Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 21221
Notificación de resolución de expediente sancionador en materia de Pesca nº PE 0017/12
De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando las personas interesadas en un procedimiento sean desconocidas, se ignore el lugar de notificación o el medio, o no se haya podido efectuar la notificación, se tiene que hacer mediante la publicación en el boletín oficial correspondiente.
Por ello, se notifica a la persona que se indica al final de este edicto, como presunta responsable de la infracción, que se consideran cometidos los hechos denunciados, que constan en el expediente administrativo y es responsable la persona que se indica al final de este Edicto. Estos hechos constituyen una infracción de los artículos que se determinan en cada caso correspondiendo las sanciones que también se indican en el anexo.
Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Número de expediente PE 0017/12
Persona responsable (datos personales ocultos)
Normativa infringida EL ARTÍCULO 92.1 DE LA LEY 3/2001, DE 26 DE MARZO, DE PESCA MARÍTIMA DEL ESTADO, QUE ESTABLECE QUE LAS INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS LEVES PREVISTAS EN ESTA LEY PRESCRIBIRÁN A LOS SEIS MESES.
Sanción: DADO QUE HA TRANSCURRIDO EL PLAZO MENCIONADO, EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 132 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, DE RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN, LA INFRACCIÓN HA PRESCRITO.
Palma, 13 de noviembre de 2013
La directora general de Medio Rural y Marino
Margarita Mercadal Camps