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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO

Núm. 21395
Resolución de la Directora General de Medio Rural y Marino de 11 de noviembre de 2013 por la que se regula la pesca con artes de tiro tradicionales en aguas de las Illes Balears durante la temporada 2013-2014

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Texto

El Decreto 46/2013, de 4 de octubre, por el que se establece el Plan de Gestión Pluriinsular para la pesca con artes de tirada tradicionales en aguas de las Illes Balears, señala, en los artículos 4, 5, 6 y 11 que la Dirección General competente en materia pesquera fijará, mediante una resolución anual, las épocas autorizadas para pescar con artes de tirada tradicionales, las cuotas máximas de captura, los muelles pesqueros autorizados para desembarcarla, el censo anual de las embarcaciones autorizadas y otros aspectos relacionados con el seguimiento de los caladeros.

Una vez oídas las cofradías de pescadores interesadas, la Federación Balear de Cofradías de Pescadores y los Consejos Insulares de Ibiza y de Formentera, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Épocas autorizadas

1. Las épocas autorizadas para pescar con artes de tiro tradicionales en la temporada 2013-2014 son las siguientes:

- “Jonquillera”: desde el 16 de diciembre de 2013 al 30 de abril de 2014.

- “Artet” para caramel (Spicara smaris) o “gerretera”: desde la publicación de esta resolución hasta el 15 de abril de 2014.

2. Las embarcaciones que a día 1 de febrero de 2014 no hayan iniciado la pesca del chanquete ya no la podrán practicar.

Segundo

Cuota máxima de captura 

1. Para la pesca con jonquillera:

-La cuota máxima de capturas será de 30 Kg de chanquete (Aphia minuta) o 50 Kg de “cabotí” (Pseudaphya ferreri) por embarcación y día. El lanzón (Gymammodytes cicerellus) quedará libre de cuota y el resto de especies asociadas no podrán superar el 10% del total de la captura. Teniendo en cuenta la gran cantidad de agua que retiene el chanquete se admite una tolerancia del 5% en el peso en el momento del desembarco.

-En aquellos casos en los que las capturas sean una mezcla de chanquete y de “cabotí” se considerará lo siguiente: si la captura es de un 40% o más de chanquete, la cuota a aplicar será la del chanquete; en cambio, si la captura es de menos de un 40% de chanquete y el resto es “cabotí” la cuota será la del “cabotí”.

2. Para la pesca con “artet” para carmel o “gerretera”:

- La cuota máxima de capturas será de 800 Kg semanales por embarcación.

Tercero

Muelles autorizados para desembarcar las captures de chanquete.

Los desembarcos vinculados a la pesca del chanquete solo se podran efectuar en los muelles pesqueros del Puerto de Andratx, Palma, Es Portitxol, Pollença, Cala Rajada, Alcúdia, Can Picafort, Colònia de Sant Pere, Colònia de Sant Jordi, Cala Figuera y Sóller, donde se deberán pesar inmediatamente después del desembarco.

 

Cuarto

Embarcaciones autorizadas

Las embarcaciones autorizadas para pescar con artes de tiro tradicionales durante la temporada 2013-2014 son las que aparecen en el Anexo de esta Resolución.

Quinto

Los mínimos mensuales de captura por embarcación y día a efectos de aplicar las medidas de gestión previstas en el Plan de Gestión son los siguientes:

 

Chanquete y “cabotí”

(Kg/barca día)

Caramel

(Kg/barca día)

noviembre

 

18,7

diciembre

15,59

47,9

enero

23,20

64,4

febrero

25,46

65,2

marzo

21,10

50,9

 

 Estos valores se calcularán por día efectivo de salida a partir de los formularios de pesca, la recolección de los cuales la realizará la Federación Balear de Cofradías de Pescadores.

Sexto

La Comisión de Seguimiento del Plan de Gestión estará formada por los siguientes miembros:

Dos representantes de la Federación Balear de Cofradías de Pescadores.

Dos representantes de la Dirección General de Medio Rural y Marino.

Un representante del Consejo Insular de Ibiza

Un representante del Consejo Insular de Formentera

Séptimo

Publicación

Esta Resolución se publicará en el Butlletí Oficial de les Illes Balears

 

 Palma, 11 de noviembre de 2013

La Directora General de Medio Rural y Marino
Margaret Mercadal Camps

 

ANEXO

Censo de embarcaciones autorizadas para la pesca con artes de tirada

EMBARCACIÓN

MATRICULA

FOLIO

2013-2014

VIRGINIA

3ª-PM-2

424

ALCÚDIA

BRIBONA SEGUNDO

3ª-PM-1

3-95

ALCÚDIA

BIEL PRIMERO 

3ª-PM-2

3-05

ALCÚDIA

PETIT FUAT

3ª-PM-2

2-05

ALCÚDIA

TINA

3ª-PM-1

1751

ALCÚDIA

HERMANOS SERRA

3ª-PM-1

1594

ALCÚDIA

LACHA

3ª-PM-2

2-98

ALCÚDIA

NOU PATRASH

3ª-PM-2

4-05

ALCÚDIA

KIJUANA TERCERO

3ª-PM-2

437

ALCÚDIA

AGUILEÑO

3ª-PM-4

336

ALCÚDIA

NOU VISTA ALEGRE

3ª-PM-2

1-98

ALCÚDIA

TIZONA

3ª-PM-2

1-93

ALCÚDIA

GERMANS TORRES

3ª-PM-1

3-05

ANDRATX

MORON II

3ª-PM-1

1871

ANDRATX

REME TONI III

3ª-PM-1

1836

ANDRATX

NA LLOBRIGA

3ª-PM-1

4-08

CALA RAJADA

JUAN MANUEL

3ª-PM-1

1838

COLÒNIA DE SANT JORDI

SRA DE LOS ÁNGELES

3ª-PM-1

1877

COLÒNIA DE SANT JORDI

XORIGUER UNO

3ª-PM-1

1661

COLÒNIA DE SANT JORDI

CAP NONO

3ª-IB-1

997

EIVISSA

DESEO

3ª-MH-2

160

EIVISSA

JOVEN ANTONIO

3ª-IB-1

1068

EIVISSA

CINCO HERMANOS

3ª-PM-4

175

FORMENTERA

HERMANOS VERA

3ª-PM-1

2013

PALMA

BERNARDINO

3ª-PM-1

1810

PALMA

ELS GORRETES

3ª-PM-1

1975

PALMA

ES VERGES

3ª-PM-1

1841

PALMA

TERESA SEGUNDO

3ª-PM-1

1-03

PALMA

N’ALBA

3ª-PM-2

2-07

POLLENÇA

JAIRO

3ª-PM-1

4-91

POLLENÇA

ES RACONET

3ª-PM-1

1-07

POLLENÇA

DANAGUS

3ª-PM-1

1-06

POLLENÇA

NA ROSSA

3ª-PM-1

1-01

POLLENÇA

NOU RATXA

3ª-PM-1

3-03

POLLENÇA

ES FORNE

3ª-PM-2

390

POLLENÇA

L’AVANÇADA

3ª-PM-2

1-02

POLLENÇA

ORION III

3ª-PM-2

404

POLLENÇA

EL CORDOBÉS

3ª-IB-2

6

SANT ANTONI DE PORTMANY

MURENETA

3ª-IB-2

1

SANT ANTONI DE PORTMANY

JAUME CUARTO

3ª-PM-1

2-08

SANTANYÍ

PASSADOR

3ª-PM-2

5-05

SÓLLER

SA PEDRUSCADA

3ª-PM-1

1899

SÓLLER