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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 22177
Disciplina: DS-2009/335 Notificación propuesta de sanción

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a José Luis Rodríguez Molina, exp.núm. DS-2009/335 dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a José Luis Rodríguez Molina como promotor, de conformidad con las artes. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

PROPUESTA DE RESOLUCION: Que formula la Sra. Victoria Fernández Irigaray, instructora del expediente sancionador seguido contra el Sr. José Luis Rodríguez Molina, en calidad de promotor, de conformidad con lo dispuesto en los art.13, 14 y 15 del Decreto 14/1994 de 10 de febrero por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, así como arts. 35 a 39 y 72 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística de la C.A.I.B.

Visto que por Consejo de Gerencia de Urbanismo de 12.02.2013, se dispuso el inicio de expediente sancionador grave, al Sr. José Luis Rodríguez Molina, en calidad de promotor, por la realización de obras sin licencia en la c. Bujosa, 3 y c. Vivero, 35.

Vistos los artículos de general aplicación, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II y  III del decreto 14/1994 de 10 de febrero, la instructora que subscribe formula la siguiente propuesta de resolución:

1º- DESESTIMAR las alegaciones presentadas el 31.05.2013 por el Sr. José Luís Rodriguez Molina, contra el acuerdo del Consejo de la Gerencia de Urbanismo de 12.02.2013 por el cual se inicia procedimiento sancionador por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle Bujosa, 3 y calle Vivero, 35 consistentes en: “consta concedida licencia CN 2004/1985 sobre el proyecto básico pero no se localiza proyecto de ejecución” y “El proyecto presentado no ha sido ejecutado por lo tanto las obras realmente ejecutadas no tienen nada que ver con el proyecto. 2.- Las obras ejecutadas según se observa en las fotos aereas de 2003 y 2005 son: demolición de crujía de unas medidas aproximadas de 4,00 x 9,80 m x 6,20. La nueva estructura esta formada por paredes de carga forjado de vigas de hormigón armado y cubierta plana transitable” (inf UTIB 25.10.2010) “nueva construcción de 10 viviendas” (informe UTIB 21.09.2011, cedulas de habitabilidad, y otra documentación obrante en el expediente), “las obras denunciadas se realizaron entre el 19.05.2004 y 01.10.2005 (informe técnico 14.02.2011)”.

AL CONSIDERAR QUE:

El Sr. Rodríguez indica que la sanción ha prescrito y discute la valoración de las obras.

En relación a una posible prescripción de la infracción en les obres realizadas, cabe reiterar que los plazos de prescripción de las infracciones urbanísticas se recogen en el art. 73 de la LDU, que establece: “Las infracciones urbanísticas consistentes en actos de edificación sin licencia u orden de ejecución o sin ajustarse a las condiciones señaladas en ésta prescribirán a los ocho años desde su finalización total. Se entenderá totalmente acabada la obra cuando así se acredite fehacientemente, por cualquier medio de prueba, habiendo de correr, en todo caso, la carga de esta para quien la alega.”. Visto que el recurrente no ha probado ni acreditado dicha prescripción debemos desestimar las alegaciones de prescripción realizadas.

La valoración de las obras denunciadas se realiza por el arquitecto técnico municipal (informe de 20.12.2012), de acuerdo con los informes realizados por los celadores municipales de 04.09.2009, 20.09.2010, 25.10.2010 y 22.09.2011, y siguiendo la Instrucción 2/2011 de 26 de octubre de la Conselleria de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB nº 163 de 29.10.11). En consecuencia cabe considerar debidamente motivada la valoración realizada y desestimar las alegaciones realizadas.

2º.- PROPONER a D. José Luis Rodríguez Molina (DNI. 43.059.217-C), en calidad de promotor, una sanción de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS euros con OCHENTA Y TRES céntimos, 146.296,83 € (75% de la valoración efectuada, art 45.a de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB), por la realización de las obras sin la preceptiva licencia municipal, descritas anteriormente.

Le envío adjunta, propuesta de resolución para que de conformidad con el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, presente cuántas alegaciones, documentos u otros elementos que estimes oportunos en un plazo de quince días hábiles, contados a partir de la publicación del presente escrito, también puede consultar el expediente con la asistencia, en su caso, de los asesores que encuentre convenientes, y además, puede solicitar copia de los documentos que constan en el expediente en la forma legal o reglamentariamente establecida.

 Una vez finalizado el mencionado plazo, se declarará terminada la fase de instrucción, y se cursará todo lo realizado al órgano competente para resolver el procedimiento de forma inmediata, de conformidad con lo que establece el art. 15 del mencionado decreto.

Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal,  Av Amèrica, 11 (S’Arenal);  OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol,  Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí,  c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes.  Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).

 

Palma, 20 de noviembre de 2013

 

La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios

(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)

 Elvira Salvà Armengod