Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES
Núm. 20274
Resolución de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 7 de octubre de 2013 por la cual se autorizan los precios de los servicios académicos y no académicos de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares para el curso 2013-2014, y se publica el texto refundido de todos los precios de los servicios académicos y no académicos del Conservatorio
El 21 de junio de 2013 el Patronato de la Fundación adoptó los acuerdos por los cuales se aprueban los precios de los servicios académicos de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares para el curso 2013-2014. Asimismo, el 13 de diciembre de 2012 el Patronato de la Fundación adoptó los acuerdos por los cuales se aprueban las nuevas tasas de alquiler de las instalaciones (salas de estudio) y de los instrumentos de la Fundación.
La Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares presentó en la Consejería de Educación, Cultura y Universidades una solicitud de autorización de los precios mencionados y de las nuevas tasas de alquiler de las instalaciones (salas de estudio) y de los instrumentos de la Fundación. También solicitó que se clarificaran y se unificaran todos los precios y las condiciones de los servicios, tanto académicos como no académicos, en un solo texto.
Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de las Islas Baleares, en sesión de día 1 de junio de 2001 (BOIB nº. 73, de 19 de junio), se constituyó la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares. El control de las actividades de la Fundación, de acuerdo con el artículo 10 de sus Estatutos, depende de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, que además tiene las funciones del protectorado previstas en la disposición adicional primera del Decreto 61/2007, de 18 de mayo, de regulación del Registro Único de Fundaciones de la comunidad autónoma de las Islas Baleares y de organización del ejercicio del protectorado, y en el artículo 35 de la Ley 50/2002, de fundaciones.
Por todo eso, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Autorizar la modificación de los precios por los servicios académicos de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares para el curso 2013-2014, que el Patronato de la Fundación aprobó día 21 de junio de 2013.
Segundo
Autorizar las nuevas tasas de alquiler de las instalaciones (salas de estudio) y de los instrumentos de la Fundación, que el Patronato de la Fundación aprobó día 13 de diciembre de 2012.
Tercero
Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a efectos de hacer públicos los precios y las condiciones de los servicios tanto académicos como no académicos de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares, que se detallan en el anexo 1 de la Resolución.
Cuarto
Dejar sin efecto, desde el momento en que se publique esta Resolución, las resoluciones que hasta ahora fijaban los precios por los servicios de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares, que son las que se indican a continuación.
En relación con los servicios académicos:
En relación con los servicios no académicos:
Interposición de recursos
De acuerdo con el artículo 57.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 43.1 de la Ley 50/2002, de fundaciones, contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del consejero de Educación, Cultura y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la publicación. Según el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, contra esta Resolución también se puede interponer un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación.
Palma, 7 de octubre de 2013
La consejera de Educación, Cultura y Universidades
Joana Maria Camps Bosch
ANEXO 1
Precios de los servicios académicos y no académicos de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y
Danza de las Islas Baleares para el curso 2013-2014
1. Precios de los servicios académicos
En la sesión del Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares de día 21 de junio de 2013, se acordó incrementar en un 2,9% los precios que se autorizaron en la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 20 de agosto de 2012 por la cual se autorizaban, entre otros, los precios los servicios académicos de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares para el curso 2012-2013 (BOIB nº. 132, de 6 de septiembre de 2012).
Los precios resultantes del incremento son los que se detallan en la siguiente. Estos precios sustituyen los fijados en la Resolución de 20 de agosto de 2012 mencionada anteriormente y son vigentes para el curso 2013-2014.
CONCEPTO |
Curso 2013-2014 |
---|---|
Precios de matrículas |
|
Precio de matrícula por crédito en 1ª matrícula |
32,25 € |
Precio de matrícula por crédito en 2ª matrícula |
64,50 € |
Precio de matrícula por crédito en 3ª matrícula |
139,76 € |
Precio de matrícula por crédito en 4ª matrícula |
193,51 € |
Precio de convalidación por crédito de libre elección |
6,88 € |
Prueba de Acceso y servicios de matrícula |
|
Servicios generales |
28,30 € |
Apertura de expediente |
33,96 € |
Seguro escolar |
6,48 € |
Duplicado del carné de estudiante |
11,32 € |
Matrícula de la prueba de acceso en el Conservatorio Superior |
67,91 € |
Programa de la prueba de acceso |
2,15 € |
Impresos de matrícula |
2,15 € |
Certificados |
|
Traslado de expediente |
22,49 € |
Certificado de expediente, fin de grado, solicitud de título y otros |
18,11 € |
Certificado de matrícula |
3,00 € |
Otros servicios |
|
Uso de taquillas |
12,45 € |
Compulsa de documentos |
3,40 € |
Máquina de autoservicio de fotocopias |
0,11 € |
1.1. Asignaturas sin docencia
En el caso de la matrícula de asignaturas declaradas sin docencia porque el plan de estudios del cual formaban parte se ha extinguido o por cualquier otro motivo, si se ofrecen exclusivamente los exámenes finales y las tutorías voluntarias, se tiene que abonar sólo el 25% de la tarifa ordinaria. En caso de que se ofrezca un sistema de tutorías programadas o de docencia alternativa, los alumnos tienen que abonar el importe íntegro por los servicios académicos.
1.2. Minusvalia
Los alumnos con un grado de minusvalia del 33% o superior tienen derecho a la exención total de tasas y precios públicos en las enseñanzas que conducen a la obtención de un título de grado superior de música.
Para poder acogerse a esta exención, las personas interesadas tienen que acreditar, en el momento de formalizar la matrícula, la resolución o el certificado del grado de minusvalia expedidos por el Centro Base de la Dirección General de Atención en la Dependencia de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración o por el órgano competente de acuerdo con el Real decreto 1414/2006, de 1 de diciembre.
1.3. Becas
Los alumnos solicitantes de una beca tienen que abonar la totalidad de los precios académicos establecidos en esta Resolución (precios y servicios de matrícula) en el momento de formalizar la matrícula. Con respecto al resto de precios académicos, hace falta que los abonen en su totalidad. También pueden acogerse a la posibilidad de fraccionar el pago, así como a descuentos para familia numerosa y matrícula de honor a bachillerato.
1.4. Familia numerosa
Los miembros de familias numerosas tienen derecho a la exención o a la reducción de los precios públicos en las enseñanzas que conducen a la obtención de un título de grado superior de música de acuerdo con su categoría, según las disposiciones vigentes, después de haberlo solicitado previamente en el Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares y de haber acreditado documentalmente su situación en el momento de la inscripción.
1.5. Menorca y Pitiusas
Los alumnos empadronados en Menorca, Ibiza o Formentera que han cursado los estudios musicales en los conservatorios de estas islas tienen una bonificación del 50% en los precios de la matrícula.
1.6. Matrícula de honor
-Matrícula de honor a bachillerato:
Los alumnos que se matriculen por primera vez al primer curso y que puedan demostrar mediante la certificación académica correspondiente que han alcanzado la calificación general de matrícula de honor a bachillerato o a un nivel equivalente, disfrutan de los descuentos siguientes:
En el momento de formalizar la matrícula, estos alumnos sólo tienen que satisfacer el 100% de las cuotas de servicios generales y de de expediente (si procede). Están exentos de pagar los precios de la matrícula. Con respecto al resto de precios académicos, hace falta que los abonen en su totalidad.
-Matrícula de honor en las calificaciones del curso anterior:
Los antiguos alumnos que hayan obtenido la calificación de matrícula de honor en una o más asignaturas del curso anterior del Conservatorio Superior disfrutan de la gratuidad de tantos créditos como los de la asignatura calificada con matrícula de honor en el curso anterior.
1.7. Fraccionamiento
Los alumnos pueden fraccionar los precios correspondientes a la matrícula en dos pagos de la misma cantidad. El primero se tiene que abonar cuando se formaliza la matrícula y el segundo, a lo largo de la segunda quincena del mes de diciembre, circunstancia que se tiene que hacer constar en el documento de autoliquidación.
1.8. Forma de pago
Una vez calculados los costes de matriculación y de los servicios académicos, la persona interesada tiene que ingresar la cantidad resultante en una cuenta bancaria de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares, en el plazo que se establezca en las instrucciones correspondientes dictadas por la dirección del centro. El impago de las tasas de matriculación y de los servicios académicos supone la anulación automática de los derechos correspondientes a la matrícula del alumno en el Conservatorio Superior.
2. Precios de las publicaciones del Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares
Canciones para voz y piano
Jaume Mas Porcel (1909-1993)
Precio: 32,93 €
Canciones
Fermí Marí Oliver (1905-1990)
Precio: 21,20 €
Variaciones sobre un tema de Charlie Mingus
Antonio Rodríguez López
Precio: 9,98 €
Manuscritos autógrafos musicales
Frédéric Chopin (1810-1849)
Facsímil editado conjuntamente con el Museo Frédéric Chopin - George Sand de la Cartoixa de Valldemossa
Precio de la edición en tela: 59,86 €
Precio de la edición en rústica: 43,66 €
Música coral (I)
Joan Maria Thomàs (1896-1966)
Precio de la edición en tela: 56,60 €
Precio de la edición en rústica: 39,10 €
Canciones populares españolas. Voz y piano
Manuel Carra (1931)
Precio: 14,96 €
Maar (17 anys a la memòria). Piano
Carme Fernández Vidal (1970)
Precio: 14,96 €
Sonoridades. Piano
Mercè Pons (1968)
Precio: 12,47 €
Frecruencias. Piano
Josep Prohens (1956)
Precio: 12,47 €
Miserere
Benet Andreu i Pons (1803-1881)
Edición facsímil con motivo del bicentenario del nacimiento del compositor menorquín
Precio de la edición en tela: 62,36 €
Precio de la edición en rústica: 36,17 €
Boleros. Para guitarra
Marco Smaili
Precio: 8,23 €
Sonata para violín y piano núm. 1, op. 179
Romà Alís
Precio: 8,23 €
Sonata
Miquel A. Roig-Francolí (1953)
Precio: 17,45 €
Cuatro canciones tradicionales
Baltasar Bibiloni (1936)
Para tres voces iguales y piano
Precio: 17,45 €
Comentarios a la edición de manuscritos Chopin
Bozena Adamczyck
Precio: 11,22 €
Obras para piano
Frédéric Chopin (1810-1849)
Edición de las obras: Nocturno op. póstumo, Tres estudios (para Mèthode des mèthodes), Fuga y Nocturno nº. 2, op. 62, según los manuscritos autógrafos de Valldemossa.
Precio: 18,71 €
Ojos
Xavier Carbonell (1952)
Precio: 12,47 €
Límite infinito. Flauta y arpa
Teresa Catalán (1951)
Precio: 14,96 €
Siete nanas. Voz y piano
Antoni Parera Fons (1945)
Precio: 14,96 €
Sombras / La luz. Piano
Josep Prohens (1956)
Precio: 12,47 €
Sol saliente. Piano
Antoni Martorell (1913-2009)
Precio: 14,96 €
Estudio sobre música tradicional de Mallorca. Edición facsímil de Memoria sobre los cantos, bailes y tocatas populares de la isla de Mallorca
Antoni Noguera
Precio de la edición en tela: 37,04 €
Precio de la edición en rústica: 14,40 €
La música de los “xeremiers” de Mallorca
Francesc Huguet Balle
Precio: 9,00 €
Desolación
Bernat Julià
Tenor dramático y piano. Basado en un poema de Joan Alcover
Precio: 6,17 €
3. Precios de los cursos organizados por el Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares
3.1. Precio por crédito (diez horas lectivas) para la categoría de alumno oyente:
3.2. Precio por crédito (diez horas lectivas) para la categoría de alumno activo:
4. Precios de los servicios no académicos: uso del auditorio y otras salas de gran capacidad
4.1. Gastos de servicios
Se consideran gastos de servicios todos los que se generan durante el tiempo en que el edificio y las instalaciones del Conservatorio permanecen abiertos.
Las actividades que se desarrollen en el Conservatorio y que organice el Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares o el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca no tienen ninguna clase de coste.
