Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 22226
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2013 por el que se autoriza la implantación y la impartición de las enseñanzas oficiales del Máster Universitario en Investigación en Salud y Calidad de la Vida en la Universidad de las Illes Balears
La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, en el artículo 36.4 establece que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.
El artículo 87 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que en el ámbito de sus respectivas competencias el Gobierno del Estado, las Comunidades Autónomas y las universidades adoptarán las medidas necesarias para completar la plena integración del sistema universitario español en el espacio europeo de educación superior. El artículo 37 de la misma Ley define la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales en tres ciclos: grado, máster y doctorado.
De acuerdo con el artículo 8.2 de esta Ley, la implantación y supresión de las enseñanzas que conducen a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta de su Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social de la universidad. Por otra parte, el artículo 35.2 de la misma Ley establece que para impartir enseñanzas oficiales con validez en todo el territorio nacional las universidades deberán obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno del Estado.
El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, indica en el artículo 3 que las enseñanzas universitarias oficiales se concretarán en planes de estudios elaborados por las universidades, que tiene que verificar el Consejo de Universidades y autorizar la correspondiente Comunidad Autónoma para que se puedan implantar.
Por eso, la Universidad de las Illes Balears (UIB) sometió el plan de estudios del Máster Universitario en Investigación en Salud y Calidad de la Vida a la consideración del Consejo de Universidades, el cual, a través de la Comisión de Verificación de Planes de Estudios, reunida el 23 de julio de 2013, lo verificó positivamente.
Estos estudios se establecen como continuación natural de los grados de la UIB afines a las ciencias de la salud, especialmente enfermería y fisioterapia, pero también psicología, pedagogía, psicopedagogía o trabajo social. En este sentido, la necesidad y oportunidad del máster se acentúa más si se tiene en cuenta la extinción del Máster Universitario de Ciencias Sociales Aplicadas a la Atención Sanitaria.
El 30 de enero de 2013 el Consejo de Gobierno de la Universidad, reunido en sesión ordinaria, aprobó el Máster Universitario en Investigación en Salud y Calidad de la Vida.
El 6 de marzo de 2013 el Pleno del Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears acordó emitir un informe favorable sobre la propuesta de implantación de los estudios del Máster Universitario en Investigación en Salud y Calidad de la Vida.
El 3 de septiembre de 2013 se firmó el informe económico relativo a los gastos que genera la implantación y la impartición de estos estudios.
Al amparo de las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en virtud de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears, y de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007 y la Orden del consejero de Educación y Cultura de 16 de noviembre de 2005 por la que se establece el procedimiento para la autorización de estudios oficiales de posgrado en las Illes Balears, la Universidad de las Illes Balears presentó el 24 de septiembre de 2013 una solicitud de autorización, con n.º de registro 56077/2013, para implantar e impartir el Máster Universitario en Investigación en Salud y Calidad de la Vida.
Por todo eso, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, en la sesión de 29 de noviembre de 2013 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
“Primero. Autorizar la implantación y la impartición de las enseñanzas oficiales del Máster Universitario en Investigación en Salud y Calidad de la Vida en la Universidad de las Illes Balears.
Segundo. Comunicar este acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria.
Tercero. Notificar este acuerdo a la Universidad de las Illes Balears.
Cuarto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 29 de noviembre de 2013
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez