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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ILLES BALEARS

Núm. 20973
Acuerdo del Área de Fomento. Publicación de los fletes promedio de la compensación al transporte de mercancías en Illes Balears en la convocatoria 2013.

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Texto

La Ley 30/1998, de 29 de julio, del Régimen Especial de las Illes Balears, pretende hacer realidad el mandato constitucional relativo a la especificidad del hecho insular estableciendo medidas que ayuden a corregir un conjunto de desventajas que afectan, entre otros ámbitos, al transporte, las comunicaciones y las condiciones del abastecimiento de materias primas.

En consecuencia, el Real Decreto 1034/1999, de 18 de junio, determina reglamentariamente el sistema de concesión de las compensaciones que permita abaratar el coste efectivo del transporte marítimo y aéreo de mercancías interinsular y entre las Illes Balears y la península, en las diversas modalidades, la cantidad, los sectores preferentes y también los beneficiarios.

Este sistema establece que se ha de garantizar la incidencia directa sobre el coste del transporte y el artículo 9.2 del citado Real Decreto atribuye a la Delegación del Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la determinación de los promedios de los fletes más representativos para cada uno de los sectores de atención preferente y trayectos a que se refieren los artículos 2 y 3 de la mencionada norma.

En este sentido, mediante Resolución de 25 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, del Ministerio de Fomento, se acuerda iniciar el procedimiento para el otorgamiento de compensaciones a los transportes marítimos y aéreos de mercancías con origen o destino en Illes Balears realizados en el año 2012 y se aprueba el modelo de presentación de solicitudes.

En consonancia con lo que se ha expuesto anteriormente, teniendo en cuenta el modelo de presentación de solicitudes, la tipología de los envíos que figuran  y la información dada por las compañías de transporte,  los fletes promedio considerados en la convocatoria 2013 de la compensación al transporte de mercancías en las Illes Balears se relacionan en los Anexos de este acuerdo.

Ello, en base al artículo 60. Publicación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, (BOE nº 285 de 27 de noviembre de 1992), sin perjuicio de la posibilidad de los interesados de recurrir la resolución, especificada de forma individual, que ponga fin al mencionado procedimiento.

 

Palma de Mallorca, a 5 de noviembre de 2013

El Director del Área de Fomento

Rafael Rus Cortés

 

 

 

 

ANEXO I: fletes término medio - Avión

Trayecto tipo: Illes Balears - Madrid

Descripción:

Para el cálculo del flete aéreo correspondiente al transporte de una mercancía se aplicará la fórmula: = (núm. envíos x 6 €) + ( núm. kg x  1,3 €/kg)

 

ANNEX II: Fletes término medio - Barco

Trayecto tipo: Illes Balears-Barcelona

Coeficiente  100

Unidad de transporte, 1.000 kg.

Sap

Descripción

Origen  (€)

Destino  (€)

A

Industria de la madera

120

70

B

Peletería natural i artificial

300

270

C

Calzado

345

310

D

Cuero, marroquinería

300

270

E

Confección piezas de vestir

500

350

F

Joyería y bisutería

310

190

G

Productos artesanales

(1)

160

H

Productos industriales:

 

 

H1

Artes gráficas

110

90 

H2

Productos del vidrio

90

50 

H3

Fabricación productos de construcción

90

35 

H4

Acabado de la piedra

90

40 

H5

Fabricación productos metálicos

90

35 

H6

Construcción naval

120

180 

H7

Artículos papel y cartón

90

50

H8

Industria química

90

50

H9

Varios n.c.o.p.

120

90

I

Artículos nutrición humana

90

90

Sap: sector atención preferente

(1) Sap g, productos artesanales, origen,  se aplicará  según el  sector de atención preferente al que correspondan.

(2) A la industria auxiliar de sectores de atención preferente se aplicará en destino el flete correspondiente a su  sector i en origen el correspondiente  a h9, varios.

n.c.o.p.: no contemplados en otra parte del sector atención preferente h).

La clasificación por coeficientes se realiza de la manera siguiente:

  1. Península / Mallorca / Península  le corresponde el 100
  2. Península / Eivissa / Península li corresponde el 105
  3. Península / Menorca / Península  li corresponde el 110
  4. Península / Formentera / Península  li corresponde el 172