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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

Núm. 20893
Resolución del director general de Industria y Energía de 16 de octubre de 2013 por la que se publica el modelo oficial de certificado de mantenimiento de instalaciones térmicas en los edificios de la comunidad autónoma de las Illes Balears

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Texto

 

Antecedentes

 

1. El Real Decreto 1027/2007, de 10 de julio, aprobó el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios, que tiene por objeto establecer las exigencias de eficiencia energética y seguridad que deben cumplir las instalaciones térmicas en los edificios destinadas a atender la demanda de bienestar e higiene de las personas, durante su diseño y dimensionado, ejecución, mantenimiento y uso, así como determinar los procedimientos que permitan acreditar  su cumplimiento.

 

2. El artículo 28 del Real Decreto 1027/2007 establece el contenido mínimo que debe tener el certificado de mantenimiento. La IT 3 contiene las exigencias que deben cumplir las instalaciones térmicas para asegurar que su funcionamiento, a lo largo de su vida útil, se realice con la máxima eficiencia energética, garantizando la seguridad, la durabilidad y la protección del medio ambiente, así como las exigencias establecidas en el proyecto o memoria técnica de la instalación final realizada.

 

3. El artículo 30.34 de la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de Reforma del Estatuto de Autonomía de las llles Balears establece que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva en materia de industria, sin perjuicio de lo que determinen las normas del Estado por razones de seguridad, sanitarias o de interés militar y las normas relacionadas  con las industrias sujetas a la legislación de minas, hidrocarburos o energía nuclear.

 

4. El Decreto 57/2010, de 16 de abril, por el  que se desarrollan  y complementan diversas disposiciones reglamentarias establecidas en el Real Decreto 1027/2007 dentro del ámbito de esta comunidad autónoma, establece en el artículo 4.9 que los certificados de mantenimiento deben ser conservados por la empresa mantenedora y a disposición de la Dirección General de Industria por un período mínimo de cinco años a contar desde la fecha de emisión del certificado.

 

5. Este Decreto 57/2010, de 16 de abril, establece en el apartado segundo de la disposición final primera que se faculta al director general de Industria (actualmente director general de Industria y Energía) para que dicte resoluciones e instrucciones a los efectos de acreditar el cumplimiento de las instrucciones técnicas complementarias.

 

6. Por otra parte, el apartado tercero de la disposición final primera del Decreto 57/2010 establece que la documentación normalizada a que hacen referencia el Decreto 57/2010 y el RITE (Real Decreto 1027/2007) ha de ser aprobada, mediante  resolución, por el director general de Industria y Energía, y se ha de publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Fundamentos de derecho

 

1. El artículo 28 del Real Decreto 1027/2007, de 10 de julio, que regula el certificado de mantenimiento  de instalaciones térmicas en los edificios.

 

2. El apartado noveno del artículo 4 y los apartados segundo y tercero de la disposición final primera del Decreto 57/2010, de 16 de abril, por el que se desarrollan y complementan diversas disposiciones reglamentarias establecidas en el Real Decreto 1027/2007.

 

3. El Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Por todo ello, dicto la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

1. Aprobar el modelo oficial normalizado de certificado de mantenimiento de instalaciones térmicas en los edificios dentro del ámbito de esta comunidad autónoma que figura como anexo, y  publicarlo en la página web de la Dirección General de Industria y Energía.

 

2. Ordenar la utilización del modelo oficial de certificado de mantenimiento de instalaciones térmicas en los edificios a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Interposición de recursos

 

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Economía y Competitividad en el plazo  de un mes a  contar  desde el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

Palma, 16 de octubre de 2013

 

El director general de Industria y Energía

Jaime Ochogavía Colom

 

ANEXO:

 

CERTIFICADO DE MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES

TÉRMICAS EN LOS EDIFICIOS

Art. 28 del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (Real Decreto 1027/2007)

1

 

Núm. certificado:

 

 

TITULAR / PROMOTOR

Nombre/Razón

NIF/CIF:

Dirección

CP:

Localidad

Población

E-mail:

Tel.:

Fax:

 

DATOS Y REGISTRO DE LA INSTALACIÓN

Núm. de expediente de Industria (campo obligatorio) (*):

Emplazamiento:

Dirección

CP:

Localidad

Población

 

DIRECTOR DE OBRA

(cuando  su  participación sea preceptiva)

Nombre:

Colegiado

Colegio profesional:

 

EMPRESA MANTENEDORA HABILITADA

Nombre:

Núm. RI:

 

TÉCNICO MANTENEDOR

Nombre:

NIF:

 

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA INSTALACIÓN

Pot. térmica total en frio:                                                       kW

Pot. térmica total en calor:                                kW

Núm. de generadores (frio):

Núm. de generadores (calor):

Tipos de generadores (frio):

Tipos de generadores (calor):

Superficie de captadores solares térmicos:                                                                                                                                                                m²

Resumen  de los consumos anuales registrados: de combustible, agua para llenar, energía eléctrica, ACS, contadores de ACS y energía térmica:

 

 

OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DEL PROGRAMA PREVENTIVO

 IT 3  del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (Real Decreto 1027/2007)

