Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 22084
Resolución del secretario autonómico de Educación, Cultura y Universidades de 25 de noviembre de 2013 por la cual se emplaza a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo, procedimiento abreviado núm. 225/2013, interpuesto por la Asociación de Inspectores de Educación de las Illes Balears
Hechos
La Asociación de Inspectores de las Illes Balears ha interpuesto un recurso contencioso administrativo, actuaciones núm. 225/2013 que se siguen por el procedimiento abreviado en el Juzgado Contencioso – Administrativo núm. 3 de Palma contra la Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades, de 9 de julio de 2013, publicada en el BOIB núm. 98, de 13 de julio, per la cual se regula el procedimiento para la ocupación de puestos de trabajo de Inspectores de Educación en comisión de servicios y contra la Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 12 de julio de 2013 por la que se convoca el concurso de méritos para la ocupación de puestos de trabajo de Inspectores de Educación, publicada en el BOIB núm. 99 de 16 de julio de 2013.
Los motivos fundamentales son la inaplicación del Decreto autonómico 36/2001, de 9 de marzo, sobre la Inspección Educativa en el ámbito de la enseñanza no universitaria, la designación directa y nominativa de los miembros de la Comisión de Selección y Valoración y la posibilidad de incorporar a la mencionada Comisión miembros procedentes de otras comunidades autónomas.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
2. El artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Por ello dicto la siguiente
Resolución
1. Citar a las personas interesadas en el recurso contencioso administrativo, actuaciones núm. 225/2013, que se siguen por el procedimiento abreviado en el Juzgado Contencioso – Administrativo, núm. 3 de Palma con la finalidad que sirva como emplazamiento a las personas interesadas para que puedan personarse como demandadas ante este Juzgado en el plazo de nueve días desde la fecha de publicación de esta resolución.
2. Comunicar a les personas interesadas que si se personan fuera del plazo establecido, se les considerara como parte sin que por ello se retrotraiga ni interrumpa el procedimiento y que, si no se personan, el procedimiento continuara y no será procedente realizar ninguna otra notificación.
Palma, 25 de noviembre de 2013
El secretario autonómico de Educación, Cultura i Universidades
Guillem Estarellas Valls