminación, afección y capacidad de carga sobre el medio y, también, por no afectar a espacios de relevancia ambiental, no contradicen sustancialmente los criterios que figuran en el artículo 44.1 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre los cuales deciden si este proyecto tiene que someterse o no a evaluación de impacto ambiental.

ACUERDA

la no sujeción del proyecto “Ampliación de una bodega en la finca de Son Prim”, T.M. Sencelles a evaluación de impacto ambiental, siempre y cuando se apliquen las medidas correctoras y las actuaciones del Plan de vigilancia ambiental que se incluye dentro de la documentación ambiental presentada, además de los condicionantes siguientes:

1.Se tiene que solicitar a la DG de Recursos Hídricos el uso para bodega, indicando el volumen de agua del pozo existente de abastecimiento que se destinará para esta actividad.

2.Los residuos vegetales que se generarán durante la fase de movimiento de tierras, se tienen que gestionar tal como prevé el PDSGRUM.

Este acuerdo se emite sin perjuicio que este proyecto finalmente necesite o se exonere de la Declaración de Interés General.

 

Palma, 4 de noviembre de 2013

 

El presidente de la CMAIB

José Carlos Caballero Rubiato