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AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA

Núm. 20284
Resolución y notificación de resolución de alcaldia sobre orden de ejecución exp 9-2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

RESOLUCIÓN DE ALCALDIA  SOBRE ORDEN DE  EJECUCIÓN 9/2011

Visto que el expediente incoado por la ejecución subsidiaria 13/2010, del solar con R.C 9245710ED0994N0001DP situado en la calle Pou de Sa Garriga 98 de Santa Margalida de este término municipal  reuniera las debidas condiciones de seguridad, salubridad y  ornato público.

Visto el informe de fecha 11/06/2010 en el cual el coste de las obras a ejecutar se valoraron por parte de la aparejadora municipal en 9.671,76 €.

Vista la resolución de fecha 10/01/2011 en la cual se notificó la ejecución subsidiaria de las obras consistentes en realizar el cierre apoyado sobre el muro de contención del solar antes descrito y aprobando la liquidación de 8.768,15 € correspondiente a la valoración de las obras según el informe de fecha 11/06/2010.

Visto que en fecha 22/04/2013, se procedió a realizar las obras por parte de empresa designada, de las obras consistentes en  realizar el cierre apoyado sobre el muro de contención .

Visto que en fecha 22/04/2013 la empresa designada para la ejecución de las obras descritas, presentó las facturas correspondientes a los trabajos realizados, en las cuales se valoran las obras realizadas en 10.774,29 €.

Visto el informe de fecha 27/06/2013 en el cual se valoraron nuevamente por parte de la aparejadora municipal las obras realizadas resultando un importe de 10.774,29  €.

RESUELVO

PRIMERO.- APROBAR la liquidación complementaría a la inicial de 2.006,14 €, cantidad que resulta de la diferencia del coste real de las obras (10.774,29 €) y el coste presupuestado provisionalmente de las obras a realizar,  al titular del solar la entidad N.E.S.L. que podrá ingresar en cualquiera de las cuentas que a continuación se especifican en el plazo de 15 días contadores a partir de la notificación de la presente liquidación, advirtiéndole que de no realizarse en el plazo señalado se iniciarán los trámites por la recaudación de dicha cantidad en vía de constreñimiento.

BANCA MARCH

 0061-0026-62-0022860185

LA CAIXA

2100-0107-14-0200001164

BMN - SA NOSTRA

0487-2103-25-2000001624

BANC. SANT. CENT. HPNO

 0049-3186-58-1910002890

BANC POPULAR – CRED. BALEAR

 0075-6819-16-0660000173

PLAZOS PARA HACER El INGRESO

A) Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, los dos incluidos, sin recargo hasta el día 20 del mes siguiente.

B) Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes , los dos incluidos, sin recargo hasta el día 5 del segundo mes posterior.

Cuando los plazos acaben en día inhábil, quedan ampliados al día habil inmediatamente  posterior. Una vez transcurridos los plazos de ingreso en periodo voluntario, sin que se haya efectuado, será procedente la vía ejecutiva. El recargo aplicable será del 5 % cuando se satisfaga la totalidad de la deuda tributaria no ingresado en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de constreñimiento del 10 % cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo de pago en periodo ejecutivo y del 20 % en los restantes supuestos

SEGUNDO .-  NOTIFICAR la presente resolución a los interesados (adjuntando copia de la factura o justificando) y también al Departamento de Tesorería a los efectos de que tomen conocimiento de la nueva liquidación por su cumplimiento, y porque en cumplimiento de los artículos 100 y 106 del Reglamento General de Recaudación, de los artículos 161 a 167 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria y del artículo 5.3 c) del Real Decreto 1174/1987 se dicte por parte de la Tesorera Municipal provisión de constreñimiento.

