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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANTA EULÀRIA DES RIU

Núm. 21800
Aprobación de las bases de la convocatoria de Becas de Estudios para el curso 2013/2014, aprobado por Junta de Gobierno Local celebrada el día 25 de octubre de 2013.

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Texto

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2013, entre otros acordó, por unanimidad de los miembros presentes, aprobar las bases de la convocatoria de becas de estudios para el curso 2013/2014 que se trascriben a continuación:

BASES DE LA CONVOCATORIA DE BECAS DE ESTUDIOS PARA EL CURSO 2013/2014

Primera.- Objeto de la convocatoria

1.1.- Esta convocatoria está destinada a estudiantes de estudios universitarios, de estudios técnicos superiores, de estudios de formación profesional, ciclos de grado medio y grado superior o de cualquier enseñanza reglada que se tenga que hacer fuera de las Pitiusas.

1.2.- En el caso de estudios de formación profesional, ciclos de grado medio y grado superior u otras enseñanzas regladas no superiores se tendrá que dar también la condición de que no exista centro docente adecuado en las Pitiusas o que, aunque exista, no se haya obtenido plaza.

Segunda.- Dotación económica

2.1.- Para las ayudas objeto de esta convocatoria se destinará la cantidad máxima de 35.000€, con cargo a la partida 322.480.04 del ejercicio presupuestario del año 2013.

2.2.- La concesión de becas será competencia de las regidorías de Juventud y Cultura.

2.3.- Se otorgará una beca a la excelencia académica universitaria de 500€ y el resto de becas serán de una cuantía máxima de 300€ cada una.

Tercera.- Beneficiarios

Se pueden acoger a esta convocatoria las personas que cumplan los siguientes requisitos:

3.1.- Estar empadronados en el municipio de Santa Eulària des Riu con una antigüedad mínima de 3 años.

3.2.- Estar matriculados como mínimo de 4 asignaturas o de 38 créditos para aquellos estudiantes que estén acabando sus estudios. En el caso de doble matrícula se tendrán que presentar las dos para poder obtener la beca.

Los estudiantes de grado (EEES) tendrán que estar matriculados a tiempo completo (60 créditos como mínimo).

3.3.- Los requisitos académicos que se deberán cumplir para tener derecho a la beca serán los siguientes:

 

CURSOS

RAMAS DE CONOCIMIENTO

PARA OBTENER LA BECA

PRIMERO

TODAS

Aprobado (5)

RESTO CURSOS

ENSEÑANAZAS TÉCNICAS

Haber aprobado como mínimo el 65% de los créditos matriculados en el curso anterior

CIENCIAS

Haber aprobado como mínimo el 65% de los créditos matriculados en el curso anterior

CIENCIAS DE LA SALUD

Haber aprobado como mínimo el 80% de los créditos matriculados en el curso anterior

CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS/ ARTES Y HUMANIDADES

Haber aprobado como mínimo el 90% de los créditos matriculados en el curso anterior

(Criterios de baremación en el Anexo II).

3.4.- Los solicitantes que se presenten como una unidad familiar independiente deberán acreditar medios económicos y de vivienda propios. (Declaración de la renta y documentación de una vivienda a su nombre o contrato de alquiler).

3.5.- Tendrán prioridad aquellos alumnos que cursen una primera titulación.

3.6.- No estar sometidos a ninguno de los supuestos de prohibición por ser beneficiarios de subvenciones establecidas en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por el decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

3.7.- No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

3.8.- Aquellas rentas familiares que superen los 60.000€ anuales no se admitirán a trámite.

Cuarta.- Plazo y lugar de presentación de las solicitudes

4.1.- El plazo para la presentación de solicitudes será de 30 días naturales a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de estas bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4.2.- Las solicitudes se presentarán en los registros generales de entrada del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu en las siguientes direcciones:

  • C/ Mariano Riquer Wallis, 4 de 8:30 a 14:30 h. de lunes a viernes.
  • Oficinas municipales de Puig d’en Valls, C/ Es Viver, 6 de 8:30 a 14:30 h. de lunes a viernes.
  • En las oficinas municipales de Jesús, C/ Faisán, 10 de 8:30 a 14:30 h. de lunes a viernes.

4.3.- Para información, orientación y recoger las bases pueden acudir al Centro de Información Juvenil del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu, C/ San Lorenzo, 16 (esquina C/ San Juan) Tel. 971 31 90 65, de lunes a viernes de 9:00 a 14:00hrs.

Quinta.- Solicitud y documentación necesaria

IMPORTANTE: Toda la documentación presentada deberá estar debidamente compulsada o, en todo caso, se podrá presentar fotocopia y original para compulsarla.

