Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 21254
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Propuesta de modificación del acuerdo del Pleno de la CMAIB de 28 de febrero de 2012 en relación al Proyecto de restauración de la cantera Riera-Roig, Santa Eulària des Riu.
En relación con el asunto de referencia, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 26 de julio de 2013
CONSIDERANDO
1.Que en fecha 6 de junio de 2013 (R.E. núm. 20298) tiene entrada escrito de “Reciclajes y derribos Santa Bárbara”, por el cual solicita la revisión del acuerdo de la CMAIB de fecha 28 de febrero de 2013, publicado en el BOIB de 28.2.2013, y en concreto la supresión de los siguientes puntos:
-El considerando núm. 9 “Que en Eivissa no existen plantas de selección autorizadas”.
-El condicionante núm. 2 “Cuando haya plantas de selección en la isla, se tendrá que justificar anualmente ante la DG de Industria y ante la DGMNEACC que el material de construcción procede de una planta autorizada”.
2.Que se ha comprobado como “Reciclajes y Derribos Santa Bárbara” dispone de acuerdo favorable del Pleno de la CMAIB de 31.7.2008 así como de autorización como gestor autorizado de RCDs otorgada por la Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental de fecha 29.9.2010.
3.Que ya se encuentra establecida normativamente la obligación de recogida y segregación de los residuos de construcción y demolición, por parte de un gestor autorizado, tal como consta en la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, de 28 de febrero de 2000, de medidas transitorias para la autorización de instalaciones de valorización y eliminación de residuos de construcción y demolición (art.5), la cual es de aplicación en la isla de Eivissa.
4. Que ya se encuentra incluido como condicionante en el acuerdo del Pleno de 28.2.2013, que se tendrá que justificar ante la DG de Industria y la DGMNEACC que el material inerte de construcción y escombros (RCD) utilizado procede de una planta autorizada.
ACUERDA
informar favorablemente las modificaciones siguientes del acuerdo del Pleno de la CMAIB de 28.2.2013:
1.La supresión del considerando núm. 9:
“Que en Eivissa no existen plantas de triaje autorizadas”.
2.La modificación del condicionante núm. 2 del acuerdo, que se propone redactar de la siguiente manera:
“Se tendrá que justificar anualmente ante la Dirección General de Industria y Energía y ante la Dirección General de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático que el material inerte de construcción y escombros (RCD) procede de una planta autorizada”.
Palma, 27 de septiembre de 2013
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato