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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 21523
Corrección de errores de la Resolución del secretario general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 30 de octubre de 2013 por la cual se aprueba la convocatoria para cubrir con carácter eventual una plaza del grupo auxiliar administrativo de la Función Administrativa en los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Balears

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución del secretario general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 30 de octubre de 2013  —publicada en el BOIB núm. 154, de 9 de noviembre de 2013— se aprueba la convocatoria para cubrir con carácter eventual una plaza del grupo auxiliar administrativo de la Función Administrativa en los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Balears.

2. Se han advertido errores en el apartado 5.2 en relación a la documentación que han de aportar los candidatos y concretamente en la tasa que han de abonar.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, establece que “las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones adminis­trativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1.Rectificar los errores observados en la Resolución del secretario general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 30 de octubre de 2013 por la cual se aprueba la convocatoria para cubrir con carácter eventual una plaza del grupo auxiliar administrativo de la Función Administrativa en los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Balears (BOIB núm. 154, de 9 de noviembre de 2013).

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. Las personas candidatas disponen de un nuevo plazo de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta corrección de errores en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 14 de noviembre de 2013

 

El secretario general

Per delegació de signatura del conseller de salut (BOIB 47/2008 i BOIB 60/2008)

Bartomeu Alcover Bisbal

 

 

ANEXO

Corrección de errores

En el apartado 5.2 de la versión castellana:

Donde dice:

Las personas aspirantes han de abonar 6.35 € en concepto de tasa por cada inscripción en la prueba selectiva correspondiente de cada categoría a la que se presente para acceder a personal estatutario temporal al servicio de la sanidad autonómica (reducción al 50% de la tasa de 13.71 €, por tratarse de una selección de personal estatutario temporal). Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33% están exentas de pagar la tasa.

Debe decir:

Las personas aspirantes han de abonar 6,86 € en concepto de tasa por cada inscripción en la prueba selectiva correspondiente de cada categoría a la que se presente para acceder a personal estatutario temporal al servicio de la sanidad autonómica (reducción al 50% de la tasa de 13.71 €, por tratarse de una selección de personal estatutario temporal). Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33% están exentas de pagar la tasa.

En el apartado 5.2 de la versión catalana:

Donde dice:

Las personas aspirantes han de abonar 13.39 € en concepto de tasa por cada inscripción en la prueba selectiva correspondiente de cada categoría a la que se presente para acceder a personal estatutario temporal al servicio de la sanidad autonómica (reducción al 50% de la tasa de 26,76 €, por tratarse de una selección de personal estatutario temporal). Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33% están exentas de pagar la tasa.

Debe decir:

Las personas aspirantes han de abonar 6,86 € en concepto de tasa por cada inscripción en la prueba selectiva correspondiente de cada categoría a la que se presente para acceder a personal estatutario temporal al servicio de la sanidad autonómica (reducción al 50% de la tasa de 13.71 €, por tratarse de una selección de personal estatutario temporal). Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33% están exentas de pagar la tasa.