Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS
Núm. 20870
Resolución del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de 7 de noviembre de 2013 por la que se autoriza la mutación demanial de unos terrenos de 2.419 m2 de superficie, anexos al aparcamiento público del Hospital Comarcal de Inca (exp. DGTPFP / SP 327/2013)
Hechos
1. El 4 de marzo de 2013, entró en el Registro de la Consejería de Administraciones Públicas, (con nº de registro de entrada 2830/2013), un oficio de la Secretaria General de la Consejería de Salud , Familia y Bienestar Social, en el que se adjuntaba la documentación relativa a la regularización e inscripción registral de unos terrenos anexos al aparcamiento público del Hospital Comarcal de Inca, adscrito al Servicio de Salud de las Illes Balears (Ib-salut) , con la finalidad de agregarlos a su solar .
2 Estos terrenos, de 2.419 m2 de superficie (con nº de Inventario CAIB 100000012395), que constituyen la parcela 531 del polígono 12 de Inca, con referencia catastral 07027A012005310000XI, fueron expropiados por la Consejería de Vivienda y Obras Públicas del Gobierno de las Illes Balears con motivo de la ejecución de la obra "Prolongación de la PM -27, Autopista Central, tramo III, supresión de la travesía de Inca", corresponden a la finca identificada en el proyecto de ejecución con el número 12-191 ( 134 ) del Plan Parcelario, forman parte de un remanente de la finca registral 5.230 de Inca , que no era necesario para construir la carretera, y fueron expropiados a solicitud de la propiedad (Doña Maria Mir Sastre y Don Gabriel Mir Sastre).
3 El 22 de abril de 2013, el Servicio de Patrimonio recibió el Informe propuesta que había emitido el Jefe adjunto de Conservación y Explotación con el visto bueno del Jefe del Departamento de Obras Públicas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el que consta que estos terrenos no tienen un uso específico por parte del Departamento de Obras Públicas y no son necesarios para llevar a cabo las competencias que tiene atribuidas en materia de carreteras
4 El 14 de octubre de 2013, el Servicio de Patrimonio recibió un oficio de la Secretaria General de la Consejería de Salud, al que se adjunta el informe de 19 de septiembre del Jefe del Servicio de Explotación y Conservación con el visto bueno del Director Insular de Carreteras del Consejo Insular de Mallorca, en el que consta que esta Dirección Insular no tiene inconveniente en que la parcela mencionada se agregue a las instalaciones del Hospital Comarcal de Inca, salvaguardando la preceptiva zona de dominio público de la autopista Ma-13.
5. El 30 de octubre de 2013, el Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio dictó la resolución de inicio del expediente.
6. Además, hay que considerar el resto de la documentación que consta en el expediente nº 327/2013, tramitado por el Servicio de Patrimonio.
Fundamentos de Derecho
1 Los artículos 24, 36 y 88 c de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 49 , de 24 de abril ), y demás disposiciones aplicables concordantes .
2 Los artículos 28, 29, 52, 53 y 54 del Decreto 127 /2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 192, de 24 de diciembre).
3 La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44 , de 3 de abril).
4 La Ley 5/1990, de 24 de mayo, de Carreteras de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 77, de 26 de junio).
5 La Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa (BOE nº 351, de 17 de diciembre).
6 El Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE nº 160, de 20 de junio).
7 El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, a través del cual se determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 60, de 2 de mayo).
8 El Decreto 7 /2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 60, de 2 de mayo).
9 El Decreto 15 /2013, de 7 de junio, del Presidente de las Illes Balears por el que se modifica el Decreto 6 /2013, de 2 de mayo, que establece las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 82, de 8 de junio).
10 El Decreto 35 /2013, de 21 de junio , por el que se dispone el nombramiento del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 88, de 22 de junio).
Por todo ello, dicto la siguiente
RESOLUCIÓ
1. Autorizar el cambio de afectación del uso viario al sanitario por novación de la causa determinante de su integración en el dominio público de unos terrenos de 2.419 m2 de superficie, con nº de Inventario CAIB 100000012395, anexos al aparcamiento público del Hospital Comarcal de Inca que forman parte de un remanente de la finca registral 5.230 de Inca y constituyen la parcela 531 del polígono 12 de Inca, con referencia catastral 07027A012005310000XI.
2. Desadscribir estos terrenos de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio.
3. Adscribir estos terrenos al Servicio de Salud de las Illes Balears (Ib-salut).
4. Notificar esta Resolución a la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio, a la Consejería de Salud y al Servicio de Salud de las Illes Balears, para su conocimiento, a los efectos que correspondan.
5. Anotar el contenido de esta Resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Presupuestos en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma de Mallorca, 7 de noviembre de 2013
El director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio
Miguel Miralles Sastre