 

Resultado

Fecha

1 Limpieza  de los evaporadores

 

 

2 Limpieza  de los condensadores

 

 

3 Drenaje, limpieza y tratamiento del circuito de torres de refrigeración

 

 

4 Comprobación de estanqueidad  y niveles de refrigerante y aceite en equipos frigoríficos

 

 

5 Comprobación y limpieza, si procede, del circuito de humos de las calderas

 

 

6 Comprobación y limpieza, si procede, de los conductores de humos y chimenea

 

 

7 Limpieza  del quemador de la caldera

 

 

8 Revisión del vaso de expansión

 

 

9 Revisión  de los sistemas de tratamiento de agua

 

 

10 Comprobación  del material refractario

 

 

11 Comprobación  de estanqueidad  del cierre entre el quemador y la caldera

 

 

12 Revisión general de calderas de gas

 

 

13 Revisión general de calderas de gasóleo

 

 

14 Comprobación  de los niveles de agua en circuitos

 

 

15 Comprobación  de estanqueidad de circuitos de tuberías

 

 

16 Comprobación de estanqueidad de válvulas de interceptación

 

 

17 Comprobación  de tarado de elementos de seguridad

 

 

18 Revisión y limpieza  de filtros de agua

 

 

19 Revisión y limpieza  de filtros de aire

 

 

20 Revisión de baterías de intercambio térmico

 

 

21 Revisión de aparatos  de humectación y enfriamiento evaporativo

 

 

22 Revisión y limpieza  de aparatos  de recuperación de calor

 

 

23 Revisión de unidades  terminales agua-aire

 

 

24 Revisión de unidades  terminales de distribución de aire

 

 

25 Revisión y limpieza  de unidades  de impulsión y retorno de aire

 

 

26 Revisión de equipos autónomos

 

 

27 Revisión de bombas  y  ventiladores

 

 

28 Revisión del sistema de preparación de agua caliente sanitaria

 

 

29 Revisión del estado de aislamiento  térmico

 

 

30 Revisión del sistema de control automático

 

 

31 Instalación de energía solar térmica

 

 

32 Comprobación del estado de almacenamiento de de biocombustible sólido

 

 

33 Apertura y cierre del contenedor plegable en instalaciones de biocombustible sólido

 

 

34 Limpieza y retirada de ceniza en instalaciones de biocombustible sólido

 

 

35 Control visual de la caldera de biomasa

 

 

36 Comprobación y limpieza, si procede, del circuito de humos de calderas y conductores de humos y chimeneas en calderas de biomasa

 

 

37 Revisión  de los elementos de seguridad en instalaciones de biomasa

 

 

38 Revisión  de la red de conductos según el criterio de la norma UNE 100012

 

 

39 Revisión de la calidad  ambiental según los criterios de la norma UNE 171330

 

 

OPERCIONES DE MANTENIMIENTO DEL PROGRAMA DE GESTIÓN ENERGÉTICA

GENERADORES DE CALOR

Resultado

Fecha

1 Temperatura o presión del fluido portador en entrada y salida del generador de calor

 

 

2 Temperatura ambiente del local o sala de máquinas

 

 

3 Temperatura de los gases de combustión

 

 

4 Contenido  CO y CO2 en los productos de combustión

 

 

5 Índice de opacidad de los humos en combustibles sólidos o líquidos  y del contenido de partículas sólidas en combustibles sólidos

 

 

6 Tiro en la caja de humos de la caldera

 

 

GENERADORES DE FRÍO

Resultado

Fecha

1 Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del evaporador

 

 

2 Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del condensador

 

 

3 Pérdida de presión en el evaporador en plantas enfriadas por agua

 

 

4 Pérdida de presión en el condensador en plantas enfriadas por agua

 

 

5 Temperatura y presión de la evaporación

 

 

6 Temperatura y presión de la condensación

 

 

7 Potencia eléctrica absorbida

 

 

8 Potencia térmica instantánea del generador, como  porcentaje de la carga máxima

 

 

9 CEE o COP instantáneo

 

 

10 Caudal de agua en el evaporador

 

 

11 Caudal de agua en el condensador

 

 

 

OBSERVACIONES

(*). En caso  de no tener núm. de expediente de Industria se han de actualizar los datos térmicos (BOIB núm. 84 de 16-06-2012), si son edificios anteriores al año 2000, o bien seguir el trámite RITE 2007, si son posteriores.

 

 

El mantenedor habilitado y el director de mantenimiento, cuando su participación  sea preceptiva, certifica o certifican que la instalación antes indicada ha sido mantenida de acuerdo con  el Manual de uso y mantenimiento y que cumple con  los requisitos exigidos en la IT 3 del Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (Real Decreto 1027/2007).

 

........................................................... , ................. d ........................................................ de 20 .....................

 

Firma del mantenedor                     Firma del director de mantenimiento                         Firma del titular

y sello de la empresa instaladora                       

 

Este  certificado  tiene una validez de un año (art. 28.1 del Real Decreto 1027/2007). El titular de la instalación debe conservar una copia de este y la debe tener a disposición de las autoridades competentes que se lo exijan por inspección o cualquier otro requerimiento.