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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 22176
Actos administrativos del Departamento de Sanidad y Bienestar Social no notificados

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Habiendo intentado, por los medios legalmente establecidos, la notificación personal de diferentes actos administrativos dictados dentro de la convocatoria del programa de apoyo económico para personas con discapacidad para el año 2013, y dado que no hay constancia en el correspondiente expediente de la recepción por la persona interesada, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, por el presente anuncio se pone en conocimiento de la persona que se indica a continuación los actos administrativos que se refieren. Así mismo en virtud de lo previsto en el artículo 61 de la mencionada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se comunica que dispone de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio, para aportar la documentación requerida al Consejo Insular de Eivissa.

Expediente: 113/13 PD

Acto Administrativo: Requerimiento de la siguiente documentación:

  • Fotocopia compulsada del libro de familia.

  • Certificado de convivencia.

  • Facturas originales del gasto realizado, emitidas desde el 1 de octubre de 2012 hasta el 30 de septiembre de 2013, por los conceptos de adquisición de vehículo a motor y tratamiento de psicoterapia.

  • Documento TG-002, de cuenta bancaria, expedido necesariamente a nombre de la persona beneficiaria de la ayuda y sellado por la entidad bancaria.(...//...).

  • Fotocopia compulsada del certificado del grado de minusvalía, emitido por el equipo de evaluación y orientación correspondiente.

  • Fotocopia compulsada del permiso de conducir correspondiente.

  • Declaración jurada de que el vehículo se utilizará para uso personal y privado.

  • Dictamen emitido por el equipo de valoración y orientación correspondiente, acreditativo de que la persona beneficiaria supera el baremo de movilidad previsto en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.

Interesado: DNI nº 52.595.530-G

En el supuesto de no aportar la mencionada documentación en el plazo señalado, este Consejo Insular entenderá que desiste de su petición y se procederá a su archivo, de conformidad con lo que dispone el artículo 71.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

La Jefa de Sección de Bienestar Social                                                    

Lourdes Ferrer Ripoll                                                                                  

Eivissa, 29 de octubre de 2013.                                            

 

Eivissa, 27 de noviembre de 2013

La Secretaria Técnica del Área de Economía, Bienestar Social y Agricultura
Gema Marí Planells