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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

Núm. 20627
Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos y anuncio de la Resolución de 31 de Octubre de 2013, por la que se autoriza la alienación en segunda convocatoria, en subasta pública, de los bienes inmuebles que no se consideran necesarios para la prestación de un servicio público de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (Expediente DGPCOP/SP 270/2013 y 346/2013)

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Texto

Antecedentes 

1. Los bienes inmuebles que se relacionan en la parte resolutiva, han salido a subasta pública, y han quedado desiertos al no haber licitador. Se ha considerado, trascurrido un tiempo prudencial, volver a sacarlos a subasta pública, descartando la venta directa, como posibilidad prevista en la legislación de Patrimonio.

2. La subasta de los citados bienes ha quedado desierta en el primer llamamiento, según acta de la Mesa de la subasta de 28 de Octubre de 2013.

3. Los inmuebles han sido tasados nuevamente para su alienación en pública subasta, por la Dirección General del Medio Rural y Marino (Sa Casa Nova – Son Ferriol – Palma de Mallorca) y por la Dirección General de Arquitectura y Vivienda (Local y garaje - Jerónimo Pou, 2 de Palma de Mallorca).

4. La convocatoria de subasta pública de los bienes inmuebles relacionados, se regirá por la Ley 6/2001, de 11 de  abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el Pliego de Condiciones que se somete a la aprobación del Consejero de Hacienda y Presupuestos.

Fundamentos  de derecho

1. Los artículos 53.1 a 55 y 87 d de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 49, de 24 de Abril de 2001), y el resto de disposiciones aplicables concordantes.

2. Los artículos 97.2 a 101, 107, 110 y concordantes del Decreto 127/2005, de 16 de Diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (BOIB núm. 192, de 24 de Diciembre de 2005).

3. Ley 3/2003, de 26 de Marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 03-04-2003).

4. Decreto 5/2013, de 2 de Mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60 ext., de 02-05-2013).

5. Decreto 6/2013, de 2 de Mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60 ext., de 2-05-2013).

6. Decreto 7/2013, de 2 de Mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 60 ext., de 2-05-2013).

7. Decreto 15/2013, de 7 de Junio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se   modifica el Decreto 6/2013, de 2 de Mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 82, de 08-06-2013). 

8. Decreto 35/2013, de 21 de Junio, por el que se nombra Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 22-06-2013).

9. Resolución del consejero de Hacienda y Presupuestos, de 24 de Mayo de 2013, de delegación de competencias y de delegación de firma de determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Presupuestos, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Presupuestos (BOIB núm. 76, de 30-05-2013).

Propuesta de resolución 

Propongo al Consejero de Hacienda y Presupuestos dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Declarar desierta la primera convocatoria, convocada por Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos de 16 de Septiembre de 2013 y del anuncio de la misma fecha (BOIB número 135 de 1 de Octubre de 2013).

2. Autorizar la alienación en segunda convocatoria, en subasta pública al alza, de los  inmuebles que se relacionan a continuación, en la cuantía resultante de reducir el 15% sobre el valor/tipo de la primera convocatoria, con las descripciones  que se indican en los recuadros siguientes: 

 

Inmueble

Lote 1 - Finca rústica con construcción Sa Casa Nova

Activo Fijo

100000001271-0

100000001436-0

Domicilio

C-715 de Palma a Manacor

C-715 de Palma a Manacor

 

Polígono 39, parcela 18

Polígono 39, parcela 19

Población

07198 Palma

07198 Palma

Urbana/Rústica

Rústica

Rústica

Referencia catastral

07040A039000180000RP

07040A039000190000RL

Tomo

4980

4872

Libro

944

836

Folio

221

181

Inscripción

28

Finca registral

54582

49186

Registro núm.