El resto de actividades tienen un coste destinado a compensar los gastos que genera a la Fundación el mantenimiento de las instalaciones del Conservatorio. Las actividades que se desarrollen durante el horario ordinario de del Conservatorio se rigen según la lista de costes ordinarios. Las actividades que se desarrollen durante el horario extraordinario de del Conservatorio se rigen según la lista de costes extraordinarios.
El horario de ordinario del Conservatorio es del lunes al viernes de 8.00 a 22.00 horas y los sábados de 8.00 a 15.00 horas, en días fijados como lectivos. El horario de extraordinario es el que queda fuera del horario ordinario.
Tanto los costes ordinarios como los extraordinarios reflejan la compensación de unos gastos de carácter fijo y de otras de carácter variable.
Los costes variables son: servicio de limpieza, servicio de seguridad o vigilancia, servicio de conserjería, personal técnico de servicios, personal técnico de sala y consumo energético.
Los costes fijos incluyen: la amortización por el uso del material fijo (cómo son ahora el escenario, las butacas, las instalaciones, etc.) y los gastos comunes (como consumo energético general, seguro multiriesgo, material fungible, etc.).
4.1.1. Los precios aprobados para los gastos de servicios no académicos, vigentes a partir de la fecha en que se publiquen en el BOIB y hasta que no se vuelvan a modificar, están los que se detallan seguidamente:
Tipo de gastos
-Costes fijos ordinarios:
-Costes variables ordinarios:
-Costes variables extraordinarios:
-Costes fijos de los instrumentos:
4.1.2. Bonificaciones del pago de gastos ordinarios de servicios:
a) Las actividades organizadas por el Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares y el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca están exentas de pagar los gastos ordinarios de servicios.
b) La Banda Municipal del Ayuntamiento de Palma está exenta de pagar los gastos de servicios para hacer conciertos en las instalaciones del Conservatorio.
4.1.3. Colaboraciones:
a) Se tienen que establecer mecanismos de colaboración para que se puedan llevar a cabo en las instalaciones del Conservatorio actividades programadas, organizadas y ejecutadas directamente por las consejerías del Gobierno de las Islas Baleares o las entidades que integran el Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares, las cuales, en todo caso, tienen que abonar los costes ordinarios fijos y variables.
b) También se tienen que establecer convenios con la Banda Municipal del Ayuntamiento de Palma, con la Orquesta Sinfónica de las Islas Baleares «Ciudad de Palma» (por medio del Consorcio para la Música de las Islas Baleares), con la Coral Universidad de las Islas Baleares y con otras entidades parecidas, según la propuesta de aprobación del Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares. En todo caso, estas entidades tienen que abonar los costes ordinarios fijos y variables derivados del uso de las instalaciones del Conservatorio.
4.1.4. Otras reducciones para actividades sin ánimo de lucro:
Tanto las consejerías del Gobierno de las Islas Baleares como las entidades que forman parte del Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares pueden disponer de la sala auditorio y de las otras instalaciones del Conservatorio para favorecer las actividades o atender las solicitudes de entidades sin ánimo de lucro que consideren convenientes, siempre que la actividad la organice y la ejecute la misma entidad de carácter benéfico o bien una entidad o empresa enajena a ésta cuando la actividad se ajuste a los objetivos de la entidad benéfica. En todo caso, la entidad de carácter benéfico tiene que abonar los costes ordinarios fijos y variables.
La reducción en el pago por las actividades de carácter benéfico que se lleven a cabo en las instalaciones del Conservatorio tan sólo se puede aplicar a actividades organizadas una misma entidad uno vez por año natural. No obstante, las mismas entidades pueden volver a solicitar el uso de las instalaciones y tener acceso dentro del mismo año natural pagando completamente el alquiler y los costes asociados.
