Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 3 DE EIVISSA
Núm. 18223
Modi. medidas con relacion hijos ext.sup.co 407/2009.
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En el juicio referenciado se han ·dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente;
S E N T E N C I A.
En la Ciudad de Ibiza a cuatro de mayo del año dos mil once. '
Vistos por mí SERGIO GONZALEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia numero Tres de Ibiza, los presentes autos de proceso sobre .menores/recuperación de alimentos en el extranjero 407/2.009, seguidos a instancias de SHARON KEARNS, representada por el Abogado del Estado, contra SIMON JACKSON KEARNS, declarado en situación de rebeldía procesal, con intervención del Ministerio Fiscal, vengo a resolver sobre la base de los siguientes;
FALLO :
Se ESTIMA la demanda interpuesta por el Abogado del Estado en nombre de SHARON KEARNS contra SIMON JACKSON KEARNS y, en consecuencia, se “DECLARA. una pension de alimentos a favor de los dos hijos menores a cargo del padre de 500’86 euros mensuales y se CONDENA al demandado al pago de dicha cantidad a la parte actora, así como al pago de la cantidad de i 35.060’2O euros, mas los intereses legales, con expresa condena en las costas procesales a la parte demandada.
Notifíguese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación, a interponer con arreglo a lo dispuesto en los Artículos 455 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y que deberá de ser preparado ante esteTribunal en el plazo de cinco días contados a partir del siguiente a la notificación de la presente previa consignación del depósito preceptivo para recurrir de 50 euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.
Asi por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con el artículo 497.2 de la L.E.C., por el presente se notifica a don SIMØN JACKSON KEARNS a los fines y bajos los apercibimientos indicados en dicha resolucion.
En IBIZA/EIVISSA, a dieciseis de Junio de 2011.
LA SECRETARIA JUDICIAL