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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 21942
Notificación decreto 1367/2013, expediente 133/2006 - obras

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Intentada la notificación sin éxito a Promociones Carebar, SLU en varias ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 1367/2013 referente al expediente 133/2006

Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo común. (LRJAP-PAC).

Se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.

 

Son Servera, 26 de noviembre de 2013

 

El Alcalde,

Antoni Servera Servera

 

"Decreto núm. 1367/2013

Referencia: 000133/2006-OBRAS  01. Urbanismo

Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Illes Balears)

De acuerdo con la RB número 1209/2006 , de 13 de junio de 2006 se concedió licencia municipal de obras para ampliación y reforma del proyecto básico de un edificio de viviendas y aparcamientos en la parcela 82 de la urbanización Port Verd .

De acuerdo con la RB número 1210/2006 , de 13 de junio de 2006 se concedió licencia municipal de obras para ampliación y reforma del proyecto básico de un edificio de viviendas y aparcamientos en la parcela 81 de la urbanización Port Verd .

Visto que el día 29 de agosto de 2008 se presentaron los correspondientes proyectos de ejecución de las licencias indicadas en el apartado anterior .

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 11 de noviembre de 2008 se resolvió no admitir el proyecto de ejecución presentado por los motivos indicados en el propio acuerdo en cuanto a la presentación extemporánea de los proyectos .

En la Junta de Gobierno Local celebrada el día 28 de abril de 2009 se resolvió iniciar los expedientes de caducidad de los expedientes de obra mayor números 133 y 135/2006 .

Interpuesto el recurso contencioso administrativo en contra del acuerdo indicado en el párrafo anterior y agotada la vía jurisdiccional , el día 5 de junio de 2012 el TSJIB resolvió confirmar la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Palma en cuanto a la anulación de los acuerdos de caducidad de los expedientes de obras .

De acuerdo con la ley 10 /1990, de 23 de octubre , de disciplina urbanística  y visto el informe emitido por el tècnic de administración general, servicio de urbanismo, Guillem Balaguer Mayol, que en su parte bastante dice:

“De acuerdo con los razonamientos indicados en la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares de fecha 5 de junio de 2012 , se anularon los acuerdo adoptados en la Junta de Gobierno Local de 28 de abril de 2009 y se declararon vigentes las licencias otorgadas a PROMOCIONES CAREBAR , SLU el día 13 de diciembre de 2006 .

El técnico que suscribe entiende que la vigencia de las licencias urbanísticas otorgadas el día 13 de diciembre de 2006 y que la sentencia las haya declarado como tales , supone que el promotor debía presentar los nuevos proyectos de ejecución en un plazo de 6 meses máximo , a contar desde la notificación de la sentencia que declaraba la nulidad de los actos indicados , de acuerdo con el artículo 7.3 de la Ley 10 /1990, de 23 de octubre de 2013 .

Si bien , con el objeto de dar audiencia al interesado y de acuerdo con el mismo artículo indicado en el párrafo anterior , se deberá notificar a PROMOCIONES CAREBAR , SLU en sus domicilios conocidos y mediante correspondiente resolución de Alcaldía , que dispone del plazo máximo de 6 meses para presentar el correspondiente proyecto de ejecución de las obras licenciadas el día 13 de diciembre de 2006 , haciendo constar que si así no se hace , se procederá llevar a cabo las actuaciones que correspondan a estos efectos.”

RESUELVO:

Primero.- Conceder a PROMOCIONES CAREBAR, SLU un plazo màximo de 6 meses para presentar el correspondient proyecto de ejecución de las obras licenciadas el dia 13 de diciembre de 2006..

Segundo.- Notificar la presente resolución al interesado.

Son Servera, 24 de octubre de 2013

El Alcalde Presidente                                                          Doy fe:  El secretario accidental,

Antoni Servera Servera                                                       Guillem Balaguer Mayol"

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a. - Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.

b. - El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción y de la ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Son Servera, 26 de noviembre de 2013