4.2. Precios del alquiler de salas: sala auditorio y otras instalaciones del Conservatorio
4.2.1. Los precios del alquiler de salas son los que se establecen para el uso temporal de la sala auditorio, la sala del , la sala de orquesta y las salas de danza. Los precios aprobados para estos usos son los que se detallan a continuación:
a) El precio del alquiler de la sala auditorio para instituciones, entidades, asociaciones, etc., para hacer actividades culturales, comerciales, congresos, conferencias, cursos, conciertos y otros, es de 2.608,52 euros por día o 1.460,77 euros por medio día.
b) El precio del alquiler de la sala de orquesta, la sala del y las salas de danza es de 939,07 euros por día o 521,70 euros por medio día.
c) El precio del alquiler de otras salas o espacios del Conservatorio, de instrumentos, etc. está sometido a la cobertura económica de los servicios técnicos, de seguridad, de limpieza, de consumo energético, de afinaciones, etc. que se generen o se prevea que se puedan producir.
d) En la facturación del alquiler de las salas, se tienen que añadir los gastos de servicios y se tiene que aplicar el IVA correspondiente.
e) En estos precios hay incluidas los gastos fijos y el coste de una limpieza.
4.2.2. Bonificaciones del pago del alquiler y de gastos extraordinarios de servicios:
a) Las actividades organizadas por el Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares o el Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca están exentas de pagar el alquiler y los gastos extraordinarios de servicios.
b) La Banda Municipal del Ayuntamiento de Palma está exenta de pagar el alquiler y los gastos extraordinarios de servicios para hacer conciertos en las instalaciones del Conservatorio.
4.2.3. Colaboraciones:
a) Se tienen que establecer mecanismos de colaboración para que se puedan llevar a cabo en las instalaciones del Conservatorio actividades programadas, organizadas y ejecutadas directamente por las consejerías del Gobierno de las Islas Baleares o las instituciones que integran el Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares, las cuales, en todo caso, tienen que abonar los costes ordinarios fijos y variables.
b) También se tienen que establecer mecanismos de colaboración con la Banda Municipal del Ayuntamiento de Palma, con la Orquesta Sinfónica de las Islas Baleares «Ciudad de Palma» (por medio del Consorcio para la Música de las Islas Baleares), con la Coral Universidad de las Islas Baleares y con otras entidades parecidos, según la propuesta de aprobación del Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares.
4.2.4. Otras reducciones para actividades sin ánimo de lucro:
Tanto las consejerías del Gobierno de las Islas Baleares como las entidades que forman parte del Patronato de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares pueden disponer de la sala auditorio y de las otras instalaciones del Conservatorio para favorecer las actividades o atender las solicitudes de entidades sin ánimo de lucro que consideren convenientes, siempre que la actividad la organice y la ejecute la misma entidad de carácter benéfico o bien una entidad o empresa enajena a ésta cuando la actividad se ajuste a los objetivos de la entidad benéfica.
La reducción en el pago por las actividades de carácter benéfico que se lleven a cabo en las instalaciones del Conservatorio tan sólo se puede aplicar a actividades organizadas una misma entidad uno vez por año natural. No obstante, las mismas entidades pueden volver a solicitar el uso de las instalaciones y tener acceso dentro del mismo año natural pagando completamente el alquiler y los costes asociados.
Si la actividad tiene por objetivo la recaudación de dinero, las consejerías tienen la posibilidad de aplicar a las entidades una bonificación del 50% en el precio del alquiler de los espacios.
Todos los gastos que, para llevar a cabo la actividad, se generen en concepto de pago de tasas de la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) u otros derechos de autor son siempre, sin excepciones, a cargo de los organizadores de la actividad, por la Fundación puede exigir a los organizadores o solicitantes del uso y alquiler de los espacios que presenten un documento de conformidad de la SGAE con referencia a la actividad.
4.3. Solicitud y forma de abono de los gastos. Facturación y liquidación
El uso de la sala auditorio o de otras instalaciones se tiene que solicitar por escrito a la Fundación. En la solicitud se tiene que indicar el tipo de actividad, el día y la hora en que se ha previsto hacer, el horario aproximado en que se ocupará el espacio (ensayos, montaje, pruebas ...) y las necesidades técnicas de montaje. Hay que formular la solicitud según el modelo facilitado por la administración del Conservatorio (ved el anexo 2).
La Fundación tiene que decidir si cede el uso de las instalaciones y tiene que hacer una estimación de los gastos que se pueden generar, los cuales, una vez cuantificadas, se tienen que comunicar a las personas interesadas. Si están conformes con el presupuesto, hay que firmar un convenio de cesión de uso de los espacios.