5.1.- Las solicitudes se formularán mediante modelo de instancia debidamente cumplimentado  que será facilitado por el Ayuntamiento (Modelo anexo I)

5.2.- Documentación que se debe adjuntar al solicitar la subvención:

  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante.
  • Fotocopia del libro de familia.
  • Fotocopia de la declaración de la renta del año 2012 de todas las personas que conviven en el mismo domicilio y que sean mayores de 16 años y en caso de no haber hecho la declaración de la renta, certificado expedido por la Agencia Tributaria de la no obligación de hacerla. En caso de divorcio o separación, presentar la documentación que así lo acredite (sentencia o resolución judicial).
  • Fotocopia de la certificación académica de las notas del curso 2012/2013 o del último curso realizado.
  • En caso de haber realizado la selectividad, fotocopia de la certificación de las notas de selectividad o equivalente.
  • Fotocopia de la certificación de matrícula del curso 2013/2014 de los estudios para los cuales se solicita la beca, con especificación de créditos o asignaturas. En el caso de los solicitantes que hagan 2 matrículas, una por cada cuatrimestre, podrán obtener la beca con carácter provisional y tendrán que presentar la segunda matrícula para obtener la beca definitivamente.
  • Fotocopia de la matrícula de los hermanos/hermanas que también estudien fuera de Ibiza.
  • Fotocopia de la primera página de la libreta bancaria o número de cuenta corriente.

Sexta.- Régimen de las ayudas

6.1.- La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia competitiva.

6.2.- Se establece como único medio de notificación de todos los actos de trámite del presente procedimiento de otorgamiento de las becas, el tablón de anuncios del Centro de Información Juvenil, el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el de las oficinas municipales de Jesús y Puig d’en Valls y la página web del Ayuntamiento (www.santaeulalia.net).  

Séptima.- Plazo para subsanar errores

Finalizado el plazo de presentación y, a partir de 15 días, se expondrá la lista provisional de concesión de becas en el tablón de anuncios del

Ayuntamiento, en el tablón de anuncios del Centro de Información Juvenil, y en los de las oficinas municipales de Jesús y Puig d’en Valls así como en la página web del Ayuntamiento. (www.santaeulalia.net).

Si la solicitud y/o la documentación presentada tiene algún defecto, falta alguna documentación o se quieren hacer alegaciones, la persona interesada dispondrá de un plazo de 10 días naturales para subsanarlo y se advierte que, en el caso de no hacerlo, se considerará desestimada su petición, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71.1 de la LRJ-PAC.

Finalizado este plazo se dictará resolución definitiva y se agotará la vía administrativa. La lista definitiva por orden alfabético se expondrá en los tablones de anuncios mencionados así como en la página web supliendo las notificaciones individuales.

Octava.- Funciones de la comisión evaluadora

Son funciones de la comisión evaluadora, que será paritaria, si es técnicamente viable:

  • Estudiar y evaluar las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración establecidos.
  • Emitir las propuestas de resolución.
  • Cualquier otra que exija la aplicación de estas bases.

Novena.- Criterios para la concesión de las becas

9.1.- Las becas se concederán de acuerdo con los criterios a calificar por la comisión evaluadora según el anexo II.

9.2.- La comisión estudiará todas las solicitudes presentadas y establecerá la puntuación para cada solicitud presentada y teniendo en cuenta los límites y mínimos establecidos en el anexo II.

9.3.- La comisión estará autorizada para resolver las dudas que se presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso previsto en estas bases.

9.4.- De la partida presupuestaria destinada a estas bases de estudios se reservará el número de 5 becas para aquellas solicitudes que, aunque no lleguen a la puntuación académica mínima necesaria para recibir la beca, se considere según informe del Departamento de Servicios

Sociales que es justificada la concesión de la ayuda. En caso de no concederse se incluiran en la convocatoria general.

Décima.- Resolución definitiva

La resolución definitiva será aprobada por la Junta de Gobierno Local, a propuesta de la comisión evaluadora en el plazo máximo de un mes, una vez acabados los correspondientes plazos de presentación de solicitudes y subsanación de errores. Esta resolución será publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de conformidad con el artículo 34 del Decreto legislativo 2/2005 del 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones.

Onceava.- Régimen de infracciones y sanciones

El incumplimiento de los requisitos establecidos en estas bases dará lugar a aplicar el régimen de infracciones y sanciones establecidas en el título V del Decreto legislativo 2/2005, del 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones, en todo aquello que sea de aplicación.

Doceava.- Publicación

Estas bases se publicarán en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y entrarán en vigor al día siguiente de haberse publicado.

Clausula informativa:

Ley Orgánica 15/1999: Se le informa de que sus datos se incorporarán en un fichero de datos personales del que es responsable el Ajuntament de Santa Eulària des Riu, cuya finalidad es la tramitación de los expedientes de subvención, ayudas y becas que concede el área de juventud y educación  del Ayuntamiento.

