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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALGAIDA

Núm. 20836
Convalidación del decreto de aprobación inicial del Catálogo de Patrimonio

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Algaida en sesión de 7 de noviembre de 2013 ha adoptado el siguiente acuerdo:

Ratificación del Decreto publicado en el BOIB 142 de 17 de octubre de aprobación inicial del catálogo de protección del patrimonio histórico

Mediante Decreto 287 de 31 de julio , la alcaldía acordó :

Primero: Aprobar inicialmente el Catálogo de Protección del Patrimonio del municipio de Algaida , redactado por JAUME LUÍS SALAS, arquitecto , en los términos que consta en el expediente con el debido diligenciado por la Secretaría de la Entidad.

Segundo : Someter el expediente y , por tanto, los documentos de Catálogo de Protección del Patrimonio información pública por plazo de treinta días, mediante anuncio en el tablón de anuncios físico y electrónico en la página web municipal www.ajalgaida.net , en el Boletín Oficial de les Illes Balears y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia . Durante el periodo quedará el expediente en el Servicio de urbanismo , responsable de tramitación , en horario de atención al público , de lunes a viernes , de ocho horas a catorce horas, los documentos del Catálogo serán también accesibles electrónicamente mediante el tablón de anuncios municipal a http://www.ajalgaida.net/contractacio1/index.ct.html . En este plazo , igualmente los interesados podrán formular las alegaciones que tengan por conveniente para la defensa de sus derechos e intereses .

Tercero: Dar audiencia individualmente al público interesado para que en un plazo de treinta días puedan examinar el Catálogo de Protección del Patrimonio a los efectos de que puedan formular las observaciones que estimen pertinentes .

Dado que dicho Decreto fue informado previamente por el Secretario del Ayuntamiento y la técnica de Administración Especial, arquitecta , en informe de fecha 30 de julio de 2013 en el que se estima la aprobación inicial del catálogo atribución del titular de la Alcaldía en función del artículo 21.1 j ) de la Ley 7/1985 , que establece :

El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta las Siguientes atribuciones :

j ) Las aprobacion de los Instrumentos de Planeamiento de Desarrollo del Planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno , así como la de los Instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización .

Cuando el artículo 22.2 de la misma ley establece:

Corresponder , en todo caso , al Pleno municipal en los Ayuntamientos , ya la Asamblea vecinal en el régimen de Concejo Abierto , las siguientes atribuciones :

c) La aprobación inicial del Planeamiento general y la aprobación que ponga fin a la tramitación municipal de los planes y demas instrumentos de ordenación previstos en la legislación urbanística , así como los Convenios que tengan por objeto la alteracion de cualesquiera de dichos Instrumentos

Mediante escrito remitido por el consejero ejecutivo de Urbanismo y Territorio del Consejo de Mallorca de 28 de octubre se discrepa del criterio del informe jurídico -técnico al que se ha hecho referencia considerando que el catálogo en los términos en que está formulado constituye un instrumento urbanístico de planeamiento general y en consecuencia su aprobación inicial corresponde al Pleno de la Corporación .

Sometido el escrito a informe de secretaría se ratifica en el contenido del suscrito en 30 de julio si bien considera que ante la duda el Pleno de la Corporación puede convalidar el Decreto de Alcaldía 287 en virtud del artículo 67 , 1 y 3 de la Ley 30/1992 con efectos de 17 de octubre de 2013 de acuerdo al artículo 67 , 2 en relación al 57 , 3 de la Ley 30/1992 para conservar el trámite de exposición pública en curso .


Por todo ello el Ayuntamiento Pleno acuerda por unanimidad

Primero: Convalidar el Decreto de Alcaldía 287 en virtud del artículo 67 , 1 y 3 de la Ley 30/1992 con efectos de 17 de octubre de 2013 de acuerdo al artículo 67 , 2 en relación al 57 , 3 de la Ley 30/1992 , conservando la validez del trámite de exposición pública en curso desde la publicación del edicto de aprobación inicial en el BOIB 142 de 17 de octubre .

Segundo : Publicar el presente acuerdo a efectos de general conocimiento .


Algaida a 8 de noviembre de 2013 .


El Alcalde

Francesc Miralles Mascaró