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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSORCIO "SERRA DE TRAMUNTANA PATRIMONI MUNDIAL"

Núm. 22034
Aprobación definitiva de la modificación de les Bases Generales de Ejecución del Presupuesto del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial para el ejercicio 2013

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Texto

La Junta Rectora del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial, en sesión celebrada el 31 de octubre de 2013, aprobó inicialmente la modificación de les Bases Generales de Ejecución del Presupuesto del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial para el ejercicio 2013.

En el BOIB núm. 153 de día 7 de noviembre de 2013 se publicó el acuerdo de aprobación inicial.

Transcurrido el plazo de información pública sin que se haya presentado reclamación alguna, se entiende definitivamente aprobada la modificación de les Bases Generales de Ejecución del Presupuesto del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial para el ejercicio 2013. La nueva  redacción de les bases que se modifican es la siguiente:

-Base 9.1 (créditos extraordinarios y suplementos de crédito): “Si se da el caso de tener que realizar un gasto determinado y específico el cual no se pueda demorar hasta el ejercicio siguiente o no haya en el presupuesto la previsión de crédito o, si hay, sea insuficiente y no ampliable, la Gerencia ordenará la incoación de un expediente de concesión de crédito extraordinario, en el primer caso, o de suplemento de crédito en el segundo”.

-Base 10.3 (generaciones de crédito): “El expediente de generación de crédito se instruirá por acuerdo de la Gerencia del Consorcio Serra de Tramuntana y en él se acreditarán los siguientes extremos: ”.

-Base 11.3 (incorporaciones de remanentes): “La tramitación de los expedientes de incorporación se iniciaran por acuerdo de la Gerencia del Consorcio, y su contenido acreditará: ”

-Base 13.2 (transferencias de crédito): “La Gerencia ordenará la incoación de los expedientes de transferencia de créditos entre aplicaciones presupuestarias de gastos con diferente vinculación jurídica.”

-Base 23.2 (ordenación del pago, fase “P”): “La competencia para ordenar el pago corresponde a la Gerencia del Consorcio.”

Contra este acuerdo de aprobación definitiva que pone fin a la vía administrativa se puede interponer RECURSO CONTENCIOSO ADMIISTRATIVO ante la Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de DOS MESES, a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de las Islas Baleares

 

Palma, 26 de noviembre de 2013

El secretario del Consorcio Serra de Tramuntana Patrimoni Mundial

Jeroni Mas Rigo