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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA

Núm. 20245
Modificación ordenanza fiscal impuesto incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana

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Texto

Aprobado por este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 30 de julio de 2013, la modificación del artículo 6º, así como la disposición final de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, y hecha la legal exposición al público, y no habiéndose presentado ninguna alegación, dicha modificación tendrá vigencia a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares:

Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, se aprueba el siguiente:

Se añade al artículo 6º un nuevo apartado C):

C) En las transmisiones realizadas por los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación del artículo 2º del Real Decreto – Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, con ocasión de la dación en pago de su vivienda previsto en el apartado 3 del Anexo de esta norma, tendrá la consideración de sujeto pasivo sustituto del contribuyente la entidad que adquiera el inmueble, sin que el sustituto pueda exigir del contribuyente el importe de las obligaciones tributarias satisfechas.

Disposición final

La presente modificación entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y estará en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Lo que se hace público para el general conocimiento y a los efectos oportunos, significándose que, contra el mencionado acuerdo de aprobación definitiva de modificación de la citada ordenanza fiscal los interesados podrán interponer ante la jurisdicción contencioso-administrativa, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto y de conformidad con lo establecido en el art. 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

 

Santa Eugènia a 4 de octubre de 2013

 

El Alcalde,

 Guillem Crespí Sastre