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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 22224
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2013 por el que se autoriza la implantación y la impartición en la Universidad de las Illes Balears del programa de doctorado en turismo

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Texto

La Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, establece en el artículo 36.4 que, en materia de enseñanza universitaria, la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de la autonomía universitaria, en la programación y la coordinación del sistema universitario, en la financiación propia de las universidades y en la regulación y la gestión del sistema propio de becas y ayudas.

 El artículo 87 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, establece que, en el ámbito de sus respectivas competencias, el Gobierno del Estado, las Comunidades Autónomas y las universidades adoptarán las medidas necesarias para completar la plena integración del sistema universitario español en el espacio europeo de educación superior. En el artículo 37 de la misma Ley se define la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, en tres ciclos: grado, máster y doctorado.

 De acuerdo con el artículo 8.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, la implantación y supresión de las enseñanzas que conducen a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional serán acordadas por la Comunidad Autónoma, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la universidad, bien por iniciativa de la universidad mediante propuesta de su Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social de la universidad. Por otra parte, el artículo 35.2 de la misma Ley establece que para impartir enseñanzas oficiales con validez en todo el territorio nacional las universidades deberán obtener la verificación del Consejo de Universidades de que el plan de estudios se ajusta a las directrices y condiciones establecidas por el Gobierno del Estado.

 El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, indica en el artículo 3 que las enseñanzas universitarias oficiales se concretarán en planes de estudios elaborados por las universidades, los cuales tiene que verificar el Consejo de Universidades y tiene que autorizar la correspondiente Comunidad Autónoma para que se puedan implantar.

 Por eso, la Universidad de las Illes Balears (UIB) sometió el plan de estudios del programa de doctorado en turismo a la consideración del Consejo de Universidades, el cual, a través de la Comisión de Verificación de Planes de Estudios, reunida el 23 de julio de 2013, lo verificó positivamente.

 El programa de doctorado en turismo es un doctorado conjunto, coordinado por la Universidad de Girona y con la Universidad de las Illes Balears como universidad participante.

 La impartición del programa de doctorado en turismo no supone ningún coste añadido ni genera necesidades de plantilla de personal docente e investigador en la Universidad de las Illes Balears.

 Así, el Consejo de Gobierno de la Universidad de las Illes Balears, en la sesión ordinaria de día 18 de diciembre de 2012, aprobó el programa de doctorado en turismo.

 El Consejo Social de la Universidad de las Illes Balears, en fecha 6 de marzo de 2013, emitió el informe previo favorable a la implantación del programa de doctorado en turismo.

 El 5 de septiembre de 2013 se firmó el informe económico relativo a los gastos que genera la implantación y la impartición de estos estudios.

 Al amparo de las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en virtud de la Ley 2/2003, de 20 de marzo, de organización institucional del sistema universitario de las Illes Balears, y de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007 y la Orden del consejero de Educación y Cultura de 16 de noviembre de 2005 por la que se establece el procedimiento para la autorización de estudios oficiales de posgrado en las Illes Balears, la Universidad de las Illes Balears presentó el 14 de octubre de 2013 una solicitud de autorización, con n.º de registro 63428/2013, para implantar e impartir el programa de doctorado en turismo.

 Por todo eso, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, en la sesión de 29 de noviembre de 2013 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

 

Primero. Autorizar la implantación y la impartición en la Universidad de las Illes Balears del programa de doctorado en turismo.

 Segundo. Comunicar este acuerdo a la Conferencia General de Política Universitaria.

 Tercero. Notificar este acuerdo a la Universidad de las Illes Balears.

 Cuarto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”

 

Palma, 29 de noviembre de 2013

 

El secretario del Consejo de Gobierno

 Antonio Gómez Pérez