1 de Palma

1 de Palma

Valoración / Tipo mínimo

259.204,75 €

Cargas

alodios + censales

Consejería de Procedencia

Consejería de Administraciones Públicas

Superficie Terreno

41407 m2

7075 m2

Superficie Construida

980 m2

Cuota de participación

100%

Linderos

Norte: con la carretera de Manacor
C715, con la finca nº 49186 propiedad de la CAIB y con Industrias Mayrata
Resto puntos cardinales: Predio Son Pujol

Norte: con la carretera Palma- Manacor
Sur  y Oeste: con la finca nº 54582
Este: con Predio Son Pujol

 

 

 

La finca está afecta al procedimiento expropiatorio relativo al proyecto constructivo “Nuevos accesos a Son Ferriol y Son Llatzer y enlaces entre la Ma-15, Ma-15D, Ma-3011 y Ma-30 de Palma de Mallorca”

 

 

 

Inmueble

Lote 2 - Piso Calle Jerónimo Pou

Activo Fijo

100000001121-0  /  100000001296-0

Domicilio

C/Jerónimo Pou, 2 - 2ºC

Población

07006 Palma de Mallorca

Urbana/Rústica

Urbana

Referencia catastral

0601601DD7800B0080MA

Tomo

6147

Libro

69

Folio

182

Inscripción

Finca registral

3385

Registro núm.

3 de Palma

Valoración/Tipo mínimo

150.490,39 €

Cargas

0

Consejería de Procedencia

Consejería de Agricultura

Superficie Construida

100,14 m2

Cuota de participación

1,699%

 

Inmueble

Lote 3 - Garaje núm.22 Calle Jerónimo Pou

Activo Fijo

100000001122-0 / 100000001297-0

Domicilio

C/Jerónimo Pou, 2 - sótano 3º

Población

07006 Palma de Mallorca

Urbana/Rústica

Urbana

Referencia catastral

0601601DD7800B0022YJ

Tomo

6147

Libro

69

Folio

178

Inscripción

Finca registral

3384

Registro núm.

3 de Palma

Valoración/Tipo mínimo

14.025 €

Cargas

0

Consejería de Procedencia

Consejería de Agricultura

Superficie Construida

9 m2

Cuota de participación

0,311%

3. Aprobar el Pliego de condiciones que se incluye en el anexo de esta Resolución, que ha de regir la licitación, de la segunda convocatoria pública de subasta, de los bienes inmuebles reseñados. 

4. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Palma de Mallorca, 31 de Octubre de 2013 

 

El Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio

Miguel Miralles Sastre

 

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución

El Consejero de Hacienda y Presupuesto

José Vicente Marí Bosó

ANEXO

Pliego de condiciones de la subasta pública al alza, mediante el procedimiento de presentación de ofertas en sobre cerrado, de tres inmuebles propiedad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Baleares, en el término municipal de Palma de Mallorca.

El Consejero de Hacienda y Presupuestos, de la Comunidad Autónoma de las llles Balears, a propuesta del Director General de Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, acordó la iniciación del procedimiento, mediante una resolución de fecha 22 de Julio de 2013, de alienación por subasta de los inmuebles que se describen en la resolución precedente, propiedad de la Administración de la Comunidad Autónoma, dado que no son necesarios para el uso general ni para el servicio público a que estaban destinados, ni es conveniente su explotación.

Para cumplir este Acuerdo, según lo que prevé la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la CAIB, el Decreto 127/2005 de 16 de Diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de esta Ley, y, subsidiariamente, la Ley 33/2003, de 3 de Noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), y su Reglamento general, aprobado por el Real decreto 1373/2009, de 28 de Agosto (RLPAP), se ha dispuesto la realización de la subasta por medio del procedimiento de presentación de ofertas en un sobre cerrado, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Descripción de los bienes inmuebles objeto de subasta

La valoración y el tipo de licitación en la segunda convocatoria, el tipo mínimo al alza son los que figuran en el apartado primero de la Resolución precedente.

La fianza es del 20%, del tipo mínimo del valor al alza.

Segunda. Publicidad

La presente venta se anunciará en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios de las consejerías y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (http://www.caib.es). 

Tercera. Requisitos para participar en la subasta

Pueden participar en la subasta todas las personas que tengan capacidad para contratar, de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil.