Santa Eulària des Riu, ….. de ........ de 2013

El alcalde

Vicente Marí Torres

 

 

ANEXO I - SOLICITUD  -  BECAS DE ESTUDIOS 2013-2014

A) DATOS PERSONALES

Nombre _______________________________________________________________

Apellidos ______________________________________________________________

Dirección ______________________________________________________________

Población y código postal _________________________________________________

Teléfono fijo: ___________________________________________________________

Teléfono móvil:   ________________________________________________________

Dirección electrónica: ____________________________________________________

Fecha de nacimiento _____________________________________________________

DNI/NIF de la persona solicitante __________________________________________

B) DATOS ACADÉMICOS

Estudios que cursarás el 2013-2014 _________________________________________

Curso  ________________________________________________________________

Rama o especialidad              _______________________________________________

Número de asignaturas o créditos en los que te matricularás  ______________________

Tienes algún título universitario o de grado superior? ____________________________

Especifica cuál __________________________________________________________

C) DATOS ECONÓMICOS

  • Se autoriza al Ajuntament de Santa Eulària des Riu a acceder a la información fiscal de los miembros computables de la unidad familiar.

D) NÚMERO DE CUENTA BANCARIA PARA HACER LA TRANSFERENCIA EN CASO DE CONCESIÓN

Entidad Bancaria

Oficina

Dígito Control

Núm. cuenta

_ _ _ _

_ _ _ _

_ _

_ _ _ _ _ _ _ _ _

E) OTRA DOCUMENTACIÓN QUE APORTAS CON LA SOLICITUD

- Otra documento acreditativo de la situación económica familiar:

            ¿Cuál? _________________________________________________________

 

Santa Eulària des Riu, ____ de ______________ de 2013

Clausula informativa:

Ley Orgánica 15/1999: Se le informa de que sus datos se incorporarán en un fichero de datos personales del que es responsable el Ajuntament de Santa Eulària des Riu, cuya finalidad es la tramitación de los expedientes de subvención, ayudas y becas que concede el área de juventud del Ajuntament.

 

ANEXO II.- CRITERIOS DE BAREMACIÓN

a. La situación económica familiar

1. Ingresos  hasta  12.000 euros                                        10 puntos

2. Ingresos entre 12.000 y 15.000 euros                             8 puntos

3. Ingresos entre 15.000 y 18.000 euros                             6 puntos

4. Ingresos entre 18.000 y 21.000 euros                             4 puntos

5. Ingresos entre 21.000 y  24.000 euros                            2 puntos

6. Ingresos superiores a 24.000 hasta 35.000 euros            1 punto

b. Número de hermanos menores de edad que componen la unidad familiar o mayores de edad con discapacidad física, psíquica o sensorial.

1. Hermanos con discapacidad                                    5 puntos

2. Más de 3 hermanos                                                 4 puntos

3. 3 hermanos                                                              3 puntos

4. 2 hermanos                                                               2 puntos

5. 1 hermano                                                                 1 punto

c. Número de estudiantes de la unidad familiar que realicen sus estudios fuera de Ibiza.

1. Tres o más estudiantes                                             10 puntos

2. Dos estudiantes                                                           6 puntos

3. Un estudiante                                                              3 puntos

d. Calificaciones del expediente académico (valoración para obtener la nota media del último curso realizado)

  1. Matrícula de honor                                        10 puntos
  2. Excelente (de 9 a 9.99)                                    9 puntos
  3. Notable (de 7 a 8.99)                                      8 puntos
  4. Bien (de 6 a 6.99)                                           6 puntos
  5. Aprobado (de 5 a 5.99)                                  5 puntos
  6. Suspenso (de 0 a 4.99)                                   0 puntos

Las asignaturas a las que el solicitante no se haya presentado se consideraran como una asignatura más y se baremaran, para la nota media, como una asignatura suspendida.

 

 

ANEXO III.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL CABEZA DE FAMILIA

Declaro:

Que vivo en (vía pública o nombre de la casa) ………………………………………. Número ………, localidad ……………………………………………, Código postal……….

Que conviven los siguientes miembros en el domicilio familiar:

NOMBRE Y APELLIDOS

FECHA NACIMIENTO

DNI/NIE

     
     

 

Declaración jurada que efectúo a efectos de la Convocatoria de  becas de estudios 2013/2014 del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

 

(Firmado el cabeza de familia)

 

Santa Eulària des Riu, ____ de ______________ de 2013

 

Santa Eulària des Riu, 21 de noviembre de 2013

La Alcaldesa acctal.

Ana María Costa Guasch