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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 19980
Procedimiento ordinario 1080/2011, sobre otras materias

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Texto

SENTENCIA 147/2013

En Palma de Mallorca, a 10 de octubre de 2013

Magistrado-Juez: Doña Martina Mora Torrens

Demandante: “BANQUE PSA FINANCE, SUCURSAL EN ESPAÑA”

Abogado/a: Don Carlos Roldán Brondo

Procurador/a: Doña Ana Díez Blanco

Demandado: HERENCIA YACENTE DE FRANCISCO JAVIER YERGA CARDEÑOSA (en rebeldía) y Dª CARMEN MORENO MUÑOZ

Abogado/a: Don Juan Francisco Janer Bosch

Procurador/a: Don Antonio Colom Ferrà

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad por contrato de financiación a comprador de bienes muebles.

PARTE DISPOSITIVA

Que DEBO ESTIMAR y ESTIMO parcialmente la demanda formulada por Dª. Ana Díez Blanco, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de FCE BANK PLC SUCRUSAL EN ESPAÑA contra HERENCIA YACENTE DE FRANCISCO JAVIER YERGA CARDEÑOSA y CARMEN MORENO MUÑOZ y debo CONDENAR y CONDENO a la parte demandada a abonar solidariamente a la actora la cantidad total de 6.330,84 euros, más el interés procesal del art. 576 LEC, sin expresa imposición de costas.

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Apelación, en el plazo máximo e improrrogable de VEINTE días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución, previa consignación del depósito de 50 euros previsto en la DA 15ª LOPJ y la tasa correspondiente.

Así por ésta, mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo Dª. Martina Mora Torrens, Magistrado-Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Palma de Mallorca.

Publicación.- Leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Ilustre Juez que la dictó, constituida en audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy Fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de  HERENCIA YACENTE DE FRANCISCO JAVIER YERGA CARDEÑOSA , se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

PALMA DE MALLORCA a dieciséis de Octubre de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL