Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 20718
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de noviembre de 2013 por el que se modifican los planes estratégicos de subvenciones de la Consejería Familia y Servicios Sociales y de la Consejería de Economía y Competitividad para el ejercicio de 2013
En la sesión de día 22 de marzo de 2013, el Consejo de Gobierno aprobó el plan estratégico de subvenciones de las consejerías y de las entidades de derecho público dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 6.1 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de desembre.
Los planes prevén el marco general de las subvenciones susceptibles de ser convocadas a lo largo del año 2013 por los órganos competentes de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma, de sus organismos autónomos y del resto de las entidades de derecho público dependientes.
Los planes estratégicos se publicaron en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 40, de 23 de marzo de 2013.
El 5 de julio de 2013, el Consejo de Gobierno aprobó la adaptación de los planes estratégicos a la nueva denominación de las consejerías a raíz de la reestructuración del organigrama de la Administración de la Comunidad Autónoma. Concretamente, el anexo 7 pasó a ser el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Familia y Servicios Sociales, y el anexo 4, el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía y Competitividad (BOIB núm. 95, de 6 de julio).
En la sesión de día 31 de octubre de 2013, el Consejo de Gobierno aprobó otra modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Familia y Servicios Sociales para el año 2013, que se publicó en el BOIB núm. 151, de 2 de noviembre.
La Consejería de Familia y Servicios Sociales ha instado otra modificación de su Plan Estratégico de Subvenciones, que consta en el anexo 7 del citado Acuerdo del Consejo de Gobierno en relación con la línea de ayudas de la Dirección General de Servicios Sociales para fomentar la participación social, a través de la financiación de los gastos ordinarios de funcionamiento de las federaciones, las confederaciones o las uniones de entidades sin ánimo de lucro de ámbito suprainsular que lleven a cabo actuaciones o actividades en materia de atención a personas con discapacidad. En concreto, sin necesidad de modificar el coste total de la ayuda, se distribuye la cantidad de 200.000 euros en dos ejercicios, es decir, 186.000 € para el año 2013 y 14.000 € para el año 2014, y, por lo que se refiere a la convocatoria, en lugar de ser anual (2013) ha de ser plurianual (2013-2014).
Por otra parte, la Consejería de Economía y Competitividad ha instado la modificación de su Plan Estratégico de Subvenciones para incluir una línea de subvenciones para fomentar el uso del vehículo eléctrico, con la finalidad de desarrollar alternativas que permitan una movilidad más sostenible y eficiente mediante el establecimiento de nuevos puntos de recarga rápida de estos vehículos.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Hacienda y Presupuestos, en la sesión de 8 de noviembre de 2013 adoptó, entre otros, el siguiente
Acuerdo:
“Primero. Modificar una línea de subvenciones del anexo 7 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de día 22 de marzo de 2013 por el que se aprueban los planes estratégicos de subvenciones de las consejerías y de las entidades de derecho público dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2013, correspondiente a la Consejería de Familia y Servicios Sociales, en los siguientes términos:
Donde dice:
DIRECCIÓN GENERAL / ORGANISMOS Y EMPRESAS: Dirección General Servicios Sociales
FONDO DE FINANCIACIÓN: 18301 313I01 48000
DESCRIPCIÓN: convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la participación social, mediante la financiación de los gastos ordinarios de funcionamiento de las federaciones, las confederaciones o las uniones de entidades sin ánimo de lucro de ámbito suprainsular que lleven a cabo actuaciones o actividades en materia de atención a personas con discapacidad.
OBJETIVOS Y EFECTOS: Apoyar el mantenimiento, la promoción y el desarrollo de programas y actividades de servicios sociales, y la promoción de acciones formativas y de actividades de investigación y desarrollo relacionadas con los servicios sociales, para que estas acciones eviten la discriminación o el empeoramiento de la igualdad de oportunidades de totas las entidades dirigidas al colectivo de personas con discapacidad.
COSTE: 200.000 €
CONVOCATORIA: anual (2013)
INCIDENCIA SOBRE EL MERCADO: sin incidencia
Debe decir:
DIRECCIÓN GENERAL / ORGANISMOS Y EMPRESAS: Dirección General de Servicios Sociales
FONDO DE FINANCIACIÓN: 18301 313I01 48000
DESCRIPCIÓN: convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la participación social, mediante la financiación de los gastos ordinarios de funcionamiento de las federaciones, las confederaciones o las uniones de entidades sin ánimo de lucro de ámbito suprainsular que lleven a cabo actuaciones o actividades en materia de atención a personas con discapacidad.
OBJECTIVOS Y EFECTOS: Apoyar el mantenimiento, la promoción y el desarrollo de programas y actividades de servicios sociales, y la promoción de acciones formativas y de actividades de investigación y desarrollo relacionadas con los servicios sociales, para que estas acciones eviten la discriminación o el empeoramiento de la igualdad de oportunidades de todas las entidades dirigidas al colectivo de personas con discapacidad.
COSTE: 186.000 € (2013), 14.000 € (2014)
CONVOCATORIA: plurianual (2013-2014)
INCIDENCIA SOBRE EL MERCADO: sin incidencia
Segundo. Modificar el anexo 4 del citado Acuerdo, correspondiente al Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía y Competitividad, para incluir la siguiente línea de subvenciones:
DIRECCIÓN GENERAL/ORGANISMOS Y EMPRESAS: Dirección General de Industria y Energía
FONDO DE FINANCIACIÓN: 14801 731C01 capítulo 7 FF 31108 (50 % de financiación externa)
DESCRIPCIÓN: fomento de la instalación de puntos de recarga rápida para vehículos eléctricos con la finalidad de desarrollar alternativas que permitan una movilidad más sostenible y eficiente
OBJETIVOS Y EFECTOS: impulsar el vehículo eléctrico en las Illes Balears como sitio idóneo para su desarrollo, dotar a las Illes Balears de una infraestructura mínima de puntos de recarga rápida y fomentar la actividad económica
COSTE: 0,00 €(2013) y 200.000 € (2014)
CONVOCATORIA: plurianual (2013-2014)
INCIDENCIA SOBRE EL MERCADO: incremento de la actividad económica en las Illes Balears
Tercero. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 8 de noviembre de 2013
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez