Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE EIVISSA
Núm. 21207
Procedimiento ordinario 1024/2009, sobre otras materias
En los autos de referencia se ha dictado SENTENCIA DE FECHA 17/11/11 cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguientes:
SENTENCIA Nº288/11
Procedimiento: ORDINARIO 1024/09
En Ibiza, a diecisiete de noviembre de 2011
MAGISTRADO-JUEZ: SRA. DÑA. CARMEN ROBLES ZAMORA
FALLO
Estimando como estimo íntegramente la demanda interpuesta por Dª María Tur Escandell frente a Dª Gertrudis Serra Roig, debo condenar y condeno a la demandada a que otorgue a favor de la escritura pública de compraventa del 50% del pleno dominio con carácter privativo de la finca situada en el municipio de Sant Joan de Labritja, conocida como “Can Rubio” inscrita en el Registro de la Propiedad nº 3 de Ibiza, con el número 6599, al Tomo 867 del Libro 93, Folio 32; asimismo debo condenar y condeno a la demandada a que abone las costas procesales causadas en este procedimiento.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el BANESTO en la cuenta de este expediente, indicando en el campo “concepto”, la indicación “Recurso” seguida del código “02 Civil-Apelación”.
En el caso de que deba realizar otros pagos en le misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y, para que sirva de notificación a la demandada, GERTRUDIS SERRA ROIG en paradero desconocido se expide la presente en IBIZA/EIVISSA a diecisiete de Diciembre de dos mil doce.
EL SECRETARIO