Una vez que la Fundación haya presentado la factura correspondiente a las personas solicitantes, este importe se tiene que abonar según el procedimiento siguiente:
a) El total resultante de sumar al precio del alquiler los gastos de servicios ordinarios y extraordinarios se tiene que ingresar en una cuenta corriente de la Fundación al menos cinco días antes de llevar a cabo la actividad.
b) Los gastos se tienen que liquidar y facturar al haber hecho la actividad.
c) Si, habiendo reservado y comprometido el uso de la sala auditorio o de otras instalaciones, no se utilizan por causas no imputables a la Fundación, se tiene que facturar el 100% del precio que se haya .
d) Cuando las salas no se utilicen por causas de fuerza mayor, los gastos no se tienen que facturar.
4.4. Otorgamiento del uso. Comisión Consultiva
El uso de las instalaciones del Conservatorio está sometido a las prioridades académicas, a la cobertura de servicios y a las posibilidades del calendario. Cuando las prioridades mencionadas lo permitan, las solicitudes de uso y las posibles bonificaciones se tienen que elevar a la Comisión Consultiva, formada por el vicepresidente de la Fundación, un vocal del Patronato de la Fundación designado por el presidente y el gerente de la Fundación.
Una vez que la Comisión Consultiva haya resuelto las solicitudes, el gerente lo tiene que comunicar a la persona interesada.
5. Precios de los servicios no académicos: uso de aulas de estudio e instrumentos musicales
Para usar aulas de estudio e instrumentos musicales, las personas interesadas tienen que solicitarlo previamente. El gerente de la Fundación tiene que estudiar las solicitudes y decidir en cada caso si la petición se admite o no. En caso de que se admita, la Fundación tiene que preparar un presupuesto, que el solicitante tiene que aceptar previamente mediante el pago por adelantado del 100 % del total previsto.
Se establece un descuento del 25% únicamente en el uso de las aulas de estudio para los antiguos alumnos del Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares o de cualquier conservatorio profesional de las Islas Baleares.
Estas condiciones también se aplican a los alumnos del Conservatorio Superior y del Conservatorio Profesional de Música y Danza de Mallorca que, a pesar de ser alumnos con matrícula activa en el momento de solicitarlo, deseen desarrollar una actividad diferente a la de la práctica instrumental establecida en sus estudios oficiales.
a) Precios del alquiler de instrumentos:
Platos: 30,87 €
Soporte: 10,29 €
Cajas: 30,87 €
Timbales: 205,80 €
Timbales (cada unidad): 51,45 €
Bombo: 61,74 €
Platillos: 25,73 €
Vibráfono: 82,32 €
Xilófono: 82,32 €
Marimba: 102,90 €
Lira: 51,45 €
Contrabajo 4/4 y 3/4: 102,90 €
Contrafagot: 102,90 €
Flauta: 102,90 €
Clarinete bajo: 102,90 €
b) Precios del alquiler de salas de estudio:
Abono de 10 horas: 30,87 €
Abono de 15 horas: 41,16 €
Abono de 20 horas: 51,45 €
ANEXO 2
Solicitud de uso de espacios
_____________________________________________, con el DNI ________________, en representación propia / en representación de ________________________________, con el CIF _______________, con domicilio en _________________________________, CP ______, de ___________________________, provincia de ____________________, teléfonos __________________ y ___________________, fax _____________________ y correo electrónico ________________________________,
SOLICITUD DE ESPACIOS:
El uso del espacio _________________________________________________ del edificio de la Fundación para el Conservatorio Superior de Música y Danza de las Islas Baleares, para las fechas _________________________________________, para llevar a término la actividad siguiente: ______________________________________, en los horarios siguientes:
Entrada en el centro: _____________________________________________
Montaje: ___________________________________________________
Ensayo: ______________________________________________________
Actividad: ____________________________________________________
Desmontaje: ________________________________________________
Salida del centro: ____________________________________________
Además, esta actividad generará las necesidades técnicas siguientes (indicad si tienen que venir empresas externas):
Palma, ____ d _______________ de 20___
[Firma]
FUNDACIÓN PARA EL CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA Y DANZA DE LAS ISLAS BALEARES