 

Santa Margalida, a 03/07/2013

 

El Batle                                                                      Ante mí,

                                                                                  EL SECRETARIO

Antoni Reus Darder                                                   Joan Segui Serra

 

NOTIFICACIÓN Y REQUERIMIENTO DE PAGO

Por medio de la presente le notifico que con fecha hoy, el Sr. Alcalde- Presidente de este Ayuntamiento ha dictado la siguiente Resolución:

RESOLUCIÓN DE ALCALDIA  SOBRE ORDEN DE EJECUCIÓN 9/2011

Visto el expediente incoado por la ejecución subsidiaria 13/2010, por que el solar con R.C 9245710ED0994N0001DP situada en la calle Pou de sa garriga  98 de Santa Margalida de este término municipal reuniera las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato  público.

Visto el informe de fecha 11/06/2010 en el cual el coste de las obras a ejecutar se valoraron por parte de la aparejadora municipal en 9.671,76 €.

Vista la resolución de fecha 10/01/2011 en  la cual se notificó la ejecución subsidiaria de las obras consistentes al realizar el cierre apoyado sobre el muro de contención del solar antes descrito y aprobando la liquidación de 8.768,15 € correspondiente a la valoración de las obras según el informe de fecha 11/06/2010.

Visto que en fecha 22/04/2013, se procedió a realizar las obras por parte de empresa designada, de las obras consistentes al realizar el cierre apoyado sobre el muro de contención .

Visto que en fecha 22/04/2013 a la empresa designada por la ejecución de las obras descritas, presentó las facturas correspondientes a los trabajos realizados, a las cuales se valoran las obras realizadas en 10.774,29 €.

Visto el informe de fecha 27/06/2013 en el cual se valoraron nuevamente por parte de la aparejadora municipal las obras realizadas resultando un importe de 10.774,29  €.

RESUELVO

PRIMERO.- APROBAR la liquidación complementaría a la inicial de 2.006,14 €, cantidad que resulta de la diferencia del coste real de las obras (10.774,29 €) y el coste presupuestado provisionalmente de las obras a realizar,  al titular del solar la entidad N.E.S.L. que podrá ingresar en cualquiera de las cuentas que a continuación se especifican en el plazo de 15 días contadores a partir de la notificación de la presente liquidación, advirtiéndole que de no realizarse en el plazo señalado se iniciarán los trámites por la recaudación de dicha cantidad en vía de constreñimiento.

BANCA MARCH

 0061-0026-62-0022860185

LA CAIXA

2100-0107-14-0200001164

BMN - SA NOSTRA

0487-2103-25-2000001624

BANC. SANT. CENT. HPNO

 0049-3186-58-1910002890

BANC POPULAR – CRED. BALEAR

 0075-6819-16-0660000173

PLAZOS PARA HACER El INGRESO

 A) Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes, los dos incluidos, sin recargo hasta el día 20 del mes siguiente.

B) Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes , los dos incluidos, sin recargo hasta el día 5 del segundo mes posterior.

Cuando los plazos acaben en día inhábil, quedan ampliados al día habil inmediatamente  posterior. Una vez transcurridos los plazos de ingreso en periodo voluntario, sin que se haya efectuado, será procedente la vía ejecutiva. El recargo aplicable será del 5 % cuando se satisfaga la totalidad de la deuda tributaria no ingresado en periodo voluntario antes de la notificación de la providencia de constreñimiento del 10 % cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en periodo voluntario y el propio recargo antes de la finalización del plazo de pago en periodo ejecutivo y del 20 % en los restantes supuestos

SEGUNDO .-  NOTIFICAR la presente resolución a los interesados (adjuntando copia de la factura o justificando) y también al Departamento de Tesorería a los efectos de que tomen conocimiento de la nueva liquidación por su cumplimiento, y porque en cumplimiento de los artículos 100 y 106 del Reglamento General de Recaudación, de los artículos 161 a 167 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria y del artículo 5.3 c) del Real Decreto 1174/1987 se dicte por parte de la Tesorera Municipal provisión de constreñimiento.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el alcalde de este Ayuntamiento en conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del contencioso-administrativo de PALMA, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto, sin perjuicio de que pueda ejercer cualquiera otro recurso que estime pertinente

 

Santa Margalida,  03/07/2013

 

El Secretario Actal,

P.O Jaume Adrover Cànaves