No pueden participar en la subasta, las personas incursas en procedimientos de apremio administrativo, las que hayan solicitado o hayan sido declaradas en concurso, las declaradas insolventes en cualquier procedimiento, las que estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas de acuerdo con la Ley 22/2003, de 9 de Julio, concursal, y, en general, las que se encuentren en cualquier causa de incapacidad o de prohibición para contratar, prevista en la legislación administrativa de contratos.

De conformidad con lo que dispone el artículo 104 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, los participantes tienen que constituir un depósito por un importe del 20% del tipo de licitación, en concepto de fianza, por cada lote al que opten.

La presentación de una oferta implica la aceptación del presente pliego de condiciones.

Cuarta. Presentación de ofertas

1. Forma

A. Las ofertas para la subasta se presentaran en dos sobres cerrados, firmados por el licitador, y se presentaran en el lugar indicado en el anuncio de licitación, dentro del plazo fijado al efecto. El sobre con el título "Oferta económica", debe contener la oferta económica que hace el licitador. El sobre con el título "Documentación general”, debe contener los siguientes documentos:

a) Los que acrediten la personalidad del licitador y, si corresponde, del representante.

b) El resguardo del depósito previo del 20% del tipo de subasta, en concepto de fianza provisional, de conformidad con la normativa específica aplicable.

c) Los que acrediten la situación de no incurrir en ninguna prohibición o incompatibilidad para contratar, de acuerdo con lo que dispone el artículo 103 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

d) Los que certifiquen que se está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y las de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

 B.  Las ofertas se ajustarán  al modelo establecido en este Pliego de Condiciones.

C.   No se admitirán ofertas en calidad de cesión de remate a un tercero.

2. Lugar

La documentación se presentará en el Servicio de Patrimonio – Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Plaça de la Drassana, núm. 4, 07012 de Palma de Mallorca.

Igualmente se puede presentar en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la vez que se remite, en la misma fecha, la hoja en que conste el sello del registro ante el cual se ha presentado la documentación, por fax al número 971 17 60 90, dirigido al Servicio de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la hoja en que conste el sello del registro ante el cual se ha presentado la documentación.

3. Plazo

El plazo de presentación de ofertas es de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears del anuncio de realización de la subasta. Una vez finalizado este plazo, el Registro tiene que expedir un certificado con la relación de las proposiciones recibidas, o, si procede, de la ausencia de licitadores, que deberá ser remitido al Secretario de la Mesa de la subasta.

4. Admisión de ofertas

Cada interesado puede presentar una única oferta, que no puede ser mejorada, salvo lo que prevé la cláusula sexta.

No se admitirán las ofertas presentadas en calidad de cesión a terceros, que no cumplan los requisitos señalados en esta cláusula o que no se ajusten a los modelos descritos en los anexos que acompañan este pliego de condiciones.

Quinta. Constitución de la Mesa

La Mesa está constituida al amparo de la primera convocatoria de subasta pública, expedientes 270/2013.

El día hábil siguiente al de la conclusión del plazo de admisión de ofertas, se reunirá la Mesa que tiene que autorizar la subasta, la cual está integrada por las siguientes personas: 

  • Como Presidente, la persona titular de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio.
  • Un vocal representante designado por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Un vocal representante designado por la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Un representante de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio.
  • Un representante del Servicio de Patrimonio, de la Dirección General de Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, que tiene que actuar como Secretario con voz y voto. 

Sexta. Examen de la documentación

Una vez reunida la Mesa, examinará y calificará la documentación general mencionada en el artículo 105 del Reglamento. Si la Mesa observa defectos en la documentación presentada, puede conceder, si lo considera oportuno, un plazo no superior a cinco días, para rectificar errores.

La Mesa no puede admitir en la subasta a los licitadores que no hayan presentado la documentación requerida o que no la hayan corregido, de acuerdo con lo que dispone el apartado anterior.

La no admisión en la subasta se notificará a las personas interesadas en el acto público de la subasta previsto en el artículo 108 del Reglamento, si están presentes, o, una vez concluida, para que en el plazo de cinco días naturales formulen en la Mesa las alegaciones oportunas, para que las considere en la Resolución que ponga fin al procedimiento, y para impugnar la exclusión en el recurso administrativo que, si procede, se interponga en contra.

