Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 22116
Notificación de Resolución por la cual se declara la cancelación de inscripciones de establecimientos de restauración, en el Registro Insular de Empresas, Actividades y Establecimientos Turísticos de Mallorca y General de las Illes Balears
Dado que no ha sido posible la notificación de las resoluciones y de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante este anuncio se notifica a las personas físicas o jurídicas interesadas, que se ha dictado resolución por la cual se declara la cancelación de las inscripciones de inicio de actividad turística y se ordena la suspensión de la actividad de los establecimientos de restauración, que se indican a continuación:
Nº. exp.: 462/2011/R
Nº. de registro cancelado: R/6144/BAL
Nombre comercial: TAJMAHAL INDIAN RESTAURANT
Dirección establecimiento: C. Na Llambies, 51, (esquina C. Tramuntana), Cala Bona, Son Servera
Clasificación: RESTAURANTE
Plazas: 55
Explotador: Atique Ur Rehman
CIF/NIF: X6698568W
Fecha de efecto: 7 de noviembre de 2013
No se han subsanado las deficiencias de inspección notificadas a los interesados en el plazo otorgado a tal efecto. (No se ha solicitado el cambio de titular ni de nombre comercial).
Nº. exp.: 662/2010/R
Nº. de registro cancelado: R/5984
Nombre comercial: CAS CANDIL
Dirección establecimiento: C. Fetget, 3, (esquina C. Son Corp, 23), Cala Millor, Son Servera
Clasificación: RESTAURANTE
Plazas: 124
Explotador: Miguel Servera Barceló
CIF/NIF: 18215515K
Fecha del informe de Inspección: 6 de noviembre de 2013
Se ha constatado por el Servicio de Inspección de la Conselleria de Turismo, la desaparición de la actividad de restauración, así como cualquier otra de carácter turístico. Actualmente hay una floristería.
Esta inscripción se comunicará al ayuntamiento correspondiente al domicilio del establecimiento, de acuerdo con el artículo 20.4 del Decreto 13/2011, de 25 de febrero.
Interposición de recursos
Contra esta resolución –que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Director General de Turismo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears. También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de esta notificación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
Palma, 26 de noviembre de 2013
La Jefa del Departamento de Ordenación y Planificación Turística
Margarita Sendín Rebassa
Conforme con la propuesta. Dicto resolución
El director general de Turismo
Órgano competente para dictar esta resolución, per resolución del conceller de Turismo y Deportes de 8 de julio de 2011, de delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería de Turismo y Deportes y de suplencia de los órganos directivos de la consejería (BOIB número 111 de 21 de julio)
Jaime Martínez Llabrés