Séptima.  Apertura de ofertas

Una vez acabada la fase de calificación de documentos, el Presidente declarará abierta la subasta en acto público y el Secretario leerá el anuncio publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears y la relación de licitadores que hayan presentado posturas. A continuación, se expondrá el resultado de la calificación previa de documentos y de los licitadores admitidos y excluidos de la subasta,  finalmente se abrirá el sobre que contenga la proposición económica, a la vista de la cual la Mesa declarará mejor postor al licitador que haya formulado la propuesta más alta.

En el supuesto de que se produzca un empate entre los mejores postores, se abrirá en el mismo acto, si los licitadores están presentes, una licitación y se adjudicará provisionalmente la subasta al licitador que haya hecho la proposición económica más alta. En caso de que los licitadores empatados no estén, se resolverá el empate por sorteo.

Del resultado de la subasta, se extenderá el acta correspondiente, en la cual se incluirá sucintamente, pero fielmente, toda la actuación, que firmaran todos los componentes de la Mesa y el mejor postor.

Octava. Devolución de la garantía

Inmediatamente después de acabada la subasta, el Secretario de la Mesa ordenará la devolución de las garantías constituidas en concepto de fianza a los que no resulten primeros mejores postores o adjudicatarios provisionales.

Se puede acordar la retención de la garantía del segundo mejor postor para cubrir el supuesto de que el primer mejor postor o adjudicatario provisional renuncie o no cumpla sus obligaciones.

Novena. Aprobación de la subasta

La aprobación de la subasta corresponde al Consejero de Hacienda y Presupuestos, el cual dictará la Resolución correspondiente, a propuesta de la Mesa, y la adjudicará definitivamente o la declarará desierta.

Décima. Notificación de la adjudicación

La adjudicación definitiva de la subasta se notificará al adjudicatario para que en un plazo de quince días efectúe el pago del precio total de la alienación, incluidos, si hace falta, los tributos repercutibles, y también los gastos de los anuncios de la subasta. Asimismo, se le tiene que advertir que si no lo hace, pierde el derecho y el depósito previo, sin perjuicio de la recuperación de las posibles pérdidas que la inefectividad de la adjudicación produzca a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En ambos casos, se puede proceder a la adjudicación a la segunda oferta más ventajosa o bien a la declaración motivada de la subasta como desierta.

De conformidad con lo que prevé el artículo 113.3 de la LPAP, las alienaciones de los bienes inmuebles o derechos sobre éstos se formalizaran en una escritura pública/certificación administrativa. El adjudicatario, una vez otorgada la escritura pública/certificación administrativa, deberá inscribirla en el Registro de la Propiedad y cambiar la titularidad en el Catastro.

En esta escritura/certificación se puede hacer constar, si procede, que el inmueble se enajena como cuerpo cierto y en las condiciones que se consignan, que se darán por conocidas y aceptadas por el adquirente.

Undécima. Consulta del expediente

Los interesados podrán solicitar información de los bienes objeto de subasta, en el Servicio de Patrimonio – Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Plaza de la Drassana,  4, C.P. 07012 Palma de Mallorca, teléfono 971 17 64 86,  fax 971 17 60 90).

Duodécima. Gastos de inserción BOIB

Serán por cuenta y cargo del adjudicatario los gastos de inserción del anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Anuncio mediante el cual se da publicidad a la segunda convocatoria de subasta pública de tres bienes inmuebles propiedad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

De conformidad con el artículo 102 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 127/2005, de 16 de Diciembre, se da publicidad a la convocatoria de la subasta de tres bienes inmuebles propiedad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, mediante la Resolución precedente del Consejero de Hacienda y Presupuestos, de 31 de Octubre de 2013, sirviendo la publicación de la Resolución y su anexo como anuncio de la misma.

 

Palma de Mallorca, 31 de Octubre de 2013

 

El Consejero de Hacienda y Presupuestos

José Vicente Marí Bosó